La Asociación Obrera Minera Argentina, representada por sus máximos dirigentes, acordó con la Federación Argentina de la Piedra y la Cámara Argentina de Empresarios Mineros (CAEM), otorgar una “Gratificación Especial” para los trabajadores que revisten dentro de la Rama Cal, Piedra y Afines.
Los representantes de AOMA y las partes signatarias convinieron en abonar a cada trabajador una suma fija extraordinaria no remunerativa, y por única vez, como “Gratificación Especial” de un complemento que alcanza los $ 1.600. La misma se abonará antes del 31 de Diciembre de 2014.
AOMA obtuvo una “Suma fija extraordinaria no remunerativa” en la Rama Molienda de Minerales y Materiales Afines
El Secretario Nacional de la Asociación Obrera Minera Argentina Mediante la Circular N° 117 puso en conocimiento de las Comisiones Directivas de las Seccionales de AOMA, que se firmó un acuerdo con las cámaras Signatarias del sector, donde se resolvió otorgar a cada trabajador una suma fija extraordinaria no remunerativa por única vez de $1.600.
Bajo el concepto de “Gratificación Especial”, los trabajadores incluidos dentro de la Rama Molienda de Minerales y Materiales Afines C.C.T. N° 37/89, se les abonará en dos cuotas pagaderas con los haberes de la segunda quincena de enero de 2015 por un monto de $1.000 y la segunda de $ 600 con los haberes de la segunda quincena de marzo de 2015.