La Corte Suprema confirmó hoy que las operaciones de contado con liquidación con la que los inversores buscan escapar del cepo cambiario son legales.
El Máximo Tribunal rechazó hoy un recurso de la Procuraduría contra el lavado de activos (Procelac) contra la modalidad de compras de divisa extranjera denominado "contado con liqui".
El máximo tribunal consideró "inadmisible" un planteo del titular de la Procelac, Carlos Gonella, para que la modalidad de "contado con liqui" fuera considerada ilegal.
Desde hace unas 48 horas prácticamente no se registraron operaciones con esta modalidad en la city porteña. El dolar paralelo hoy superó la barrera de los 14 pesos.
Las operaciones de "contado con liqui" son aquellas en las que un agente adquiere en el mercado local, en pesos, un título o acción que también cotiza en el mercado externo (por lo general, en Nueva York), donde luego lo vende en moneda extranjera.
De ese modo, el interesado se desprende de pesos, sortea los controles locales y recupera su inversión, ya en dólares de libre disponibilidad, en el exterior.
La Procelac viene argumentando que el uso sistemático de estas operaciones supone un fraude a la ley, en un intento de detener o desacelerar la fuga de divisas. El Gobierno viene denunciando este tipo de operación en ja Justicia, en un periplo que alcanzó a la Corte, que hoy finalmente falló de modo adverso al Gobierno.
En marzo de este año, la Cámara en lo Penal Económico ya había indicado que las operaciones de contado con liquidación son legales.
La Sala B de esa cámara consideró, mediante un fallo unánime de sus tres integrantes, que aplicarle el régimen penal cambiario a ese tipo de operaciones financieras viola el principio de legalidad establecido en el artículo 18 de la Constitución nacional..