Iniciativas complejas, aledañas a territorio indígena o con impacto ambiental participarán en el proceso.
La obtención de la “licencia social” es tan relevante para ejecutar una inversión como lo es recibir los permisos administrativos. A punta de proyectos fallidos, las empresas lo asimilaron, sin embargo, desde el Ejecutivo intentan reglar este proceso.
Antes de su tramitación ambiental en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), los proyectos complejos o cercanos a territorios indígenas deberán realizar un relacionamiento temprano obligatorio, procedimiento inexistente en la actualidad y en el que jugará un rol preponderante el Estado.
Así al menos lo establece la principal propuesta presentada por el Ejecutivo para bajar el rechazo a las inversiones, en el marco de la comisión que estudia mejorar el SEIA.
Según estimaciones del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), unos 600 proyectos ingresan a tramitación, de los cuáles 10% deberán regirse por los parámetros establecidos para este proceso de relacionamiento previo obligatorio, de aprobarse la propuesta.
Este porcentaje, dicen en el documento elaborado por el Ministerio del Medio Ambiente, hace “abordable la internalización del costo para la administración pública”
Criterios
De hecho, ya se están definiendo las causales que marcarán la obligatoriedad de utilizar el nuevo mecanismo.
En lo sustantivo, será cuando el inversionista estime que ingresará al sistema un Estudio o Declaración de Impacto Ambiental (EIA o DIA) con cargas ambientales, en el caso de que la iniciativa esté definida en la categoría de proyectos complejos o, por último, cuando se emplace en tierras indígenas, áreas de desarrollo indígena o próximo a pueblos originarios.
De acuerdo a la propuesta, desde la prefactibilidad del proyecto se podría iniciar este proceso, que debe terminar antes de que comience el trámite regular de evaluación ambiental.
Eso sí, señala el documento, el detalle del procedimiento de relacionamiento previo deberá ser preparado por el Servicio de Evaluación Ambiental en una etapa posterior al trabajo que está haciendo la Comisión Asesora Presidencial.
Contenidos mínimos
De todas formas, se establecen criterios mínimos que deberá contener esta etapa de relacionamiento previo. Uno de ellos será discutir la localización y actividad del proyecto “que implica un análisis de las posibles alternativas de emplazamiento, que considere tanto variables técnicas, socioculturales y territoriales, en conjunto con las comunidades locales”.
Éstas últimas, contemplando el proyecto inicial, podrán hacer aportes sobre materias como la caracterización del área de influencia o aspectos globales de diseño.
Se deberá incluir en el proceso un estudio de la “compatibilidad y forma de inserción o contribución del proyecto con la visión de desarrollo del territorio”.
Rol del Estado
Esta propuesta inicial establece que el Estado se relacionará a través de una mesa intersectorial coordinada por el SEA en la que participe el ministerio sectorial que corresponda.
Para esto, el Estado se transformaría en un garante del relacionamiento previo a través de su coordinación. Además, deberá promover el desarrollo de un diálogo participativo y ajustado al procedimiento, a la vez que se encargará de convocar a las comunidades a las instancias de encuentro.
En lo instrumental, tendrá que definir los aspectos procedimentales y metodológicos que orientarán el proceso, como también verificar su correcto desarrollo.
También jugarán un rol las municipalidades, que asesorarán al SEA en la identificación de las organizaciones y comunidades que deberían participar del relacionamiento previo. La Conadi, a su vez, cumpliría el mismo rol, pero en el caso de consulta indígena.
Eso sí, no todos los integrantes de la comisión están de acuerdo con la idea, lo que producirá que en su informe final no existirá consenso en esta materia y se presentarán otras alternativas.
La alternativa de que sea voluntario
Aunque las fichas del Ejecutivo están por fijar parámetros para hacer obligatorio el relacionamiento previo con las comunidades, no se cierra a otras opciones.
La segunda alternativa consiste en que el proceso sea voluntario para los proponentes de proyectos. Se estima, dicen en el documento, que los beneficios que deberían incentivar a los titulares a implementar procesos de relacionamiento previo están dados por el establecimiento de una mejor relación con los habitantes de los territorios en que pretendan implementarse los proyectos y una mejor inserción de éstos en el contexto local.
Dicho de otro modo, explican, la consecución de la "licencia social" para la empresa que busca implementar un proyecto en un territorio determinado.
Cabe hacer presente, agregan, "que el establecer un procedimiento voluntario, implicaría para el Estado la dificultad de estimar los montos requeridos para dotar a la administración de los recursos necesarios para hacerse cargo del proceso".