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MINERÍA
Mendoza: la Corte revisará el fallo por la Ley Cobos
29/08/2015

La Corte revisará fallo de la audiencia por la 7.722

Los Andes

Cuando parecía que no habría vuelta atrás con la posibilidad de una nueva audiencia pública que definiera el futuro de la ley 7.722,  empieza a escribirse otro capítulo en la disputa judicial por la inconstitucionalidad de la norma que desde 2007 fija condiciones para la actividad minera metalífera en Mendoza.

Luego de que la Suprema Corte rechazara una nueva convocatoria, el procurador general, Rodolfo González, firmó otro dictamen por el cual el máximo tribunal provincial está ahora obligado a reconsiderarlo y volver a discutir el tema.

En concreto, González le dio lugar al recurso de reposición que había interpuesto de oficio el fiscal de Estado, Fernando Simón, aunque le dijo que no al de aclaratoria del fallo que también pedía Simón. El escrito que fuerza a los jueces a reconsiderar el tema de la minería fue hecho llegar a los miembros de la Corte el jueves 27 y debería derivar en un nuevo pronunciamiento los primeros días de setiembre.

Sólo hay que decidir si es o no constitucional una ley que hace 8 años prohíbe la minería metalífera en Mendoza. Pese al respeto estricto, está claro quiénes no lo hacen, con protestas, cortes de ruta y presiones a la Justicia.

Es, en rigor de verdad, el segundo dictamen del procurador general, luego de que el primero, con el mismo tenor, no prosperara entre los 7 magistrados que integran el tribunal. Cabe recordar que el fallo a revisar estuvo “peleado”: hubo 4 votos en contra de conceder la audiencia y 3 a favor, un factor que en esta fase se tendrá en cuenta toda vez que esos tres votos, para la ley, pueden inclinar la balanza.

Ahora, los miembros de la Corte deben volver a reunirse en plenario durante la próxima semana. “Nos reuniremos para tratarlo, aunque desconozco si llegaremos a una resolución en la semana”, adelantó Herman Salvini, uno de los jueces que en primera instancia había votado en contra de una nueva audiencia pública.

Mientras se retiraba de su despacho, y consultado sobre la posibilidad de revisar su postura, el magistrado fue ambiguo: “Veremos. No hay nada definitivo aún”.

Antes, en declaraciones periodísticas, su par Alejandro Pérez Hualde  también confirmaba el plenario la semana próxima, no sin reafirmar los argumentos del primer dictamen en rechazo.

“Evaluamos que, con una audiencia pública realizada, no era momento de verificar si en la Legislatura hubo o no un nivel importante de participación ciudadana”, consignó Pérez Hualde.

Entre la Corte y la calle

Como bandos enfrentados, el nuevo giro en el tratamiento de la inconstitucionalidad o no de la ley 7.722 que impulsa la Camem (Cámara de Empresas Mineras) motivó reacciones diversas. Así como entre el sector minero fue recibida a regañadientes, para las ONG pro-ley es una luz de esperanza en su meta de sostenerla.

“Somos absolutamente respetuosos de la decisión de la Corte. Esperamos que falle conforme a derecho, como lo hizo al decir no. Lo que hay que garantizar es que no porque no se haga esta audiencia tampoco se realicen las que correspondan para cada proyecto en su lugar”, señaló Mario Chabert, presidente de Camem.

Por su parte, Eduardo Sosa, de la ONG Oikos Red Ambiental, valoró la gestión del procurador y el fiscal de Estado, “más allá de la potestad de la Corte de volver a negarlo. Es un avance, no tanto por el fallo resultante sino visto desde la cultura organizacional del tribunal, porque atravesamos una transición desde un criterio netamente jurídico que se abre a otros campos como la problemática social de la minería”.

No era momento de verificar si en la Legislatura hubo o no un nivel importante de participación ciudadana.

La figura de amicus curiae (en latín, “amigos del tribunal”), a la que apelaron las ONG que propugnan una nueva audiencia pública, no es para la Procuración un elemento que haya incidido en volver a la carga con la discusión. Técnicamente, permite presentaciones voluntarias con opiniones sobre algún aspecto relativo al tema, para colaborar con el tribunal en la resolución.

Los empresarios relativizan la utilidad del recurso. Según Chabert, “sólo hay que decidir si es o no constitucional una ley que hace 8 años prohíbe la minería metalífera en Mendoza. Pese al respeto estricto, está claro quiénes no lo hacen, con protestas, cortes de ruta y presiones a la Justicia”.

La referencia es a la marcha que las ONG ambientalistas organizaron para hacerse oír el 3 de setiembre. Y sumará presión popular desde la calle para un fallo definitivo. 

“Trasciende la idea de que una definición positiva por la constitucionalidad de la 7.722 implica apoyar al proceso. En una instancia importante como esta cabe confiar en que la Corte siga la línea histórica de fallos ambientales, donde, como en el caso Llancanelo, prevaleció el interés público sobre el privado”, concluyó Sosa.


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