El fiscal civil Enrique Viana solicitó una medida cautelar a la Suprema Corte de Justicia que impida que Aratirí firme contrato con el Estado hasta que la SCJ no se pronuncie sobre la inconstitucionalidad de la ley de minería. La SCJ desestimó este recurso, habilitando de esa manera la firma del contrato. De todas maneras, la SCJ no se pronunció aún sobre la cuestión de fondo: la pretendida inconstitucionalidad de la ley de minería.
El fiscal Viana había expresado que en el contrato de inversión con Aratirí “se facilitarán salvaguardas, prebendas y privilegios de todo tipo a la mencionada empresa privada o a sus sucedáneos” y que el “proyecto Aratirí significará escalas de destrucción y contaminación difíciles de imaginar”.
La SCJ estuvo de acuerdo con el fiscal de Corte, Jorge Díaz, al considerar que Viana no acreditó “la probabilidad próxima” de las consecuencias que Aratirí ocasionará para el medioambiente, razón por la que desestimó la solicitud del fiscal. La Corte fundamenta su fallo en dos pilares: que la ley “impone la protección y el respeto por el medio ambiente” y que el contrato entre el Estado y Aratirí “aún” no fue firmado.
“El Estado aún no ha suscrito contrato alguno para la explotación minera a cielo abierto con la empresa a la que refiere el excepcionante, o, lo que es igual, no existe aún principio de ejecución de la ley atacada”, dictaminó Díaz.