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Repercusiones: parate de YPF en El Trébol, por amparo mapuche
14/04/2015

La Justicia suspendió un pozo de Fracking de YPF, sustentado en un informe del Ingeniero Eduardo Delía

OPI Chubut

La Justicia de Chubut le hizo lugar a un recurso de Amparo por la explotación del pozo petrolero de la empresa YPF, denominado El Trébol, a 18 Kms de Comodoro Rivadavia. Las empresa deberá suspender la producción. El peritaje del Juzgado, se apoyó en un estudio del Ingeniero de Río Gallegos, Eduardo Delía, para consignar los estudios que determinaron la incompatibilidad de la fractura hidráulica con el medio ambiente.

(OPI Chubut) – El Juzgado Laboral Nº 2 de Comodoro Rivadavia, a cargo de la Dra Iris Pacheco,favoreció un recurso de Amparo para suspender la producción en un pozo de petróleo no convencional que YPF explota en el yacimiento El Trébol, a 18 kms de Comodoro Rivadavia. La medida fue interpuesta por Marcelino Pintihueque, integrante de la comunidad Mapuche, quien lo hizo a través de la abogada Silvia de los Santos

La medida judicial se generó, luego que el perito oficial del Juzgado, Roberto Ochandio, consideró que la explotación no convencional de petróleo, llevada a cabo en El Trébol, pone en riesgo las napas de agua y vulnera el medio ambiente, por el uso de tecnología que se encuentra altamente cuestionada y la utilización de componentes altamente contaminantes como el plomo, el mercurio, el gilsfosfato y aquí Ochandio hace mención que para su fase conclusiva, utilizó un estudio técnico realizado por el Ingeniero en Petróleo de Río Gallegos (Santa Cruz), Eduardo Delía, un férreo luchador por las cuestiones medioambientales, quien en estos momentos está pasando por un delicado estado de salud, del que va reponiéndose lenta pero satisfactoriamente.

Delía, ha sido uno de los iniciadores y continuadores de una campaña de concientización sobre las incompatibilidades del fracking con el ambiente y especialmente con las aguas subterráneas. Con esta decisión judicial, que seguramente será recurrida por el gobierno, se plantea un antecedente inédito en la provincia, porque además el Amaro fue impulsado por un integrante de la comunidad aborigen.

La Justicia suspende las actividades en el pozo de petróleo no convencional El Trébol

El Patagónico

La titular del Juzgado Laboral N° 2 de Comodoro Rivadavia, Iris Pacheco, hizo lugar al amparo presentado por la explotación del pozo de petróleo no convencional denominado El Trébol de YPF. La empresa deberá suspender las operaciones en ese sector.

El Juzgado Laboral N° 2 suspendió las actividades del primer pozo de fracking del Chubut, que se encuentra ubicado en El Trébol, a 18 Km del centro de Comodoro. Aunque se advirtió que el Gobierno de Chubut puede apelar la medida.

El recurso de amparo lo presentó Marcelino Pintihueque, del pueblo mapuche, patrocinado por la abogada comodorense Silvia de los Santos. En esta determinación jugó un rol determinante el informe del perito de oficio Roberto Ochandio -designado por el Juzgado- que plantea que la fractura hidráulica pone en riesgo las napas de agua; el argumento de que existe separación entre las capas acuíferas y las capas gasíferas es falso.

La argumentación de Ochandio fue coincidente con el aporte del perito de “parte”, judicialmente un consultor técnico de la parte demandante, el ingeniero en Petróleo y master en Evaluación de impacto ambiental y energías alternativas -entre otras cosas- Eduardo D’Lía. Cabe recordar que Ochandio había sido cuestionado por el Gobierno de Chubut al indicar que no tenía como especialidad la explotación petrolera, sin embargo es geógrafo y cuenta con más de 30 años de experiencia como trabajador petrolero.

Sobre el fallo, De los Santos indicó que la Justicia consideró que “el pozo no tenía garantías necesarias para no vulnerar el ambiente y que está acreditada la afectación directa del agua hasta que se demuestre lo contrario, pero no existe tecnología en el mundo que evite la contaminación del agua y el aire”.

ACTIVIDADES SUSPENDIDAS

La medida cautelar en una primera instancia suspendió algunas de las actividades en el pozo, luego, en el mes de febrero, esa decisión fue apelada y la justicia falló a favor del Gobierno, y ahora “se llegó a una sentencia de primera instancia de la acción de amparo es decir del proceso principal, efectivamente ordena suspender todas las actividades de fractura hidráulica en la zona de El Trébol”, dijo De los Santos.

La jueza y los actores parte de la causa realizaron el año pasado una inspección ocular en la zona de instalación del pozo. “Nos vamos dando cuenta de que la actividad produce serios daños, como muchas otras actividades que nos damos cuenta con el tiempo del daño que producen. Hay miles de ejemplos, el plomo, el mercurio, el pcv, glifosato en este caso más de 15 años de lucha y ahora la OMS (Organización Mundial de la Salud) acaba de confirmar que es potencialmente cancerígeno, vamos en esa línea”, agregó la abogada. 

Por un fallo judicial, YPF deberá suspender un pozo en Chubut

El Cronista

La Justicia de Chubut hizo lugar a un amparo por la explotación de un pozo petrolero de la estatizada YPF. En concreto, el Juzgado Laboral Nº 2 de Comodoro Rivadavia favoreció al recurso que pretende suspender la producción en el pozo de petróleo no convencional (que utiliza el método de fracking) que YPF explota en el yacimiento El Trébol, a 18 kms de esa localidad. 
La medida fue interpuesta por Marcelino Pintihueque, integrante de la comunidad Mapuche, quien lo hizo a través de la abogada Silvia de los Santos. En esta determinación jugó un rol determinante el informe del perito de oficio Roberto Ochandio –designado por el Juzgado– que plantea que la fractura hidráulica pone en riesgo las napas de agua. El argumento de que existe separación entre las capas acuíferas y las capas gasíferas es falso, según la presentación.

La principal argumentación de Ochandio coincidió con la del perito de "parte", judicialmente un consultor técnico de la parte demandante, el ingeniero en Petróleo y master en Evaluación de impacto ambiental y energías alternativas, Eduardo D’Lía. Cabe recordar que Ochandio había sido cuestionado por el Gobierno de Chubut al indicar que no tenía como especialidad la explotación petrolera. Pero el mencionado es geógrafo y cuenta con más de 30 años de experiencia como trabajador petrolero. D’lía, ha sido uno de los iniciadores y continuadores de una campaña de concientización sobre las incompatibilidades del fracking con el ambiente y especialmente con las aguas subterráneas por el uso de tecnología que se encuentra altamente cuestionada y la utilización de componentes contaminantes como el plomo o el mercurio. 

Con esta decisión judicial, que se espera será apelada por el gobierno de Martín Buzzi, se plantea un antecedente inédito en la provincia, porque además el amparo fue impulsado por un integrante de la comunidad aborigen. 
El pozo fue inaugurado con un gran acto en mayo de 2014 en el lugar, al que asistieron el presidente de YPF, Miguel Galuccio, y Buzzi. En su momento ambos desestimaron que el pozo ponga en peligro las napas de agua.

Por un fallo judicial, YPF deberá suspender la actividad en un pozo de Chubut

Clarín

Iris Pacheco, titular del Juzgado Laboral N° 2 de Comodoro Rivadavia (Chubut), hizo lugar al amparo presentado por la explotación del pozo de petróleo no convencional (fracking) denominado El Trébol de YPF. La empresa deberá suspender las operaciones en ese sector. El pozo está ubicado a 20 kilómetros del centro de la ciudad. El gobierno de Chubut puede apelar la medida-

El recurso de amparo lo presentó Marcelino Pintihueque, del pueblo mapuche, patrocinado por la abogada comodorense Silvia de los Santos. En esta determinación jugó un rol determinante el informe del perito de oficio Roberto Ochandio -designado por el Juzgado- que plantea que la fractura hidráulica pone en riesgo las napas de agua. El argumento de que existe separación entre las capas acuíferas y las capas gasíferas es falso, según la presentación.


La principal argumentación de Ochandio coincidió con la del perito de "parte", judicialmente un consultor técnico de la parte demandante, el ingeniero en Petróleo y master en Evaluación de impacto ambiental y energías alternativas -entre otras cosas- Eduardo D'Lía. Cabe recordar que Ochandio había sido cuestionado por el Gobierno de Chubut al indicar que no tenía como especialidad la explotación petrolera Pero el mencionado es geógrafo y cuenta con más de 30 años de experiencia como trabajador petrolero.


Sobre el fallo, De los Santos indicó que la Justicia consideró que "el pozo no tenía garantías necesarias para no vulnerar el ambiente y que está acreditada la afectación directa del agua hasta que se demuestre lo contrario, pero no existe tecnología en el mundo que evite la contaminación del agua y el aire".


El pozo fue inaugura con un gran acto en mayo del año pasado en el lugar, al que asistieron el CEO de YPF Miguel Galuccio y el gobernador K de Chubut Martín Buzzi. En su momento ambos desestimaron que el pozo ponga en peligro las napas de agua. Ahora la justicia opinó lo contrario y las actividades fueron suspendidas.


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