Mediante el Decreto Supremo W 001-2015-EM, el Ministerio de Energía y Minas (MEM), emitió la resolución que aprueba disposiciones para procedimientos mineros que impulsen proyectos de inversión. Para ello ha dictado disposiciones con el fin de impulsar la inversión vinculada a proyectos mineros de concesión de beneficio, de actividades de exploración y explotación en concesiones mineras.
Uno de los fines que persigue esta resolución es eliminar algunos requisitos innecesarios y procurando que las actuaciones administrativas sean menos gravosas. “Los procedimientos establecidos por la autoridad administrativa deben ser sencillos, racionales y proporcionales a los fines que persigue”, indica el documento y añade que “el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo W 014-92-EM, señala que el Estado garantiza que los procedimientos mineros respondan a los principios de certeza, simplicidad, publicidad, uniformidad y eficiencia”.
Dicha resolución aprueba, entre otras cosas:
- el formato del acta de inspección de verificación de culminación de la construcción de obras, instalación de equipos e instalaciones auxiliares del proyecto de la concesión de beneficio o modificación; así como el formato del acta de inspección de las labores mineras, instalaciones y componentes del proyecto de explotación minera;
- los términos de referencia para la inspección de verificación de culminación de la construcción de obras, instalación de equipos e instalaciones auxiliares del proyecto de la concesión de beneficio o modificación; así como los términos de referencia para la inspección de las labores mineras, instalaciones y componentes del proyecto de explotación minera;
- la modificación del formato electrónico denominado "Sistema de Concesión y Autorización de Beneficio" para incluir el formato electrónico correspondiente al Informe Técnico Minero - ITM Y la Memoria Descriptiva
Además, con la finalidad de agilizar los procedimientos de Autorización para el Inicio de Actividades de Exploración, Inicio o Reinicio de Actividades de Desarrollo, Preparación y Explotación -que incluye el Plan de Minado y Botaderos y Modificaciones-, Otorgamiento de Concesión de Beneficio o Modificaciones e Informe Técnico Minero, y previo a la presentación de dichas solicitudes, los titulares mineros podrán solicitar a la Dirección General de Minería una reunión de coordinación a efectos de ser informada de las principales características del proyecto, tales como la ingeniería de las obras civiles, proceso metalúrgico, entre otros.