Pacific Exploration & Production Corp. confirmó los rumores sobre sus deudas y afirmó que los acuerdos de abstención suscritos con ciertos acreedores se han prorrogado hasta el 29 de abril.
Según fue anunciado oportunamente, la compañía suscribió un acuerdo con ciertos tenedores de sus bonos senior de 5,375% con vencimiento en el 2019 y otros tenedores de sus bonos senior de 5,625% con vencimiento en el 2025 de conformidad con el cual dichos Tenedores de Bonos acordaron abstenerse de declarar los montos del capital de dichos Bonos (y ciertos montos adicionales) como líquidos y exigibles hasta el 31 de marzo de 2016 como resultado de ciertos incumplimientos. Dichos Tenedores de Bonos acordaron con la Pacific, sujeto a ciertos términos y condiciones, abstenerse de declarar dichos montos como líquidos y exigibles como resultado de dichos incumplimientos hasta el 29 de abril de 2016.
La Abstención se refiere a la decisión anunciada oportunamente por la Compañía de no hacer el pago de intereses en las fechas previstas para los Bonos que vencen el 19 de enero de 2016 (en el caso de los Bonos de 2025) y el 26 de enero de 2016 (en el caso de los Bonos de 2019) (conjuntamente, los "Pagos de Interés de Enero"). De conformidad con los términos del Acuerdo de Prorroga con los Tenedores de Bonos, los tenedores de aproximadamente 34% del monto total del capital en circulación de los Bonos de 2019 y 42% del monto total del capital en circulación de los Bonos de 2025 han acordado abstenerse según lo indicado anteriormente. Dichos Bonos están regulados por los términos de contratos de emisión de bonos.
Según se anunció en su momento, la empresa también suscribió acuerdos de abstención sobre los siguientes contratos: (i) el contrato de crédito rotativo y garantía de US$ 1 millardo suscrito con un sindicato de prestamistas y Bank of America, N.A., como agente administrativo; (ii) el contrato de crédito y garantía de US$250 millones suscrito con HSBC Bank USA, N.A., como agente; (iii) el contrato de crédito y garantía de US$ 109 millones suscrito con Bank of America, N.A., como prestamista; y (iv) el contrato marco de crédito de US$ 75 millones suscrito con Banco Latino Americano de Comercio Exterior, S.A., como prestamista.
Según los términos de dichos contratos, el número requerido de prestamistas según las Facilidades de Crédito acordaron abstenerse de declarar los montos de capital de dichas Facilidades de Crédito como líquidos y exigibles como resultado de ciertos incumplimientos hasta el 31 de marzo de 2016. Dichos prestamistas han acordado con la Compañía, sujeto a ciertos términos y condiciones, abstenerse de declarar dichos montos como líquidos y exigibles como resultado de dichos incumplimientos hasta el 29 de abril de 2016 (los acuerdos con dichos prestamistas, con su prorroga, denominados los "Acuerdos de Abstención con los Prestamistas y, junto con el Acuerdo de Prorroga con los Tenedores de Bonos, los "Acuerdos de Prorroga" y los periodos de abstención establecidos en los Acuerdos de Prorroga, el “Periodo de Prorroga”).
De conformidad con los términos de los Acuerdos de Prorroga, la Compañía acordó que no se pagarán intereses según los Contratos de Emisión de Bonos o las Facilidades de Crédito durante el Periodo de Prorroga.
La Compañía continuará trabajando con sus acreedores durante el Periodo de Prorroga para formular un plan integral para enfrentar el ambiente actual de los precios del crudo y para asegurar la viabilidad a largo plazo de su negocio. La Compañía permanece al día y tiene la intención de permanecer al día con sus proveedores, socios comerciales y con sus contratistas. . Las operaciones en Colombia y en las demás jurisdicciones donde opera la Compañía se continúan adelantando de manera normal.