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ACTUALIDAD
ENARGAS: en plena polémica, cambia el sistema de reclamos
31/08/2015

Aumento del gas: en plena polémica, cambian el sistema de reclamos

La Nación

Mientras algunos hogares aún no salen del asombro por los aumentos en las tarifas del gas, que en algunos casos llegaron al 700% y que responden a la quita de subsidios anunciadas el año pasado, el Gobierno notificó hoy cambios en el sistema de reclamos ante Enargas.

A través de la Resolución 3463/2015, publicada en el Boletín Oficial de hoy, y que lleva la firma del interventor de Enargas, Antonio Luis Pronsato, se justificó la medida al sostener en los considerandos que el nuevo procedimiento es más organizado y permite la formulación de consultas de manera descentralizada.

Además indica que "se ajustará a los principios de legalidad, informalidad, celeridad, inmediatez, oralidad actuada, transparencia y cordialidad, buscando, siempre que sea posible, la conciliación de las partes".

El reclamo en cuestión puede hacerse vía telefónica, personal o por Internet, el aunque puede ser descartado de entrada por improcedente. En el Anexo I de la Resolución expresa que el funcionario que reciba la queja se hará cargo de la misma hasta su terminación, pero advierte que el reclamante primero deberá notificar a su prestadora del reclamo- tal como venía sucediento- y, en caso de que no le brinden solución, recién ahí presentarse a Enargas.

A partir de ahí el Funcionario Responsable deberá clasificar el reclamo, lo comunicará a la Prestadora intimándola a que realice las acciones a su cargo tendientes a la solución del caso y fijará los plazos para resolver el reclamo. Incluso tiene la potestad, de considerarlo necesario, de convocar a las partes a una audiencia de conciliación.

Además hay un apartado que informa sobre casos especiales, que mercen ser atendidos de manera urgente por Enargas, por "poner en peligro la seguridad" de los reclamantes, como por ejemplo pérdidas de gas o incendios próximos a instalaciones de gas.

Enargas modificó el sistema para elevar reclamos a las prestadoras de gas

iProfesional

El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) modificó el sistema de reclamos de los usuarios para elevar sus quejas ante ese organismo, en caso de no recibir respuestas de las prestadoras del servicio.

La medida se adoptó a través de la resolución 3463/2015 publicada hoy en el Boletín Oficial, donde se especificó sobre cambios en el denominado "Procedimiento para la Atención de Consultas y Reclamos de Usuarios".

En el artículo 2 se modifica el artículo 3° de la Resolución Enargas 124/95 por el siguiente texto: "Delégase el ejercicio de la potestad del Artículo 66 de la Ley N° 24.076, en los funcionarios de las Gerencias de regulación de gestión comercial y de regiones y expansiones, y sus centros regionales dependientes".

Luego, en el ítem 3 de la nueva resolución se detalla que "si la respuesta da una solución parcial al Reclamante, se informará ello emitiendo la nota parcial disponible en el sistema, la que iniciada por el funcionario responsable (FR), podrá ser suscripta, indistintamente, por el Titular del Centro Regional donde se originó el reclamo o, eventualmente, por el gerente al que reporta, y enviada por correo certificado al reclamante".

Además, se dispuso que cuando en un reclamo, "la prestadora hubiera otorgado al reclamante un plazo para que el mismo cumpla alguna condición (abone una factura, presente un comprobante, se presente a firmar un pedido, o cualquier otra acción necesaria ajustada al reglamento del servicio) y el FR aceptara el mismo, emitirá la nota de cierre confirmando tal plazo".

Esa nota "podrá ser suscripta, indistintamente, por el titular del centro regional donde se originó el reclamo o, eventualmente, por el gerente al que reporta y enviada por correo certificado al reclamante".

También, en el artículo 7° se establece que "si luego de efectuadas todas las tramitaciones de un reclamo, una de las partes no acepta la solución que el FR le informara como adecuada a las normativas vigentes, el FR deberá emitir una resolución del reclamo".

En esa resolución "constará la fecha de su dictado, el N° y motivo del reclamo, las partes intervinientes, una descripción de los hechos que lo motivaron, la cronología de las actuaciones conducidas por el FR y su determinación con relación a la solución del caso".

Las modificaciones fueron firmadas por el interventor del Enargas, Antonio Pronsato.


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