Jan Cademartori*
Se acaba de anunciar, el 2 de febrero de 2016, un memorándum de entendimiento entre el Gobierno de Chile y la empresa Rockwood Litio Limitada (RLL) que explota el Litio del Salar de Atacama. Intentaremos analizar críticamente los aspectos positivos y negativos de este Acuerdo, con base en el texto publicado por Corfo.
Según los firmantes, no hay mucho tiempo para el debate, pues este acuerdo debería ser ratificado por las partes, el 30 de marzo del presente. A nuestro juicio, exige al menos un Decreto Supremo que debe llevar la firma de la Presidenta de la República por tratarse de una nueva concesión de un mineral con un régimen especial (Informe Comisión de Expertos del Litio, p. 10, que cita el Artículo 19 N°24 Constitución Política y el Artículo 8 Código de Minería).
Para evaluar la importancia del tema, hay que recordar que el Salar de Atacama concentra las mayores (mejores) reservas de litio del planeta, solo comparables con las que posee el norte de Argentina y Bolivia. Las reservas chilenas son actualmente explotadas por únicamente dos empresas: SQM (ex Soquimich) de capitales nacionales y extranjeros, y RLL, de capitales estadounidenses.
Esto implica que, en vez de llegar a acuerdos con separado con empresas, sería mejor un debate país sobre qué hacer con este recurso. Este acuerdo debería ser parte de una ley aprobada por el Parlamento o quizás de un artículo de la nueva Constitución Política del Estado. Con mayor razón si Chile firmara el tratado TTP que protege a la inversión extranjera en Tribunales internacionales. En lugar de aquello, el memorándum de acuerdo firmado entre RLL y CORFO, sostiene que los documentos e informaciones que lo administren a futuro, serán confidenciales, lo cual sustrae a la opinión pública del necesario control ciudadano.
Entre los avances positivos podemos detectar que las ventas de RLL quedarían afectas por primera vez a un royalty (SQM ya lo tenía); por otro lado la empresa debe invertir en desarrollo científico, en coordinación con las universidades regionales; aparentemente, también debe reservar una parte no especificada de la producción para agregar valor; debería haber una especial preocupación por el medio ambiente. En particular, habría acuerdo con algunos representantes atacameños para una planta de energía solar. Hay sin embargo importantes aspectos críticos que debieran aclararse.
Lamentablemente, este acuerdo permite ampliar la producción anual de las mismas materias primas que actualmente produce la empresa, en un monto superior a dos veces la producción anual actual. Su procesamiento industrial es básico en relación con las oportunidades perdidas al transformarlos en productos manufacturados.
Dado que la empresa Rodwoock todavía tiene pendientes dos tercios de la producción que por concesión puede explotar, prolongar ese modelo de negocios por otros 27 años parece prematuro, excesivo e innecesario, porque compromete en el largo plazo al Estado y al desarrollo del país. Aun aceptando el argumento de que Codelco demoraría varios años en agregar valor al litio, el plazo parece excesivo.
No hay que olvidar que la renta del litio que se explota en el Salar es muy elevada porque Chile posee las mejores reservas del mundo en lo referente a los costos de producción. Sin embargo, son los primeros años de explotación los que dejan grandes utilidades, pues el costo de producción va aumentando con el agotamiento de las reservas más fáciles de explotar. ¿Será rentable nacionalizar parte del litio después de 27 años de agotamiento?
Entonces, al renovar la concesión privada por 27 años, el Estado pierde la oportunidad de capturar el 100% de la renta a través de una empresa pública o un 50% de ella si se hubiese exigido una sociedad mixta a partes iguales. La tecnología necesaria para explotar el mineral es conocida por Chile y los fondos de inversión requeridos se pagarían rápidamente, dada la elevada rentabilidad del negocio.
Más bien, el acuerdo parece inspirado en uno de los objetivos declarados del acuerdo, el de mantener la actual participación de mercado en el largo plazo, que implica “mantener el liderazgo de Chile en el mercado mundial”, liderazgo que debería ser en valor agregado nacional y no en mera producción.
En Argentina, el liderazgo se ha entendido de modo diferente. La empresa estatal de Energía y Minería YPF, formó ITEC, una nueva firma destinada a producir insumos y bienes que agreguen valor al litio y al sector de acumulación de energía. En esta empresa, participa Conicyt argentina, el centro estatal de Investigación Científica. Como parte de este esfuerzo se está trabajando en crear una empresa de insumos para baterías en la norteña ciudad de Jujuy, la cual abastecería a las PYMES que producen baterías en Tierra del Fuego. En esta iniciativa participa la Universidad estatal de esta provincia argentina.
Por otro lado, Rockwood se compromete a aportar 2 millones de dólares anuales para investigación y desarrollo científico para agregar valor el litio. Este es un anuncio positivo si en esta tarea participan las Universidades regionales. Sin embargo, el texto, parece dejar espacio para que estos fondos se destinen a mejorar la productividad de los mismos bienes que actualmente se ofrecen, es decir, a bajar costos, lo cual en realidad no haría más que aumentar la tasa de ganancia privada de la empresa, con fondos públicos.
Es más, en el punto 4 del acuerdo se compromete a ambas partes, es decir, al Estado de Chile también, “a realizar sus mayores esfuerzos para la construcción de una planta de Hidróxido de Litio”, producto que no representa ningún avance para agregar valor a las actuales exportaciones chilenas de litio.
Aparentemente, el acuerdo obligaría a la empresa a vender una parte no especificada de su producción al Estado de Chile o a empresas chilenas, para agregar valor. Sin embargo, la redacción confusa del texto no permite asegurar este punto, ya que se afirma vagamente que “Rodwoock proporcionará el precio de mercado más bajo de paridad de exportación para promover el establecimiento de productores especializados de alto valor agregado, incluyendo entre otros, la producción de baterías de litio”.
En el caso de la provincia de Jujuy, para asegurar parte de la producción, las autoridades provinciales obligaron a la empresa extranjera que explota el litio, a venderle un porcentaje para que Argentina pudiera agregarle valor. Ello sin perjuicio de cobrar unroyalty y de exigir parte de la propiedad de la empresa, lo suficiente para tener un asiento en el Directorio de la empresa.
Respecto al aporte tributario, aun cuando la tasa llegaría hasta al 40%, hay que advertir que la tasa efectiva será mucho menor, porque el 40% es solo un factor del cálculo. Ello ocurre habitualmente en los impuestos progresivos. Este punto no se puede despejar del Anexo. De todas formas, es difícil evaluar la magnitud de este royalty, porque, su examen debe tener relación con la rentabilidad de la empresa. No se tienen antecedentes públicos sobre este tema. En lo tributario, también es de lamentar que elroyalty propuesto no incentiva tributariamente a industrializar el producto, cobrando un mayor impuesto cuando el valor agregado es menor.
Se acuerda que en adelanto al pago de royalty que deberá cancelarse a futuro, la empresa destine 2 millones de dólares para estudio ambientales, sin perjuicio de que la empresa deba seguir gastando lo necesario a futuro para cumplir con los estándares ambientales. En este sentido, hay un avance positivo.
Sin embargo, habría sido conveniente antes de firmar cualquier acuerdo, evaluar la sustentabilidad hídrica de la explotación de litio en el Salar de Atacama. Actualmente, no existe un control del agotamiento del agua, porque el monitoreo lo hacen las propias empresas, sin coordinación entre ellas, sin fiscalización del Estado ni participación de los pueblos originarios. Por este motivo, previo a cualquier contrato de explotación, probablemente se requiere un Estudio de Impacto Ambiental y una consulta a los pueblos originarios, como lo establecen los acuerdos firmados por Chile en la OIT.
Finalmente, el acuerdo compromete la creación de una Planta de Energía Solar de propiedad cooperativa de los habitantes originarios del Salar de Atacama que reclaman históricamente estos territorios. No obstante lo anterior, no se aclara de qué magnitud sería la planta, cuáles serían las características del contrato de provisión. Es de esperar que esta interesante iniciativa no quede como una acción simbólica.
Sobre todo, considerando la necesidad de cuidar la unidad del pueblo atacameño. Diferentes estudios sugieren que la firma de acuerdos privados entre empresas y comunidades tienden a dividir a las comunidades, generan desconfianzas, terminan destruyendo el capital social, especialmente si hay recepción de recursos económicos.
*Economista. Doctor en Desarrollo Económico, UC Lovaina, Bélgica. Académico de la Universidad de Antofagasta. Coordinador Proyecto “Evaluación Económica Producción Baterías de Litio en la Región de Antofagasta