IAPG ENCABEZADOPAN AMERICAN ENERGY (CABECERA
WEGTGN
SECCO ENCABEZADOALEPH ENERGY ENCABEZADO
PRELASTKNIGHT PIÉSOLD ENCABEZADO
SACDE ENCABEZADOINFA ENCABEZADO
RUCAPANELMETSO CABECERA
Induser ENCABEZADOSAXUM ENGINEERED SOLUTIONS ENCABEZADO
GSB CABECERA ROTATIVOFERMA ENCABEZADO
METROGAS monoxidoMilicic ENCABEZADO
PIPE GROUP ENCABEZADGRUPO LEIVA
cgc encabezadoGenneia ENCABEZADO
EMERGENCIAS ENCABEZDOPWC ENCABEZADO ENER
WIRING ENCABEZADOWICHI TOLEDO ENCABEZADO
OLADE ENCABEZADOCRISTIAN COACH ENCABEZADOCINTER ENCABEZADO
NATURGY (GAS NATURAL FENOSA) encabezado
OMBU CONFECATSERVICIOS VIALES ENCABEZADO ENER
MINERÍA
Las FF.AA. seguirán en Islay
20/08/2015

Prorrogan intervención de FF. AA. en apoyo de PNP en provincia de Islay

ANDINA

El Poder Ejecutivo autorizó la intervención de las Fuerzas Armadas (FF.AA.) en apoyo de la Policía Nacional del Perú (PNP) en la provincia de Islay, departamento de Arequipa, del 22 de agosto al 20 de setiembre del 2015, a fin de asegurar el control y mantenimiento del orden interno y evitar actos de violencia o cualquier ilícito que se pudiera cometer durante las movilizaciones y cualquier otro tipo de acto vandálico.

La Resolución Suprema N° 158-2015-IN precisa que la actuación de las FF.AA. constituirá una tarea de apoyo a la misión de la PNP y no releva la activa participación de esta. El control del orden interno permanece en todo momento a cargo de la Policía Nacional del Perú.

Asimismo, el accionar de las FF. AA. estará dirigido a contribuir y garantizar la plena vigencia del derecho a la libertad y seguridad personales, a la libertad de tránsito por las vías y carreteras, el derecho a la paz, a la tranquilidad, el adecuado funcionamiento de los servicios públicos esenciales y resguardar puntos críticos vitales para el normal desarrollo de las actividades de la población afectada.

De esa manera, se busca facilitar que los efectivos de la Policía Nacional del Perú se concentren en el control del orden público y la interacción con la población del departamento de Arequipa.

La intervención se efectuará conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1095, que establece las reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las FF. AA. en el territorio nacional.

Esta participación no implica en modo alguno la restricción, suspensión ni afectación de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política del Perú, las leyes y los tratados internacionales sobre derechos humanos de los que el Perú es parte.

La presente resolución suprema, publicada hoy en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, está refrendada por el presidente Ollanta Humala Tasso y por los ministros de Defensa, Jakke Valakivi Álvarez, y del Interior, José Luis Pérez Guadalupe.


Vuelva a HOME


KNIGHT PIESOLD DERECHA NOTA GIF 300
Lo más leído
PAN AMERICAN ENERGY (JUNIO)
TODO VACA MUERTA
PODER DE CHINA
NOTA EN MÁS LEIDAS GIF
VENEZUELA
;