Desde distintos sectores recomiendan a los legisladores miran con lupa ciertos aspectos del proyecto de sinceramiento fiscal del Gobierno. La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce) pidió que se analice la posibilidad de que una de las posibles aplicaciones de los fondos del blanqueo sea la inversión directa en activos tangibles, como capitalizar empresas o la compra de inmuebles o equipamiento, ya que en la iniciativa del Poder Ejecutivo sólo se prevé inversión en activos financieros.
En tanto especialistas en previsión social critican el índice de actualización de las remuneraciones que se tomará como base del haber inicial entre 1995 y 2009, que será el Ripte, que elabora el Ministerio de Trabajo en base al promedio de los sueldos en blanco. Por la falta de un índice de ajuste, la Corte Suprema había fijado el Indice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (Isbic). Punta a punta, el Isbic más que duplica el Ripte, salvo en algunos años. Eso determina que tanto el cálculo de la retroactividad para los que tienen sentencia firme como para los están en juicio y el reajuste del haber actual pueden ser menores a los que surgen de los fallos judiciales.
Algunos cálculos efectuados con casos puntuales demuestran que entre 1995 y febrero de 2009 el incremento del índice propuesto (Ripte) representa el 41% del utilizado por la Justicia, puntualizó Federico Despoulis Netri, abogado previsionalista.
La Facpce también pone la lupa en la cláusula por la que los bienes de cambio que se blanqueen no podrán ser tomados como inventario inicial al año siguiente y pagarán por lo tanto el 35% de Impuesto a las Ganancias. Para la entidad que representa a los contadores de todo el país, no parece muy comprensible el distingo que se hace con la renta proveniente de la moneda extranjera que se exteriorice, que no deberá pagar nada, aseguraron los vicepresidentes Carlos Annichini y Domingo Gómez Sierra.
Otro punto que para la Facpce es discutible es que no se permita blanquear dinero sacado de las empresas con facturas apócrifas. "¿Cuál es el fundamento? ¿Dónde está la diferencia con las ventas no declaradas? Es una asimetría", subrayaron Annichini y Gómez Sierra.
Todos los borradores de blanqueo que circularon en forma previa incluían e incluso el titular de la AFIP, Alberto Abad, había asegurado en forma explícita y enfática a la prensa que se exigirían dos años de inscripción en el organismo para permitir adherir al blanqueo, para que no pueda adherir en Argentina cualquier lavador de dinero del mundo que sea un desconocido. Esa salvaguarda se cayó del proyecto definitivo y hoy no está, algo que llamó la atención de la Facpce.
Annichini y Gómez Sierra también señalaron lo breve del tiempo de los fondos del blanqueo deben estar depositados en el banco: no menos de 6 meses o hasta e 31 de marzo de 2017, lo que resulte mayor, yesto también podría favorecer el lavado.
En otro orden, especialistas comentan que puede haber problemas en la discusión del proyecto respecto de la asignación específica a la ANSeS de lo recaudado por el impuesto sobre el blanqueo, debido a que se trata de regularizar situaciones de evasión de tributos nacionales coparticipables, por lo que los legisladores pueden defender que una parte debe ir a las provincias.
El Foro de Periodismo Argentino (Fopea) manifestó su rechazo al controvertido artículo 85 del proyecto de ley de blanqueo de activos que el gobierno de Mauricio Macri envió al Congreso, y que puso en alerta a organizaciones defensoras de la libertad de expresión y de prensa y a especialistas en comunicación.
El artículo 85 del proyecto impone expresamente penas de entre un mes y dos años de prisión al extender a los eventuales terceros involucrados en la divulgación de la información, quienes también se verían expuestos a la aplicación de una multa igual al valor de los bienes blanqueados.
"Fopea rechaza la redacción del artículo 85 del proyecto de Ley de Blanqueo de activos no declarados y de pago de las deudas a jubilados porque afecta gravemente el derecho de libertad de expresión, en general, y el de libertad de prensa en particular", señaló el organismo en un comunicado.
Además, Fopea instó a los legisladores nacionales que se aprestan a debatir la ley a que "modifiquen la redacción para evitar la aprobación de una disposición que resultaría a todas luces inconstitucional".
El artículo 85 del proyecto dice lo siguiente:
Los magistrados, funcionarios judiciales o dependientes de la Administración Federal de Ingresos Públicos, los declarantes del Título I del Libro II de la presente y terceros que divulguen o reproduzcan documentación o información de cualquier modo relacionada con las declaraciones voluntarias y excepcionales reguladas por esta ley incurrirán en la pena prevista por el artículo 157 del Código Penal. Los terceros mencionados precedentemente incurrirán, además, en una multa igual al valor de los bienes exteriorizados por aquel que hubiera realizado la declaración voluntaria y excepcional que se hubiera revelado o divulgado o cuyos hechos, actuaciones, documentos, datos o información se hubiera revelado o divulgado.
Fopea advirtió hoy que "tal como está redactado, este artículo lesiona gravemente las libertades de expresión y de prensa y afecta el trabajo periodístico al fomentar la autocensura e instaurar la persecución penal del trabajo de informar en un ámbito en el que podrían existir hechos de interés público".
El diputado nacional de Cambiemos, el abogado Pablo Tonelli, defendió la redacción del artículo 85 de la ley de blanqueo de capitales y pago a jubilados y justificó la posibilidad de que algún periodista que divulga datos de los blanqueadores vaya a la cárcel. "Hay ciertas informaciones que no deberían revelarse ni por los funcionarios públicos ni por los periodistas", sostuvo el funcionario horas antes de otro recordatorio del Día del Periodista.
Ese apartado establece que "los magistrados, funcionarios, empleados judiciales o dependientes de la AFIP, los declarantes del Título I de Libro II de la presente (ley) y terceros que divulguen o reproduzcan documentación o información de cualquier modo relacionada con las declaraciones voluntarias y excepcionales reguladas por esta ley incurrirán en la pena prevista por el artículo 157 del Código Penal".
Asimismo, aclara que "los terceros mencionados precedentemente incurrirán en una multa igual a una vez el valor de los bienes exteriorizados por aquel que hubiera realizada la declaración voluntaria y excepcional que se hubiera revelado o divulgado o cuyos hechos, actuaciones, documentos, datos o información se hubiera revelado o divulgado".
En diálogo con radio Belgrano, el legislador del PRO fue consultado sobre el polémico artículo 85 del proyecto enviado por Mauricio Macri a la Cámara de Diputados la semana pasada, que según especialistas, atenta contra la libertad de prensa y de expresión, pero mostró sorprendido. "No lo sabía, no le he visto eso en la ley, tengo que verlo bien", dijo al inicio de la charla con AM 950.
"En principio la revelación de secretos alcanza a todo el mundo, en la medida que se conozca algo que no puede ser revelado, sea un magistrado o tercero", explicó el diputado, mientras leía a las apresuradas el texto.
Tonelli aseguró que si un periodista "se enterara circunstancialmente de algún dato secreto allí es donde aparece la obligación de preservarlo y no revelarlo" y advirtió que la obligación de callar"depende de qué información se trate y cómo haya llegado a su conocimiento".
Para el consejero de la Magistratura, "hay ciertas informaciones que no deberían revelarse ni por los funcionarios públicos ni por los periodistas".
El legislador macrista aclaró que el cepo informativo en este tema es "para todo el mundo" y defendió el castigo de hasta tres años de cárcel a los profesionales de prensa. "Si un periodista tiene acceso a un banco de datos personales, como el de la AFIP y eso lo revela, está incurriendo en un delito", señaló. "Tiene prohibición de acceder a bancos personales", justificó, aunque luego reconoció que "analizarán" el artículo.
"Escucharemos a quienes nos hacen sugerencias o nos pasen observaciones sobre proyectos de ley, sean otras legisladores o personas interesadas, lo discutiremos", anunció.
En la vereda opuesta, el doctor en Ciencias de la Información, Martín Becerra, criticó duramente el artículo 85 y reclamó al Congreso una urgente modificación. "Es un artículo muy preocupante por una doble causa: por una parte penaliza y convierte en un crimen penal la divulgación de información, algo que pensábamos que en la Argentina que ya estaba desterrado", dijo sobre los antiguos delitos de opinión, que fueron eliminados del Código Penal, como en 2009 las figuras de calumnias e injurias para cuestiones de interés público. "Divulgar información ya no es un delito catalogado en el Código Penal y eso constituye un avance democrático elemental", sentenció el especialista.
Pero otro lado, Becerra también alertó por la multa pecuniaria que se aplicaría a los periodistas o divulgadores de datos sobre los blanqueadores. "La multa inhibe a dar información", dijo el investigador del Conicet. "(La multa es mayor) cuanto más gordo sea el pez sobre el que querés dar información",graficó.
"Para empeorar ese artículo 157 del CP, que se cita en el 85, solo alcanza a funcionarios públicos, no a periodistas. Tal como está redactado el proyecto no solamente los periodistas, sujetos o terceros que divulguen o reproduzcan información del blanqueo son pasibles de ser acusados por el Código Penal y multa económica, sino que además dice que todos los que estén involucrados en la divulgación por cualquier modo, o sea, alcanza a Google y Facebook", advirtió.
El 157 impone "prisión de un (1) mes a dos (2) años e inhabilitación especial de un (1) a cuatro (4) años, el funcionario público que revelare hechos, actuaciones, documentos o datos, que por ley deben ser secretos".
En esa línea, el docente de la UNQ abogó por modificar la norma. "El modo bastante salvaje y rústico en que está redactado el articulo tiene un alcance desmedido. Espero que sea cambiado cuando sea debatido en el Congreso", afirmó.
Por ejemplo, esta ley podría penalizar a un profesional de prensa que publica en un medio una información que recibió de la propia confesión de un blanqueador de u$s 50 millones o de un familiares o colaborador arrepentido. "Quien blanqueó el dinero y eventualmente haya hecho lavado, cometido el delito, según esta ley no tiene drama, pero el periodista puede ser sancionado con 1 y hasta 2 años de prisión y tiene que poner u$s 50 millones", señaló.
Según Becerra, existen antecedentes en normas parecidas, aunque no con una feroz mordaza. "Hay leyes que procuran garantizar el silencio, pero no con este alcance. Se busca bloquear el silencio de la suma blanqueada como elemento de atracción para los blanqueadores", recalcó.
"Está bien que las leyes de blanqueo alcancen a todos los funcionarios donde se tramita información delicada, pero que alcance a terceros, que se los penalice y se les aplique una multa económica, es una exceso respecto de las leyes de blanqueo previo", concluyó.
El bloque del Frente para la Victoria también se opuso. "Es incostitucional, viola el derecho a la libertad de expresión y la libertad a informarse. Ese artículo demuestra que es una ley de blanqueo para los amigos. Todos los amigos del Gobierno están en la causa Panamá Paper y en la de HSBC y ellos van a a blanquear y no quieren que la gente se entere. Con esto se está buscando coartar la libertar de los periodistas a informar y de la gente a informarse. Vamos a trabajar para modificar este asunto", enfatizaron desde el kirchnerismo.