La Legislatura aprobó el proyecto para crear la estructura que tendrá a su cargo realizar un control de las actividades de la planta ubicada en Pilcaniyeu.
A principio de este mes, el Parlamento rionegrino aprobó el proyecto que crea la Comisión Especial de Control y Evaluación para el seguimiento del proceso de reactivación del Complejo Tecnológico Pilcaniyeu para enriquecimiento de Uranio. Esa estructura comenzará a funcionar en breve, y, en ese contexto, el legislador radical, Alejandro Betelú, destacó que la comisión supervisará el cumplimiento de la ley de Estudio de Impacto Ambiental de manera previa al inicio de actividades. Así, en caso de aprobarse su funcionamiento el seguimiento del cumplimiento del Plan de Gestión y Monitoreo obligatorio a realizarse.
Otra función que tendrá la comisión será "supervisar que los mecanismos de participación ciudadana se cumplan de manera previa y además la de recabar la información que se presente y permitir que la misma sea transmitida a los ciudadanos de la localidad de Pilcaniyeu y su zona de influencia".
“La Comisión funcionará en el ámbito de la Legislatura de la Provincia, la cual le asigna el espacio físico e infraestructura administrativa de funcionamiento que aquélla requiera”, sostuvo Betelu.
Ese legislador fue el impulsor del amparo judicial para que se concrete la audiencia pública, concretada en Pilcaniyeu a fines de febrero.
El parlamentario radical mencionó que “la protección jurídica en materia ambiental debe proyectarse hacia el futuro y se debe tener en cuenta la irreversibilidad, en la mayoría de los casos, de las consecuencias dañosas para el ambiente que resultan de las actividades humanas”.
Agregó que “la política sobre el dominio de los recursos naturales provinciales esta correctamente expresada en el artículo 70 de nuestra Constitución que dice: 'La Provincia tiene la propiedad originaria de los recursos naturales existentes en el territorio, su subsuelo, espacio aéreo y mar adyacente a sus costas, y la ejercita con las particularidades que establece para cada uno'”.
“La Nación no puede disponer de los recursos naturales de la Provincia, sin previo acuerdo mediante leyes convenio que contemplen el uso racional del mismo, las necesidades locales y la preservación del recurso y de la ecología” recordó Betelú.
Respecto de la participación ciudadana, el parlamentario resaltó que la Ley de Presupuestos Mínimos General del Ambiente determina en su artículo 19 que “Toda persona tiene derecho a ser consultada y a opinar en procedimientos administrativos que se relacionen con la preservación y protección del ambiente, que sean de incidencia general o particular, y de alcance general.
Y además en el artículo 20 dice que “Las autoridades deberán institucionalizar procedimientos de consultas o audiencias públicas como instancias obligatorias para la autorización de aquellas actividades que puedan generar efectos negativos y significativos sobre el ambiente”.
Finalmente -a través de una gacetilla de prensa- Betelu expresó que entre las obligaciones a cargo de las autoridades que establece el 2º párrafo del art. 41 de la Constitución Nacional, se determina que las mismas “proveerán a la protección de este derecho y a la información y educación ambientales. Lo que impone a las autoridades la obligación de proveer a la información ambiental, lo que no ha ocurrido hasta el día de la fecha". (ANB)