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MINERÍA
Fallo Triton: Peralta y diputados vs. la Corte Suprema
10/07/2015

El Gobierno sale con tapones de punta, diputados hacen mea culpa y la Corte no dice nada contundente

Tiempo Sur

Con la cautelar de Triton y Oroplata, la Corte dijo “ni” sobre la inconstitucionalidad del impuesto. El Gobierno denuncia “lobby” y ya aparecieron los diputados. Lo que pasa en la Corte queda en la Corte pero en busca de una estrategia efectista, la Fiscalía de Estado podría apelar a tribunales internacionales. 

Luego de ventilado el fallo, el Gobierno salió al cruce de la corte criticando su injerencia en el tema al que el máximo tribunal le abrió la puerta estableciendo que es de su “competencia originaria” por tratarse de un impuesto que colisiona con una ley nacional (Inversiones Mineras 24.196).

“Le advierto a Triton y a todas las mineras que dentro de poco van a tener noticias, este fallo se trata de una  cautelar, no es cosa juzgada” dijo temerario el titular del Ejecutivo, Daniel Peralta, que además le dijo a la Corte que “se equivocó” al “meter la mano” y deslizó un “intento de avasallar federalismo”.

Pero vale aclarar que la Corte nada dijo aun sobre la “cuestión de fondo”, sobre si es constitucional o no el Impuesto a la Real Propiedad Minera, sino que habilitó la cautelar a favor de Triton SA porque meses atrás, en noviembre del año pasado, había hecho lo mismo con Oroplata, la operadora del yacimiento Cerro Negro. Es decir, la Corte ya tenía el tema encima.

En esa causa, el máximo tribunal nacional dijo que correspondía intervenir porque “la provincia de Santa Cruz es parte sustancial en el pleito”, sino además porque la demanda de Oroplata “impugna la pretensión impositiva provincial por ser contraria a una norma federal (Ley 24.196), y a la Constitución Nacional (artículo 75, incisos 18 y 19), como argumento principal”. Entonces “lo medular del planteo remite necesariamente a desentrañar el sentido y alcance de los referidos preceptos federales, cuya adecuada hermenéutica resulta esencial para la solución de la controversia y permitirá apreciar si existe la violación constitucional que se invoca”.

Todavía esa cuestión “medular” a la que hizo referencia la Corte el año pasado no fue “desentrañada” y entonces no sólo podrían sumarse recursos cautelares de Triton sino de todas aquellas empresas que acudieron al reclamo de inconstitucionalidad del impuesto santacruceño.

La lógica del Gobierno santacruceño fue desautorizar públicamente al máximo tribunal presidido por Ricardo Lorenzetti emparentándolo con tener una posición tomada en favor de las “multinacionales” a las que el Gobierno nacional ha cuestionado durante estos más de diez años, pero además, recordándole a los santacruceños que esta Corte es “opositora” al poder central.

Asimismo, cuando el Gobernador dice que “los recursos son de los santacruceños, no de los jueces de la Corte Suprema” la frase tiene raigambre constitucional porque en ese texto donde se reconoce a las provincias el dominio originario sobre los recursos naturales. Empero, la pregunta que deberá dilucidar la Corte es si acaso eso habilita a las provincias a disponer a cuenta de reservas que no fueron explotadas aun.

Este fue precisamente el planteo que hizo la Asociación Obrera Minera Argentina  (AOMA).

No explorar para no tributar

Héctor Laplace, titular del gremio minero, recordó que en su momento la organización se pronunció solicitándole a los diputados santacruceños “que legislen con una mirada muy fuerte hacia el futuro y que no vaya a ser cosa que este tipo de impuesto atente contra la provincia”.

Así las cosas “se está cumpliendo lo que decíamos con anterioridad” porque hoy las mineras “no están explorando porque a partir que encuentran reservas empiezan a pagar impuesto así que no lo hacen y nos perjudicamos todos” lamentó Laplace.

Hecha la ley hecha la trampa porque las pocas mineras que pagaron lo hicieron bajo protesta y las otras habrían tratado, según AOMA, de no explorar para no encontrar algo que las obligue a abultar su deuda tributaria. “Es algo muy agarrado de los pelos” añadió el dirigente que, sin embargo, coincidió con que los proyectos “tienen que tributar en los municipios porque tiene que volcarse en beneficio de la gente que está cerca de los proyectos”.

Diputado reconoció “presiones” para votar

El diputado Roberto Fernández le dijo a Tiempo FM que cuando salió el impuesto ya las empresas habían manifestado la posibilidad de presentar todos los recursos a su alcance para obviar el pago. Se mostró en ascuas respecto de qué podría llegar a hacer la Fiscalía de Estado que, a decir verdad, tiene poco margen porque las decisiones de la Corte Suprema son irrecurribles.

“La idea de la Cámara es lograr los acuerdos voluntarios pero no con un proyecto nuestro, sino que instamos al Ejecutivo a enviar un proyecto viable para estudiarlo. Eso es lo que está charlado” dijo, descartando de plano que pudiera tratarse en comisiones la iniciativa del diputado Martín Paiva.

“Se advirtió que esto iba a pasar. Algunos nos equivocamos y otros estaban en lo correcto, pero a veces las presiones de un sector te llevan a tomar decisiones equivocadas” reconoció el Diputado que votó a favor del Impuesto Inmobiliario.

Fernández renovó sus críticas hacia Triton SA por su “falta de compromiso” social y se ocupó de Yamana Gold que tiene un yacimiento en cercanías de Puerto Deseado porque “ya van como 15 veces que anuncia el inicio de obras y no arranca, sólo tomó menos de 50 empleados. Por qué no aprovechan este tiempo para capacitar a la gente” se preguntó.

Para Arenillas el fallo no dice nada

El juez de la Cámara de Apelaciones, Enrique Arenillas, también se refirió a la decisión de la Corte Suprema que accedió  a la medida cautelar de no innovar que fue solicitada contra la provincia de Santa Cruz.

“Es una decisión de tipo provisorio que tiene como finalidad proteger el objeto de su futura decisión” (la inconstitucionalidad o no del impuesto)

“Acá -explicó- existe un juicio entre las partes de competencia originaria ante la corte”, pero este fallo “no dice absolutamente nada, se vincula con otros en materia minera, no se mete con el impuesto en sí, incluso no dice por qué en este caso la cautelar estaría siendo necesaria” analizó.

El magistrado contextualizó con que “estamos hablando de un juicio principal que se va a tramitar y terminar en la Corte” por cuanto ahora “la provincia no tiene ningún recurso salvo pensar en una instancia internacional”.

En definitiva y no habiéndose discutido si el tributo colisiona con la Constitución Nacional, la Corte sólo atinó a decirle al Gobierno “que deje de perseguir el cobro administrativo” del impuesto.

Arenillas fue consultado también si acaso las mineras que sí han pagado aunque bajo protesto podrían llegar a reclamar la devolución de esos fondos. Frente a esto el Juez indicó que “como poder podrían si lo hicieran bajo protesta, si consintieron es una cuestión discutible”. En ese caso “habría que ver, acá lo que pasó fue que la minera directamente planteó la competencia originaria y la Corte lo aceptó, pero a veces la Corte acepta cuando quiere” deslizó.

Vale recordar que se trata de un impuesto anual aplicado sobre las reservas de la mina, razón por la cual no fue poca la resistencia que el proyecto tuvo en Diputados, que vaticinaban (al parecer con asidero) que las consecuencias legales llegarían más temprano que tarde.
 


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