El Jurado Electoral Especial (JEE) falló este miércoles a favor de la candidatura de Julio Guzmán, al considerar que el partido Todos Por el Perú (TPP) subsanó las observaciones hechas en relación a la irregular inscripción de la agrupación política.
"Se presume que los documentos y declaraciones presentadas por los interesados son veraces y guardan perfecta relación con los hechos y actos que ellos contienen. Esta presenución, en efecto, admite pruebas contrarias", indica el fallo del JEE.
El ente electoral analizó la documentación presentada el último domingo por el presidente de ese partido Áureo Zegarra. Hace ya un mes, el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) emitió un resolución indicando que era improcedente la inscripción del Tribunal Nacional Electoral de TPP, que estuvo a cargo de la elección de Guzmán como candidato presidencial.
¿Qué hizo mal Todos Por el Perú?
Según el ROP, la asamblea general del partido del pasado 10 de octubre no fue convocada con la anticipación de 15 días hábiles, establecido en los propios estatutos del partido. Además, solo asistieron 5 directivos de Todos por el Perú de los 55 inscritos. TPP aseguró que asistieron 16 dirigentes, pero el ROP dijo que nueve de ellos no pertenecían al partido.
Según Zegarra, la documentación que presentaron levanta estas observaciones, sobre la base de las cuales la inscripción de la fórmula presidencial liderada por Guzmán había sido declarada inadmisible. Este es el fallo del JEE: http://www.scribd.com/doc/300333634/EXP064-2016-M-Res002-TPP
El Jurado Especial Electoral Lima Centro 1 admitió este miércoles a trámite la inscripción de la fórmula presidencial de Todos por el Perú, lo que implica que Julio Guzmán continúa en carrera a la Presidencia de la República.
En conferencia de prensa, Manuel Miranda, jefe del citado ente electoral, expuso las razones que favorecieron al postulante al Poder Ejecutivo:
1) Prevalecieron los derechos políticos y de participación
Explicó que el derecho a participar en la vida política es un derecho fundamental consagrado en la Constitución y, además, constituye un elemento esencial del régimen del sistema democrático. En ese contexto, Miranda indicó que el JEE ponderó este derecho constitucional.
2) La naturaleza jurídica de Todos por el Perú
Señaló que al ser reconocido la organización política que lidera Guzmán Cáceres como persona jurídica, esta tiene la plena capacidad de ejercicio de sus derechos políticos, como presentar fórmulas presidenciales y listas congresales. “Esto porque el partido político tiene inscripción en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP)”, dijo.
“En la ponderación que ha realizado este Jurado Especial Electoral estamos privilegiando el derecho a participación política de Todos por el Perú frente a la llamada democracia interna de la misma organización”, detalló Miranda Alcántara.
3) Convalidación del proceso de democracia interna
El titular del Jurado Especial Electoral Lima Centro 1 sostuvo que la última asamblea del 20 de enero tuvo el quórum y la convocatoria requerida para tener actos válidos de democracia interna, la cual convalidó los actos de democracia interna anteriores. Asimismo, apuntó que no hubo cuestionamientos a la democracia interna del partido y por ello rige el principio de presunción de veracidad.
“Los partidos políticos son asociaciones sobre los cuales rige supletoriamente las normas del Código Civil. Por tanto, de acuerdo a los artículos 230° y 231° del Código Civil, los actos jurídicos de las asociaciones pueden ser convalidados si es que hubieran algunas observaciones u observaciones sobre sus foros o convocatorias en la toma de decisiones”, refirió.
“No existe ningún acto de impugnación sea de carácter civil o ante la jurisdicción electoral o el ROP que cuestione la validez de los actos de democracia interna de Todos por el Perú”, añadió.
El candidato presidencial de Alianza para el Progreso, César Acuña Peralta, "carece de idoneidad ética para ser presidente", según informó el Tribunal de Honor del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), que añadió que este violó el Pacto Ético Electoral.
El documento -que no es vinculante- enviado detalla que el informe del JNE se basa a raíz de las denuncias periodística relacionadas al plagio de Acuña de su tesis doctoral y también a la apropiación del libro "Política educativa. Conceptos, reflexiones y propuestas", del docente Otoniel Alvarado.
Tras la investigación correspondiente, el Tribunal de Honor resolvió que Acuña ha violado el compromiso 13 del Pacto Ético Electoral, por lo cual es un "candidato que carece de idoneidad ética para el cargo que postula".
"Ha transgredido los principios de veracidad y de respeto y uso responsable de las redes sociales", detalló el JNE, que también resolvió amonestar públicamente a APP por haber incumplido el Pacto Ético.
Finalmente, el Tribunal de Honor expresó su preocupación por la demora de la tramitación de las aciones legales o procedimientos de supervisación y fiscalización a los hechos materia de dicha resolución
El documento
El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro declaró inadmisible la inscripción de la lista de candidatos al Congreso deAlianza Popular —que postula a Alan García a la presidencia de la República— y le otorgó 2 días naturales de plazo para absolver las observaciones.
De no hacerlo, el trámite de inscripción de Alianza Popular será declarado improcedente y la nómina quedaría fuera de carrera en estas elecciones 2016.
De acuerdo con la Resolución Nº 001-2016-JEE-LC1/JNE, tras la revisión de los documentos presentados por el personero legal de Alianza Popular, José Pimentel Aliaga, el JEE Lima Centro detectó que los ciudadanos Pitter Valderrama Peña y Romelia Paredes Tuesta no han sido incluidos en la lista de candidatos pese a que ambos fueron elegidos según consta en el acta de elecciones internas de la alianza.
Asimismo, el Jurado ha establecido que las declaraciones juradas de hoja de vida de los postulantes Jorge del Castillo, Álvaro Quispe y Javier Barreda “no han sido suscritas en todos sus folios por el personero legal”.
Debido a estas y otras observaciones, Alianza Popular tiene plazo para subsanar estar observaciones hasta este viernes 26.
Cabe señalar que hasta hace unos días se podían consultar en internet estas resoluciones, pero ahora el enlace está inhabilitado y estos documentos son colocados en un periódico mural del JEELima Centro 1.