Permitir nuevas deducciones en el impuesto a las ganancias; devolverle a ese tributo el carácter de progresivo, con una diferenciación mayor de cuánto se paga según niveles de ingresos; definir quiénes tributan con un criterio claro y permanente que evite la discrecionalidad del gobierno de turno. Actualizar los montos de facturación que permiten estar en el monotributo pero, a la vez, lograr que el salto al régimen general de autónomos -por un crecimiento genuino de la actividad- no resulte traumático. Revisar el esquema de aportes jubilatorios, que requiere de quienes son autónomos un esfuerzo mucho mayor que el de otros aportantes.
Esos y otros temas podrían ser considerados en una futura reforma tributaria, como la que el Poder Ejecutivo prevé enviar al Congreso en un plazo no mayor a un año, contando desde la conformación de una comisión bicameral prevista en el proyecto de ley sobre temas impositivos y de pago a jubilados que hoy se debate.
En el caso de los impuestos personales, y más allá de la reforma ya propuesta para Bienes Personales, los regímenes de Ganancias, monotributo y autónomos tienen una necesidad de ajustes inmediatos, pero también de cambios más profundos, según economistas y tributaristas consultados por LA NACION.
"En Ganancias se ha perdido la progresividad, y cuando se supera por poco el ingreso mínimo alcanzado por el impuesto, el contribuyente ya va a la parte de alícuotas altas de la tabla", advierte José Luis Arnoletto, presidente de la Confederación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas de todo el país.
La observación se refiere a los efectos de las políticas de los últimos años, que incluyeron el congelamiento de los valores de la tabla que define, según cuál sea el ingreso personal imponible, cuánto se paga de impuesto (el ingreso imponible es el monto que queda tras descontar del bruto los aportes a la seguridad social y las deducciones, tanto las dispuestas para todos por ley como las declaradas por cada uno por familiares a cargo o por determinados gastos).
Según el tributarista César Litvin, socio de Lisicki, Litvin & Asociados, esos valores de la tabla deberían multiplicarse por 15, para seguir a la inflación acumulada en la última década y media. Así, mientras que hoy la alícuota más alta (una tasa marginal de 35% más un monto fijo anual de $ 28.500) se aplica a quienes tienen un ingreso imponible de $ 120.000 al año o más, en un régimen corregido el nivel más elevado de imposición debería alcanzar a quienes superen en esos ingresos los $ 1,8 millones.
¿Quiénes deberían quedar alcanzados por el impuesto? Según Litvin, debería definirse que quienes paguen sean los que perciban el equivalente a una determinada cantidad de veces el salario mínimo, vital y móvil. Así habría un ajuste en forma automática con cada suba de esa variable. Y si esa evolución sigue de cerca a la inflación, no se produciría el efecto actual, donde se paga más impuesto en un año que en el anterior, aun cuando lo que se cobra tiene igual o menor poder adquisitivo.
La aprobación de un mecanismo de ajustes automáticos para las variables que definen quiénes y cuánto pagan (es decir, de los montos de la tabla y las deducciones) es un pedido generalizado: "La actualización permanente debería establecerse con índices de precios que debería suministrar el Indec", sostiene Andrés Edelstein, socio de Impuestos y Legales de la consultora PwC.
Más allá de la necesaria actualización, el economista Andrés Mir, del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf), dice que podría pensarse en una modificación más amplia: "Estamos muy aferrados a la escala actual; creo que deberían incluirse varios tramos más y empezar con niveles de pago bajos; que no sea un drama empezar a pagar Ganancias", dice.
Otro punto a considerar es la actualización de los valores tope para deducir gastos. Las deducciones son montos que se descuentan del ingreso sobre el cual se calculará el impuesto, y hoy hay conceptos -como los intereses por créditos hipotecarios o los seguros de vida- con valores máximos que están congelados desde el año 2000.
Y hay quienes proponen agregar más deducciones. "Para asalariados deberían poder descontarse los gastos de movilidad", comenta Litvin. "Podría haber una deducción por gastos relacionados con la educación", agrega Edelstein. "Habría que ver qué inversiones se busca incentivar y, entonces, permitir deducciones cuando se mantiene esa inversión por determinado tiempo", propone Guillermo Poch, socio de Impuestos y Legales de la consultora BDO.
Abrir la discusión sobre el impuesto también supondría el debate sobre las exenciones. "El tema del Poder Judicial [cuyos funcionarios no tributan] debería analizarse y discutirse sin tanto preconcepto", afirma Walter Agosto, investigador principal del Cippec en política fiscal.
Para Litvin, las jubilaciones no deberían estar sujetas a Ganancias, "salvo las de privilegio".
"Conceptualmente, estoy de acuerdo con que se graven ingresos de jubilados y asalariados -se diferencia Arnoletto-, siempre que el esquema sea razonable. El debate tiene que ver con los montos y no con si es justo o no es justo el impuesto". El justificativo para el descuento a los haberes jubilatorios es que durante la vida laboral, los aportes se descuentan del monto imponible.
Un reclamo de vieja data expresado por no pocos tributaristas indica que debería equipararse (o al menos asimilarse) el trato que reciben los autónomos con el que se les da a los asalariados en Ganancias. Quienes están en este régimen -hay inscriptas 935.000 personas, aunque mensualmente pagan su aporte algo menos de 500.000- quedan alcanzados por el impuesto desde un ingreso mucho menor respecto de los trabajadores dependientes. "Esa idea de que el autónomo puede evadir y el asalariado no [un argumento informal y frecuente que pretende justificar las diferencias entre ambos] es de una torpeza absoluta, porque el Estado tiene todas las herramientas para controlar", dice Arnoletto.
Un autónomo queda alcanzado por Ganancias con una facturación mensual promedio de $ 7053 si no aplica deducciones, y de $ 13.682 si deduce cónyuge y dos hijos. Los asalariados tributan desde sueldos brutos (promedio mensual) de $ 22.747 (sin cargas de familia) y de $ 30.120 (si hay deducción por cónyuge y dos hijos). Para los autónomos existe mayor cantidad de deducciones posibles (como gastos del auto, por ejemplo). Sin embargo, los tributaristas consideran que eso no es un justificativo para la brecha existente. Por otra parte, Litvin insiste en que los topes deducibles llevan años congelados.
Repensar el sistema de autónomos es una tarea que debería ir de la mano, se recomienda, de una reforma del monotributo, un régimen en el que están anotados 3,15 millones de contribuyentes -según datos aportados por la AFIP-, de los cuales 1,79 millones sólo pagan el componente impositivo (no abonan lo correspondiente a la obra social y a la jubilación porque aportan por otro lado).
Según Arnoletto, el esquema ideal sería que el monotributista de la categoría más elevada tenga una obligación similar a la de quien es autónomo, que es un contribuyente que no sólo paga más sino que también tiene una mayor carga burocrática. Así, se reduciría la brecha entre estar en uno o en otro sistema, que hoy es considerada "abismal".
A poco de haber asumido al frente de la AFIP, Alberto Abad dijo en una entrevista con LA NACION que consideraba al monotributo como "una herramienta muy importante de introducción al sistema impositivo", y que se lo quiere preservar pero evitando las situaciones del llamado "enanismo fiscal" (que se declare menos de lo que realmente se factura).
Actualizar los montos de la facturación máxima para poder estar en el sistema y los topes de ingresos para ubicarse en cada una de las categorías es un reclamo generalizado. Junto con ese ajuste, claro, subirían los montos a pagar mensualmente. "Deberían actualizarse las categorías y los pagos según la inflación de los últimos tres años, y paralelamente deberían incrementarse los controles sobre los monotributistas, para lo cual ayudará el avance de la factura electrónica", dice el economista Marcelo Capello, presidente del Ieral de Fundación Mediterránea.
"El monotributo se creó para regularizar la situación de muchas personas, con un régimen simplificado y un impuesto que reemplazara a IVA y Ganancias, pero la inflación tuvo un efecto pernicioso y dejó a muchos afuera, y es infernal la diferencia con autónomos", añade Agosto.
Una brecha marcada se da en el sistema de la seguridad social. Un monotributista accedería a la jubilación (con 30 años de aportes) con un aporte mensual que en la actualidad es de $ 157, cifra igual para todos, cualquiera sea el ingreso, que no se actualiza desde 2012. Un autónomo de la categoría II, por caso, contribuye con $ 1287, cifra que se actualiza semestralmente, con la expectativa de cobrar lo mismo (en caso de aportar siempre desde ese lugar): la jubilación mínima, hoy de $ 4959. "Habría que compatibilizar justicia con solidaridad", dice Mir sobre la necesidad de corregir la situación.
Un informe de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sostiene que el monotributo debería ser "un puente transitorio" entre la situación de informalidad y la de contribuyentes sujetos a las normas tributarias generales". Y agrega que, en materia previsional y de salud, no debería ser considerado "como la solución", sino como un complemento para determinadas situaciones.
Para lograr tal cometido se requiere una reforma integral de los sistemas tributario y previsional. Por ahora, sólo existe la promesa de hacerla.
Para empezar hay que tener en cuenta que vincular el tratamiento del aguinaldo -que se abonara en estos días-, a una ley que aún se está discutiendo en Diputados, parece al menos desatinado.
Hoy la información concreta suministrada por la propia AFIP es que el empleador debe retener el impuesto a las ganancias del aguinaldo a quienes corresponde pagarlo. La razón, es que la ley de blanqueo aún no fue aprobada y la realidad es que por ahora los datos que circulan surgen de un acuerdo realizado entre dos frentes políticos. Todo indica que no dan los tiempos para que el empleador descuente de antemano la retención.
De sancionarse la norma por el Congreso, lo que podría ocurrir es que una vez que el empleador haya retenido y depositado el impuesto, a los empleados que demuestren su exención por buen comportamiento o por tener bienes por debajo de $ 800.000 , la AFIP le permitiría a la empresa devolver el monto retenido y luego la empresa podría tomar a cuenta el dinero pagado a la AFIP.
¿Quiénes serán los beneficiados de no pagar ganancias por el aguinaldo de Junio 2016? ¿Cómo sería la metodología? ¿Qué perjuicio puede traerle al empleador y que demora le significará al empleado gozar de este beneficio? ¿Dependerá esta ventaja fiscal de la aprobación del blanqueo?
Hoy en los casos que debe retenerse ganancias en el aguinaldo de Junio, las empresas prorratean la retención hasta fin de año. Es decir, si hablamos de un soltero con un salario de $ 30.000 mensuales, esa retención ronda el 10 por ciento cada mes en los siete meses que quedan para finalizar el año pero en diciembre como el empleado cobra en ese mes el otro medio aguinaldo, y el impuesto termina catapultando al sueldo porque no hay margen para prorrotearlo al finalizar el ejercicio. Esto significa que con ese nivel de retribución termina abonando más de 1 sueldo en el año al fisco.
De todas formas son muchas preguntas y falta de normas legales y/o reglamentarias que existen en torno al acuerdo político - con intercambio de apoyos parlamentarios-, indica que “ los trabajadores que no paguen Bienes Personales quedarán eximidos del descuento por el Impuesto a las Ganancias en el medio aguinaldo correspondiente a junio de este año”.
Uno de los puntos clave para entender quienes quedarían eximidos es que el texto del proyecto de ley de sinceramiento fiscal contiene un premio de exención a quienes sean “buenos cumplidores” -quienes no se incorporaron en los últimos 2 años a ninguna moratoria ni al blanqueo del kirchnerismo-. Ellos serían eximidos de bienes personales desde el 2016 y hasta el 2018. Además de ser eximidos del impuesto a las ganancias por el aguinaldo Junio 2016.
Hoy por hoy por lo pronto aún deben pagar bienes personales aquellas personas con bienes por encima de los $305.000, si bien la intención es aumentarlo a $ 800.000, todavía no es ley. AFIP advierte que el anticipo que vence este mes debe abonarse y todo en el futuro dependerá de la aprobación de la ley.
Por otra parte la intención del presidente Mauricio Macri de eliminar a los bienes personales a partir del 2019, es una propuesta con mucha resistencia en el espacio de Sergio Massa.
Otra de las dificultades del planteo del proyecto es que AFIP debería exigir a la empresa que reciba una nota como declaración jurada del empleado que no tributa o no tributará bienes personales, un control complicado de llevar a la práctica.
Alternativas posibles para el empleador:
1) Descontar el impuesto a las ganancias del medio aguinaldo y devolver en el mes siguiente al empleado, con la ley sancionada. Ello implicara un saldo a favor de la empresa, en ocasiones de difícil compensación.
2) No retener aquellos contribuyentes que le demuestren con DDJJ 2015 su base de bienes menor a $ 800.000 o nota que declare su buen comportamiento impositivo. Un riesgo como responsable solidario de los impuestos no retenidos, para la empresa.
En cualquier caso, los trabajadores autónomos continúan siendo los perjudicados en el impuesto a las ganancias, están olvidados de toda norma de equidad y justicia. Es una asignatura pendiente.