En dos documentos por separado pero con similares argumentos, ayer el Gobierno argentino y la estatizada YPF presentaron ante la Corte del Distrito Sur de Nueva York las mociones para que el juez estadounidense Thomas Griesa desestime la demanda iniciada el 8 de abril por un fondo de inversión Burford Capital que compró en España dos empresas españolas en quiebra: Petersen Energía Inversora y Petersen Energía, que reclaman un resarcimiento por la estatización de la petrolera en mayo de 2012. Ambas firmas pertenecían al Grupo Petersen controlado por la familia Eskenazi, tenedor del 25% de las acciones de YPF. Para comprar ese 25%, el Grupo se había endeudado y después de que la Argentina impidiera girar dividendos, las dos empresas no pudieron pagar más sus deudas, perdieron su participación y entraron en quiebra.
En los documentos, a los que tuvo acceso El Cronista, la Argentina expone cinco motivos explicados a lo largo de 35 páginas para que el Tribunal rechace el reclamo. El país refuta la acción judicial "porque se basa exclusivamente en las disposiciones de los estatutos de la empresa (por YPF), que están incorporados y gobernados por la ley argentina". Los demandantes se basaron en el estatuto de la petrolera para fundamentar que, tras la expropiación, la Argentina estaba obligada a realizar una oferta a todos los que adquirieron acciones de la compañía y que, como ese pago no se hizo efectivo, las empresas Petersen perdieron su participación en YPF. Sin embargo, los abogados del estudio Akerman, que defienden al Gobierno, calificaron de inválido el argumento, porque "no se puede aplicar cuando el país ejerce su poder soberano para expropiar, que está incluido en la Constitución Nacional". "Por lo que ni los estatutos de YPF ni de ninguna otra empresa argentina pueden imponer legalmente a la República a realizar una oferta en el caso de expropiación".
Por otra parte, el Gobierno sostiene que la demanda viola la doctrina Champerty, contemplada en la Ley del Poder Judicial de Nueva York. Esta norma postula que "... ninguna persona natural o jurídica (...) puede comprar documentos de crédito vencidos (...) con la intención y el propósito de interponer una acción o un proceso judicial con respecto a la misma". En una palabra, prohibe la compra de deuda con el objetivo de iniciar reclamos legales en la jurisdicción de Wall Street. "Los reclamos, supuestamente en el nombre de las empresas Petersen, en realidad fueron adquiridas con fines de lucro por un completo desconocido en la controversia subyacente". Y es que el fondo especialista en litigios Burford Capital compró las empresas a través de su sociedad controlante Prospect Investments. "Para adquirir los reclamos, Prospect pagó al liquidador español de Petersen más de 15 millones de euros y le prometió una participación del 30% sobre cualquier recobro".
La defensa de 26 páginas de YPF agrega que la demanda "tiene múltiples defectos". En primer lugar, dicen los abogados de la firma Chadbourne & Parke que representan a la petrolera, "este Tribunal carece de jurisdicción sobre el asunto". Los letrados consideran que YPF es inmune a la demanda a menos que la denuncia se base en una excepción aplicable a la inmunidad soberana (la excepción de actividad comercial) contemplada en la Ley de Inmunidad de Soberanía Extranjera. "La única excepción invocada no se aplica porque el reclamo no está basado en la actividad comercial, sino en la decisión soberana de la Argentina de nombrar un interventor y expropiar una participación mayoritaria en YPF". Al mismo tiempo, argumentan que este tipo de acciones se llevó a cabo en la Argentina y no tienen un efecto directo en los EE.UU.
Otra de las mociones se centra en que la estatización de las acciones, "en cualquier caso, no podría haber causado a Petersen ningún daño porque la República no votó la expropiación de esas acciones hasta después de Petersen entrara en default y sus prestamistas asumieran el control de sus acciones". En otras palabras, Petersen ya había perdido todo derecho a las acciones en el momento de la Argentina votó. Además, aseguran que el reclamo por la falta de pago de dividendos tampoco tiene asidero porque se basa "en un acuerdo entre Repsol y Petersen del que YPF no fue parte; entonces la demanda falla al alegar que YPF alguna vez hizo un compromiso legal con Petersen para pagar los dividendos"