En vista de los continuos reclamos de la población de Loreto y de los rumores sobre la negociación directa, el Ministerio de Energía y Minas (MEM) emitió el siguiente comunicado con el fin de aclarar cada punto de este proceso, que evitará el cierre del lote petrolero más grande del Perú.
El Lote 192 (anteriormente denominado Lote 1-AB) es un lote petrolero que se viene explotando desde la década del 70 cuyo último operador ha sido la empresa Pluspetrol Norte S.A. y cuyo contrato vence hoy 29 de agosto de 2015.
En mayo de 2015, tras terminar, con el Acta de Lima, dos años de negociación entre el Estado Peruano y las cuatro cuencas de Loreto, Perupetro S.A. convocó a una Licitación Pública Internacional para otorgar el Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote 192.
Las empresas interesadas, calificadas y habilitadas fueron:
- Perenco del Perú Petroleum Limited, Sucursal del Perú
- Pluspetrol Norte S.A.
- Pacific Stratus Energy del Perú S.A.
El 4 de agosto del 2015, la Licitación Internacional se declaró desierta debido a que ninguno de los postores presentó propuesta. Ante esta circunstancia y de conformidad con lo establecido en el Artículo 11° de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, Perupetro S.A. convocó a una negociación directa.
Las empresas convocadas por Perupetro S.A. fueron las mismas habilitadas en la Licitación Internacional. Adicionalmente, manifestó interés una cuarta empresa: Omega (Colombia).
Sin embargo, Pluspetrol y Perenco desistieron de participar, y Omega no cumplía con las exigencias. En ese escenario, Pacific Stratus Energy manifestó a Perupetro S.A. su interés de negociar la adjudicación directa del Lote 192 con un Contrato de Servicios temporal por 02 años.
De acuerdo con la política fijada por el Poder Ejecutivo, Perupetro S.A. consultó a Petroperú S.A. si podía participar en sociedad con esta empresa, para operar el Lote 192 hasta en un 25%. Luego de la evaluación legal, técnica y financiera, Petroperú S.A. decidió no participar en este Lote debido a que no le era rentable. Asimismo, manifestó su interés de participar en el siguiente proceso de Licitación, que se extenderá por un lapso de 30 años.
Ante la posición de las autoridades de la región Loreto, se esperó el debate parlamentario para eliminar el impedimento legal que prohíbe a Petroperú S.A. participar en la negociación directa por el Lote 192.
Sin embargo, tras la sesión desarrollada el último jueves en el Congreso de la República, y la negativa a debatir y aprobar este punto, Perúpetro S.A. sólo tiene la opción de continuar con la tramitación del Contrato de Servicios a Pacific Stratus, por un lapso dos años, ya que cerrar los pozos petroleros, con el consiguiente perjuicio del desarrollo de Loreto y de sus comunidades nativas, no es una opción.
Por tal razón, y de conformidad con la Ley Orgánica de Hidrocarburos, se publica hoy el Decreto Supremo N°027-2015-EM que aprueba el Contrato de Servicios temporal por 02 años con la empresa Pacific Stratus Energy del Perú S.A.
Los beneficios para el país que resultan de este Contrato son los siguientes:
- No paralizar el funcionamiento de los pozos del Lote 192, a fin de mantener la producción de petróleo en este campo en aproximadamente 9,500 barriles diarios.
- Reacondicionar 06 pozos para evitar la disminución de la producción.
- Dar continuidad de los ingresos por pagos de Regalías al Estado.
- Dar continuidad al pago del canon y sobrecanon petrolero a la Región Loreto.
- Aportar el 0.75% de las ventas de petróleo de este lote a un Fondo Social a favor de las Comunidades Nativas de la zona, que representan aproximadamente un millón de dólares anuales, derecho reconocido por primera vez a favor de las comunidades nativas.
- Evitar el desempleo que podría ocasionar un problema social.
- Mantener los contratos de servicios con las empresas comunales de la zona, y,
- Evitar mayor importación de petróleo.
Paralelamente al proceso de Licitación, y durante la negociación directa, se trabajó el proceso de Consulta Previa con las Comunidades Nativas de la zona de influencia directa del Lote 192, representadas por 04 Federaciones.
Se culminó satisfactoriamente este proceso con 02 de esas comunidades, representadas por FECONAT y ORIAP. Sin embargo, y pese a los esfuerzos desarrollados, con las Comunidades representadas por FEDIQUEP y FECONACO no se pudo llegar a un acuerdo.
Sin perjuicio de ello, el Estado ratifica su interés y compromiso de atender las demandas de las Comunidades Nativas de la zona de influencia directa del Lote 192 y desarrollar sus mejores esfuerzos para alcanzar acuerdos en beneficio de ellas.
Asimismo, ratifica que los acuerdos alcanzados en el marco de la Consulta Previa aplicarán al Contrato de Servicios, a celebrarse con la empresa Pacific Stratus, así como a la futura Licitación Pública a efectuarse por Perupetro S.A, hasta por un plazo de 30 años.
Reitera la responsabilidad de la empresa Pluspetrol Norte S.A. por la remediación ambiental de las zonas afectadas, para lo cual las entidades fiscalizadoras del Estado (OSINERGMIN y OEFA) velarán por el cumplimiento de las obligaciones asumidas. Por su parte, el Estado ha constituido un Fondo de Contingencia con un capital semilla de S/. 50 millones de Nuevos Soles para las acciones de remediación inmediata que se requieran en la zona.
El Poder Ejecutivo invoca a la población, a las Comunidades Nativas del área de influencia directa del Lote 192, a los dirigentes y las autoridades de la región Loreto, a respetar las decisiones tomadas en beneficio de la Región Loreto y del país, las mismas que se han adoptado en estricto cumplimiento del marco legal vigente.