La Corte Suprema acogió una consulta de la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios (Conadecus) y dispuso que el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) relativo a la compra de la distribuidora de electricidad y gas CGE por parte de Gas Natural Fenosa, concretada a fines de 2014.
La consulta presentada por el abogado de Conadecus, Mario Bravo, solicita conocer las integraciones verticales y horizontales que existirían en el mercado conformado por los productos de gas licuado de petróleo y gas licuado natural. Además de la operación de adquisición de la Compañía General de Electricidad S.A. -CGE- por Gas Natural Fenosa y su conformidad con las normas de defensa de la libre competencia.
"Esta decisión de la Corte Suprema, marca un importante precedente para nuestra labor de defensa de los consumidores y de la libre competencia en el país", dijo el presidente de Conadecus, Hernán Calderón.
En noviembre de 2014 Gas Natural Fenosa Chile, filial de la española Gas Natural Fenosa, se conviertió en el nuevo accionista mayoritario de la mayor distribuidora de electricidad y gas de Chile, tras declarar exitosa una Oferta Pública de Adquisición de acciones después de que 402.122.728 acciones, representativas del 96,50% del capital social de CGE, aceptaran la oferta.
La Corte Suprema ordenó al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) a pronunciarse sobre la adquisición de la Compañía General de Electricidad (CGE) por parte de Gas Natural Fenosa y si la operación se ajusta o no a las normas de defensa de la libre competencia.
Esto luego que el máximo tribunal acogiera parcialmente un recurso de reclamación presentado por la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios (Conadecus) en contra de la decisión del TDLC que había rechazado tramitar un proceso de consulta del mercado relevante del gas.
La Tercera Sala del máximo tribunal acogió dos de las cuatro solicitudes de pronunciamiento en asunto no contencioso planteada por la organización de consumidores en octubre de 2014.
Una de las cuatro solicitudes acogidas obliga al TDLC a "conocer de la adquisición existente o por celebrarse de la Compañía General de Electricidad S.A. –CGE- por parte de la empresa Gas Natural Fenosa, para que se pronuncie si ella se ajusta o no a las normas de defensa de la libre competencia, y si correspondiere, fijar las condiciones que deberán ser cumplidas en tal adquisición" señala el fallo.
La otra solicitud acogida ordena al TDLC a "conocer de las integraciones verticales y horizontales que existirían en el mercado relevante del gas" y en el evento de que proceda "fijar las condiciones necesarias para evitar que ellas dañen o pongan en peligro la libre competencia".