El gobernador Carlos Verna le pidió al presidente de la Nación, Mauricio Macri, que se abstenga de dictar cualquier acto administrativo que afecte los intereses de La Pampa respecto a las regalías que percibe por la generación de energía eléctrica en la represa Los Nihuiles. Ayer se conoció un dictamen de la Procuración General del Tesoro de la Nación que sostiene que nuestra provincia no tiene que cobrar regalías y que la totalidad de las mismas debe quedar para Mendoza.
El mandatario pampeano cursó la nota en la víspera al titular del PEN en respuesta al dictamen del organismo asesor de la Presidencia, que se conoció en las últimas horas. Ese documento, fechado el 6 de julio de 2015, fue hecho público recientemente por el fiscal de Estado de Mendoza, Fernando Simón, durante su participación en un Seminario sobre Agua y Empleo que se realizó en la Universidad Nacional del Comahue.
El salto.
El dictamen recomienda que la totalidad de las regalías por la generación de energía en Los Nihuiles quede en manos de la provincia de Mendoza, alterando la situación que se sostiene desde 1992, cuando la provincia arribeña, La Pampa y el Estado nacional suscribieron un convenio en el que acordaron que las regalías se distribuirían en mitades iguales entre las dos provincias por las que discurre el curso de agua.
Según el dictamen, Mendoza debe recibir la totalidad porque el salto de agua que mueve las turbinas y provoca la generación de energía eléctrica está en suelo mendocino. El texto fue bien recibido en la provincia vecina que hace diez años inició un reclamo ante Nación para que se la considere depositaria exclusiva de ese derecho, contradiciendo lo que el mismo Estado mendocino suscribió en 1992.
Acuerdo tripartito.
La nota que Verna le escribió a Macri tiene cuatro páginas. La primera parte hace una reseña que comienza con la sanción de la Ley Nacional 12650 que autorizó la obra del dique de embalse y demás obras accesorias para almacenar las aguas del río Atuel en el lugar denominado “El Nihuil”.
Luego -sigue la reseña-, el 7 de febrero de 1992, el Estado Nacional suscribió un convenio con Mendoza mediante el cual se comprometió a transferirle, sin cargo, las obras del dique. En ese mismo acto, Nación y Mendoza se comprometieron a darle intervención a La Pampa en todos los temas asociados al convenio.
En la misma fecha, las tres partes sellaron un acuerdo en el que se estableció, entre otras cláusulas, que quien resultare propietario del complejo hidroeléctrico se obligaba a cumplimentar las acciones a favor de nuestra provincia en concepto de regalías hidroeléctricas con relación a la explotación del complejo.
“La obligación precedente se calculará sobre la base de los porcentajes que fija la Ley Nacional 15336 y su decreto reglamentario 1560/73. Todo ello sin perjuicio de lo que pudiere establecer en el futuro, Normas Jurídicas o fallos judiciales sobre el particular”, rezaba la cláusula quinta de aquel convenio tripartito.
El 21 de abril de 1988, a raíz de un recurso administrativo interpuesto por Mendoza contra el decreto 1560/73, la cuestión fue analizada por la Procuración General del Tesoro quien en ocasión de emitir su dictamen rechazó la petición de la provincia vecina. Luego el expediente en que se tramitaba la cuestión se extravió y como no fue posible reconstruirlo la Fiscalía de Estado mendocina insistió con la anulación del decreto.
Nuevo dictamen.
Tras 27 años, la Procuración vuelve a realizar un dictamen donde desconoce el convenio firmado en 1992 y recomienda sustituir el Decreto 1560/73, concluyendo que corresponde a Mendoza el 100% de las regalías.
Sin embargo, el gobierno provincial aduce que las regalías que percibe La Pampa tienen su origen en el convenio de 1992 y que dicho acuerdo solo refiere al decreto de 1973 a los fines de establecer la base sobre la que se calculará el porcentaje que debe percibir la provincia de La Pampa.
“En síntesis, surge en forma clara que la percepción de regalías hidroeléctricas tiene su origen en el Convenio Interprovincial del año 1992, ratificado por la provincia de La Pampa mediante Ley 1376 y por la provincia de Mendoza mediante Ley 5826, y luego homologado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, dice Verna en su nota a Macri.
Estatus quo.
A su vez, el gobernador pampeano aclaró que la competencia para impedir la subsistencia y los efectos aun pendientes del Decreto 1560/73 es exclusiva del Poder Judicial, conforme al artículo 17º de la Ley de Procedimientos Administrativos. A este argumento, el mandatario añadió que La Pampa inició recientemente un juicio contra Mendoza y contra el Estado nacional sobre los caudales, daños ambientales, usos, aprovechamientos, y todas las demás cuestiones atinentes a los derechos sobre el río interprovincial Atuel, con lo cual “la medida que propicia la Procuración del Tesoro de La Nación modificaría de forma flagrante y grosera, en favor de una de las partes el estatus quo imperante, en claro y en absoluto perjuicio para la provincia de La Pampa”.
La “fuente”.
Un último argumento esgrimido por Verna es que el dictamen de la Procuración omitió decir que el criterio de la “fuente” -el lugar geográfico donde se produce la generación eléctrica a partir del salto de agua- es utilizado en los casos en los que el río aprovechado continúa su curso normal luego del aprovechamiento energético o hidroeléctrico, como ocurre en los otros 43 casos nacionales que menciona el órgano asesor del PEN. Esa situación no se corresponde con el caso del Atuel: “… el complejo hidroeléctrico Los Nihuiles interrumpe absolutamente el curso normal de las aguas.”
En la parte final del documento, Verna le pidió a Macri que se abstenga de dictar cualquier acto administrativo que pueda afectar los intereses económicos de La Pampa y/o menoscabe sus derechos constitucionales. A la vez, advierte que, caso contrario, la Nación será la responsable de los daños que se le ocasionen a nuestra provincia.
La Pampa no habría sido notificada
El secretario de Recursos Hídricos de La Pampa, Javier Schlegel, brindará hoy una rueda de prensa donde se referirá a la resolución que emitió la Procuración General del Tesoro respecto a las regalías del complejo hidroeléctrico Los Nihuiles. Ayer, fuentes del gobierno provincial aseguraron que no hubo notificación alguna del dictamen a La Pampa, situación por la cual la Fiscalía de Estado de la provincia no se habría enterado de lo resuelto hasta que la información se hizo pública en las últimas horas en la provincia de Mendoza.