Del comunicado de la Gaceta Oficial de Costa Rica:
El Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) comunica a los interesados en participar en la venta de generación de electricidad, al amparo del Capítulo I de la Ley N° 7200, mediante plantas solares fotovoltaicas, que la convocatoria al proceso de selección de las mismas se estará publicando una vez que la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) defina y publique, las tarifas de referencia para este tipo de plantas de generación.
De acuerdo con lo estipulado en el Reglamento al Capítulo I de la Ley N° 7200, Decreto Ejecutivo N° 37124-MINAET, en ese proceso solamente serán consideradas las empresas que con proyectos para construir plantas solares nuevas, cuenten con la declaratoria de elegibilidad vigente al día de publicación de la convocatoria.
Con base en las recomendaciones técnicas, se ha determinado que la capacidad ofrecida de cada proyecto solar individual no debe ser superior a 5MW y que, además, estén localizados en diferentes zonas geográficas del país, ya que por circuito sólo se permitirá la interconexión de un proyecto. Por tanto, aquellas empresas que cuentan con la declaratoria de elegibilidad por una capacidad mayor a la máxima establecida (5MW), deberán manifestar formalmente su interés en participar de la futura convocatoria, en cuyo caso se procederá a realizar el nuevo estudio para asignarles un punto de conexión preliminar en la Red de Distribución.
Para aquellas empresas interesadas, que a la fecha no cuenten con una declaratoria de elegibilidad de un proyecto, se les comunica que en la oficina del Área de Gestión de Contratos de Planificación y Desarrollo Eléctrico, sita: piso 7 de las Oficinas Centrales del ICE en Sabana Norte, se encuentra a su disposición el documento correspondiente a la guía para la presentación de las solicitudes de elegibilidad.