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POLÍTICA
Reforma Tributaria: los cambios para destrabarla
23/11/2015

Los cambios a la reforma tributaria que prepara el gobierno para destrabar el nuevo sistema

La Tercera

Hacienda busca cerrar definitivamente el debate tributario separando los regímenes según la complejidad societaria de las empresas. Una de las opciones sobre la mesa, afirman fuentes que participan en las conversaciones, es aplazar en un año la entrada en vigencia del impuesto de primera categoría de 27%. Mañana comienza la ronda final de reuniones para socializar las nuevas directrices.

En la primera quincena de diciembre próximo la reforma tributaria retornará al Parlamento -apenas 15 meses después de haberse convertido en ley- con cambios que si bien se anuncian como puntuales, anticipan una nueva batalla entre partidarios y detractores.

El oficialismo, en todo caso, espera tener despachadas estas modificaciones en enero.

Aunque la letra chica de la indicación sustitutiva que modificará la Ley 20.780 aún está en redacción, las definiciones sobre los principales cambios a la reforma tributaria ya están casi zanjados y apuntan principalmente a establecer un régimen general de tributación para las empresas, distinguiendo el régimen de tributación que les corresponderá según el tipo o la naturaleza de la sociedad controladora o propietaria. Esto supone un cambio radical al modelo creado por la reforma promulgada el año pasado y que consideraba dos regímenes de tributación para sociedades y empresas de mayor tamaño, con un solo dueño o muy atomizadas: uno integrado sobre base devengada con renta atribuida y otro denominado parcialmente integrado. Ambos esquemas, a su vez, conviven con un sistema de tributación simplificada para las pymes y empresas de menor tamaño, conocido como 14 ter (ver definiciones claves).

La ley establece que en el régimen integrado con atribución de renta sobre base devengada, es decir, en dividendos o utilidades sobre los que se tiene título de derecho, aunque el pago no se haya hecho materialmente, las empresas pagarán un impuesto de primera categoría que este año es 22,5%, subirá a 24% en 2016 y hasta 25% en 2017. Con los cambios, dicho pago se seguirá usando como 100% de crédito para cuando los socios y accionistas paguen impuesto global complementario (que grava las rentas personales, con tasas de 0% a 35%) o el adicional (para no residentes en Chile, con tasa de 35%).

En el régimen semiintegrado se mantendrá la tributación sobre base percibida para socios o accionistas (sobre dividendos o utilidades que ingresan materialmente al patrimonio) y la tasa de primera categoría subirá a 25,5% en 2017 y a 27% en 2018. Aquí, los dueños o socios podrán descontar del pago del impuesto global complementario o adicional sólo un 65% de lo que su empresa pagó por primera categoría, según la tasa vigente a la fecha del retiro o distribución del dividendo. Esto permitirá que dos tercios de las utilidades reinvertidas en la empresa puedan ser usadas como crédito de las rentas personales.

Si bien ambos regímenes son optativos, hay requisitos para tomarlos: las sociedades de personas tendrán que tener acuerdo unánime de los socios y las sociedades anónimas dos tercios de las acciones con derecho a voto. La permanencia mínima en cada sistema será de cinco años y al pasar de uno a otro, el contribuyente deberá pagar por todo los impuestos que no haya cancelado.

Si el contribuyente no informa al SII en qué régimen tributará, se establece que al sistema integrado con atribución de rentas irán las empresas individuales, comunidades y sociedades de personas (personas naturales residentes en Chile). Las sociedades anónimas abiertas y filiales de firmas extranjeras que no elijan, tributarán en el modelo semiintegrado.

En el equipo económico precisan que ya está en el área chica la decisión de modificar la ley para establecer, primero, que las personas jurídicas tributen bajo el régimen tributario semiintegrado, con una tasa por impuesto de primera categoría del 27% desde el primer año y que, por otro lado, el de atribución de renta sea aplicable sólo a los socios personas naturales de esas empresas.

Consultados sobre este punto, en Hacienda explican que “el proyecto para precisar la reforma tributaria busca simplificar la interacción de los sistemas semiintegrado y atribuido. De esta forma, las empresas con estructuras societarias complejas, cuyos dueños sean personas jurídicas, sólo podrán optar por el semiintegrado (lo que mantendría un crédito de sólo 65% para cuando los dueños de esa persona jurídica paguen global complementario), mientras que las empresas que tengan socios personas naturales podrán optar entre el sistema de renta atribuida o el semiintegrado”.

Sin embargo, entre los abogados tributaristas también advierten que dado que las señales que ha dado el ministro de Hacienda, Rodrigo Valdés, no son claras, no es posible prever si el limitar el sistema de renta atribuida a las empresas cuyos dueños o accionistas son personas naturales significa, como consecuencia, que tendrán derecho a un crédito de 100% por el pago del impuesto de primera categoría cuando tributen por su global complementario.

Aquí una alaternativa que baraja Hacienda -señalan fuentes que ha participado en las tratativas- es postergar en un año la entrada en vigencia de los nuevos sistemas de tributación, la que debía comenzar en 2017. El cronograma original indica que en 2018 la reforma como un todo estará funcionando en régimen.

“La idea es que el próximo gobierno sea el que decida si hace efectivo o no este cambio, considerando que para esa fecha se arrastrarían casi tres años de estancamiento de la inversión”, sostienen los asesores consultados.

Convergencia con la norma

Los cambios que se presentarán al Congreso, en todo caso, deberán converger o, al menos sortear, una regla especial que la reforma contempló para la micro, pequeña y mediana empresa formadas exclusivamente por contribuyentes del impuesto global complementario, donde la tasa del 32% se reemplaza por una tasa equivalente promedio a las tasas marginales que afectaron a los socios durante los últimos tres años, aclaran expertos consultados.

Agregan que igual consideración deberá tener el gobierno en su diseño respecto de la eliminación de la institución del retiro en exceso que comenzó a regir en enero pasado y la aplicación del FUT devengado.

Se reducen los registros

Un segundo punto se refiere a los ocho registros que genera la convivencia de los tres regímenes de tributación, según la norma vigente: entre ellos, se encuentran el de Rentas Atribuidas Propias, Rentas Atribuidas de Terceros, Rentas Exentas e Ingresos No Renta, Diferencias Temporarias y Retiros o Distribución de Utilidades. Además, se conserva el FUT (Fondo de Utilidades Tributables) para llevar registro de los montos que ahí se tienen antes de la entrada en vigencia de la ley.

De acuerdo a altos funcionarios del gobierno, los cambios que introducirá la indicación sustitutiva disminuirán posiblemente a la mitad el número de registros.

“Se realizarán ajustes en los registros tributarios que deben llevar los contribuyentes, lo que implicará una reducción y simplificación de éstos”, admiten en Teatinos 120.

El corazón intacto

Tras varias semanas de conversaciones reservadas, en las que también participan técnicos asesores de la Nueva Mayoría, de la oposición y de gremios empresariales, el Ejecutivo ya está en el área chica del diseño de las modificaciones a la Ley 20.780.

Fuentes allegadas a Hacienda señalan que, al menos, el comité político estará en condiciones de asegurar a los partidos oficialistas que el denominado corazón de la reforma, anclado en una recaudación anual estimada de US$ 8.200 millones o 3% del PIB en régimen, no será alterado y tampoco el perfil distributivo de la iniciativa.

Pero no así los principales contenidos de la ley que fue enviada como proyecto al Congreso en marzo de 2014 y que en julio, tras una tensa y trasnochada negociación en el Senado, cambió drásticamente sus contenidos para su viabilidad política y que en octubre de ese año entró parcialmente en vigencia.

En el gobierno, de hecho, insisten en que los cambios puntuales que contendrá la indicación sustitutiva no afectarán el objetivo redistributivo de la reforma, asegurando que la premisa de gravar con más equidad las rentas del capital se mantiene firme.

La norma antielusión

Otro de los cambios que evalúa Hacienda o que está en una etapa de análisis más definitivo es una modificación y/o aclaración en la nueva norma antielusión que introdujo la reforma. Aquí, el cambio apuntaría a terminar con la contradicción jurídica -que puede afectar la interpretación de la norma en uno u otro sentido-, en cuanto a que, por un lado, se plantea la presunción de “simulación, abuso o elusión” y, por otro, se plantea le legitimidad de “la razonable opción de conductas y alternativas contempladas en la legislación tributaria”.

Según los abogados tributaristas, ese es uno de los puntos más críticos de la norma y es un error de contradicción en la redacción que abre un flanco de interpretación que puede perjudicar o impedir la correcta aplicación de la libertad de opción del sistema tributario y su cumplimiento.

“Respecto de esta norma han surgido una serie de dudas y comentarios sobre su entrada en vigencia y, en particular, respecto de qué actos se pueden o no aplicar. Lo que hemos dicho es que el proyecto de simplificación de la reforma tributaria busca aclarar que la norma general antielusión no tiene efectos retroactivos. De esta manera, se quiere entregar más certeza a los contribuyentes”, responden en el gabinete de Hacienda.

En el informe financiero que preparó la Dirección de Presupuestos (Dipres) para acompañar el proyecto de reforma tributaria se estimó que desde 2018 la recaudación por efecto del plan para disminuir la evasión y elusión de impuestos sería de US$ 1.422 millones en régimen.

Participación de los gremios

Desde hace varios meses, pero sin dar señales claras, los técnicos de Hacienda se han reunido con los equipos de la Sofofa y otros gremios empresariales. También han tenido contactos con los asesores de la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC) y con la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras (Abif).

“Nosotros apuntamos al corazón de la reforma y no sólo a temas de implementación y de coexistencia de sistemas tributarios. Apuntamos a algunos criterios que son claves para incentivar el ahorro y la inversión, a tener tasas competitivas a nivel internacional (...). De hecho, un mecanismo que podría ayudar a la inversión es que exista un crédito efectivo para el impuesto de primera categoría cercano al 100%”, comentan en el gremio de los industriales.

Pero cuánto han permeado las ideas de esas entidades en el diseño de las propuestas que hará Hacienda en un misterio, admiten en esas entidades. Sus apuestas, en todo caso, son coincidentes en varios puntos (ver galería de cinco puntos claves).

En la misma dirección lo comentan en el equipo del ministro Valdés: “Como ha sido la tónica durante la elaboración de la reforma tributaria y el proyecto de simplificación, este ministerio se ha reunido permanentemente con distintos actores, especialistas y gremios empresariales para intercambiar ideas acerca de los cambios tributarios y todas las ideas han sido analizadas”.

Destacan el trabajo de difusión de la reforma mediante una serie de charlas y capacitaciones en todo el país, en las que también han escuchado una serie de planteamientos de micro, pequeños y medianos empresarios, “ideas que han sido analizadas como parte de este proyecto de simplificación”.

Los pasos que vienen

Mañana, el subsecretario de Hacienda, Alejandro Micco, se reunirá con el presidente del Senado, el DC Patricio Walker, para abordar el contenido de los cambios que están en preparación.

La cita no es menor: en junio pasado, el parlamentario fue el primer miembro en el oficialismo que planteó la necesidad de simplificar la reforma.

En la misma jornada de mañana, Micco también recibiría al asesor tributario de la Conapyme, Carlos Boada, y al equipo técnico de la CPC.

Durante la semana se concretarían también encuentros entre el personero y la Multigremial de Emprendedores, la Sofofa y la Abif.

Informe

Sin embargo, uno de los insumos más llamativos que ha sumado el equipo de Hacienda en esta etapa es un informe con 18 materias a modificar sugeridas por siete especialistas tributarios de la Facultad de Economía y Negocios (FEN) de la Universidad de Chile. El documento fue entregado al subsecretario Micco este mes.

La decisión de Teatinos 120 de pedir a los técnicos de la FEN su opinión y sugerencias en esta materia marca un giro respecto de la dinámica más hermética que marcó el proceso de diseño del proyecto original de reforma tributaria durante el primer gabinete de la administración Bachelet y que también marcó su conducción en la tramitación en el Congreso.

“El ministerio ha estado súper abierto y nos dijo que no nos limitáramos en las propuestas que entregamos. Qué van a sacar finalmente o si van a incorporar nuestras ideas, aún no lo sabemos. Pero el subsecretario Micco ha estado súper abierto”, comenta uno de los especialistas que han trabajado en propuestas para Hacienda.

A nivel parlamentario tampoco se han quedado cortos, aprovechando esta dinámica de mayor apertura del gobierno. Los parlamentarios DC, de hecho, pidieron a Micco que entre las modificaciones se incluya una distinción en la tasa máxima de global complementario según el ciclo económico.

Así, plantearon que en tiempos de crisis la tasa máxima de dicho gravamen aumente desde el actual 35% a 40% para recaudar más para el Fisco. También pidieron nuevas normas para las pymes. ¿Está eso en evaluación o entre los cambios que van a proponer? “Todas las propuestas recibidas son analizadas tanto desde un punto de vista técnico como en cuanto a sus efectos en relación con los objetivos esenciales de la reforma. Como hemos dicho, este proyecto mantendrá la recaudación tributaria proyectada por la reforma, resguardará la progresividad planteada en la iniciativa y reafirmará el decidido combate a la elusión y la evasión tributarias”, reiteran en el gabinete ministerial.

Y agregan un punto extra: “También es importante hacer notar que nuestra regla de balance estructural nos permite hacer frente a las fluctuaciones cíclicas de la economía”.
Acotar la norma antielusión

El subsecretario Alejandro Micco anticipó que el gobierno perfeccionará la norma antielusión “para que quede más claro desde cuándo es su aplicación” y dé “certezas respecto a qué se va a considerar una planificación tributaria agresiva o no”. El objetivo, agregó, es precisar qué se considerará “algo que no está conforme al espíritu de la ley y, por lo tanto, no se debe hacer”.

Asesores de gremios como la Confederación de la Producción y del Comercio han hecho ver al Ejecutivo que la definición de abuso vigente es muy amplia, lo que provoca inseguridad jurídica. Por eso, piden limitar expresamente la figura del abuso, especificando que para que califique como tal, los negocios utilizados deben ser notoriamente artificiosos o impropios para la consecución del resultado obtenido. De hecho, algunos abogados comentan que la norma antielusión lleva casi una década de vigencia en países como España, donde recientemente se debió modificar justamente para reducir la ambigüedad y aclarar los supuestos que pueden ser sancionados.

No gravar el leasing con IVA

En agosto, al anunciar que la recién estrenada legislación tributaria sería objeto de nuevos cambios, el ministerio de Hacienda admitió que la interacción entre algunas disposiciones y la aplicación de ciertas normas podría producir efectos indeseados. Por ejemplo, que se graven operaciones no previstas inicialmente y se limite con ello el acceso a beneficios previstos en la reforma. Por eso, la cartera aseguró que el proyecto que presentará en diciembre al Congreso estipulará que las operaciones de leasing iniciadas con anterioridad al 1 de enero de 2016 no serán gravadas con IVA. Sin embargo, para algunos especialistas esto no es suficiente. El tema genera especial preocupación en la banca. “Los bancos hacen mucho leasing. Por ejemplo, compran una propiedad a alguien y esa persona la va pagando mensualmente. Cuando termina de pagarla -lo que al final opera como un crédito-, el banco devuelve la propiedad. Pero el SII está interpretando que es una venta, eso encarecerá el instrumento”, comenta un especialista.

Limitar el alcance de las normas de fiscalización

Si una empresa no declara movimientos ni paga impuestos dentro de un año, afirman especialistas, el SII podrá forzar el término de giro y además cobrar el monto de tributo que estime adeudado. Esto último, explican asesores de entidades como la CPC, no ocurría antes. Y a eso se suma la nueva fiscalización electrónica, a través de la cual el organismo “podrá pedir acceso a todos los sistemas, incluso en el extranjero”. Tributaristas sostienen que si el gobierno no limita esta potestad, existe el riesgo de violar el secreto bancario. Además, si un banco se niega a dar acceso a la información, el SII podría sacar sus propios cálculos, estimar cuánto es lo que tiene que pagar y sancionar a la empresa impidiéndole usar los libros de contabilidad para demostrar cuánto es lo que realmente le corresponde pagar.

Otros también piden que se establezca nuevamente un plazo fatal de fiscalización. “Antes de la reforma, el plazo general era de nueve meses. Cualquier fiscalización pasada ese plazo no era válida. Ahora no”, agregan.

Aplicar ajustes pro pymes

Para evitar que las grandes empresas se disfracen de pequeñas, comentan especialistas, la reforma tributaria incorporó una serie de restricciones para acogerse al régimen de tributación simplificada para pymes, conocido como 14 ter. “Se amplió el concepto de relación y se hizo aplicable la ley de mercado de valores. Eso es una gran problema, porque es muy amplia. Es muy fácil que alguien salga de la categoría pequeña empresa por ese concepto”, aseguran abogados y asesores. Agregan que las hipótesis de relación “son tan genéricas como la letra que dice que se consideran relacionadas con una sociedad las entidades del grupo empresarial al que pertenece la sociedad. Por el solo hecho de ser de una familia de empresas”, critican. Desde la Conapyme también han transmitido a Hacienda lo costoso que será comenzar a efectuar retiros del FUT histórico y han pedido relajar el límite para acceder al 14 ter, ubicándolo en un promedio anual de ingresos de giro superior a las actuales 50.000 Unidades de Fomento (UF) en los últimos tres ejercicios.

Régimen general "amigable" con la inversión y el ahorro

Si hay algo que se ha encargado de dejar claro -y reiterar- el ministro de Hacienda, Rodrigo Valdés, es que los cambios a la reforma tributaria no moverán tasas ni reacomodarán la carga tributaria. Sin embargo, desde gremios como la Sofofa han buscado alternativas para promover la inversión y proponer un crédito mayor al 65% -vigente en el régimen semiintegrado- a la hora de pagar el global complementario. Los industriales también han recalcado que las tasas deben ser competitivas tanto para chilenos como para extranjeros, sin generar distorsiones. Ante la definición del Ejecutivo de limitar la opción de renta atribuida a sociedades compuestas por personas naturales, algunos tributaristas proponen que finalmente accionistas y dueños de empresas puedan utilizar como crédito el 100% del impuesto de primera categoría. Si esto no ocurre, señalan que una persona exenta del pago de global complementario que tiene acciones en una empresa deberá pagar al recibir dividendos una diferencia de 9,45% sólo por no tener crédito total.


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