La procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, dictaminó a favor de un recurso presentado por los habitantes del municipio catamarqueño de Andalgalá para la suspensión de todo tipo de actividades relacionadas con la explotación de las Minas de Agua Rica, basado en la supuesta contaminación de los cursos hídricos.
El reclamo original se presentó en enero del 2010 fundado en la supuesta contaminación del agua que se origina en el nevado del Aconquija, a raíz de la metodología de explotación mediante la detonación diaria de toneladas de explosivos y el triturado de roca.
El reclamo sobre el que ahora debe resolver la Corte Suprema de Justicia de la Nación fue rechazado en todas las instancias judiciales de la provincia, pero para la Procuración lo que se debate es “el derecho humano de todos los habitantes a la salud y a gozar de un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano”.
En su dictamen, Gils Carbó opinó que el expediente debería volver a la Corte de Justicia de Catamarca “a fin de que se dicte una nueva norma ajustada a derecho”, ya que el reclamo de los vecinos “está amparado por el artículo 41 de la Constitución nacional”.
En la demanda, los vecinos del pueblo reclamaron un análisis del estudio de impacto ambiental presentado por la empresa minera y realizado por la Universidad de Tucumán, así como la designación de peritos de parte, lo que no fue atendido por ninguno de los jueces intervinientes. Hasta la semana pasada, los vecinos habían acampado diez días frente a Tribunales, en la plaza Lavalle, para reclamar un pronunciamiento sobre el amparo.
La Procuración General de la Nación dictaminó a favor de los habitantes de la localidad catamarqueña para que se suspendan las actividades en una zona minera por la supuesta contaminación de los cursos hídricos.
La procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, dictaminó a favor de un recurso presentado por los habitantes del municipio catamarqueño de Andalgalá para la suspensión de todo tipo de actividades relacionadas con la explotación de las Minas de Agua Rica basado en la supuesta contaminación de los cursos hídricos.
El reclamo original se presentó en enero del 2010 fundado en la supuesta contaminación del agua que se origina en el nevado del Aconquija, a raíz de la metodología de explotación mediante la detonación diaria de toneladas de explosivos y el triturado de roca.
El reclamo sobre el que ahora debe resolver la Corte Suprema de Justicia de la Nación fue rechazado en todas las instancias judiciales de la provincia pero para la Procuración lo que se debate es "el derecho humano de todos los habitantes a la salud y a gozar de un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano".
En su dictamen, Gils Carbó opinó que el expediente debería volver a Corte de Justicia de Catamarca "a fin de que se dicte una nueva ajustada a derecho" ya que el reclamo de los vecinos "está amparado por el artículo 41 de la Constitución Nacional".
En la demanda, los vecinos del pueblo reclamaron un análisis del estudio de impacto ambiental presentado por la empresa minera y realizado por la Universidad de Tucumán, así como la designación de peritos de parte, lo que no fue atendido por ninguno de los jueces intervinientes.
La Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó dictaminó a favor de vecinos de Andalgalá en el amparo presentado en 2010 contra la provincia, el municipio y dos empresas mineras para obtener la suspensión de todo tipo de actividades relacionadas con la explotación de las minas de Agua Rica.
Gils Carbó opinó que debe admitirse el recurso y ahora la Corte Suprema deberá resolver el expediente.
La Procuradora hizo referencia a que el fallo de la Corte local (que no había hecho lugar a la solicitud por no cumplir con el requisito de sentencia definitiva exigido por la ley procesal), “exhibe defectos de fundamentación” que afectan de forma directa e indirecta “las garantías constitucionales que se dicen vulneradas”.