La Corte Suprema acogió la demanda interpuesta por Cristian Flores en contra de Minera Los Pelambres por la operación del tranque de relaves “El Mauro”, en Choapa. El tribunal dio plazo de un mes para entregar un plan que considere la demolición total o parcial del mencionado tranque o la realización de obras complementarias para no afectar las aguas del estero Pupío.
El fallo establece que “se ordena a la sociedad minera “Los Pelambres S. A.”, que debe permitir el escurrimiento natural de las aguas del estero Pupío a la comunidad de Caimanes, libre de contaminación de desechos provenientes del tranque de relaves El Mauro”.
Y agrega que las nuevas obras que la empresa ha ejecutado, “alteran y obstruyen el libre curso de las aguas y el flujo o cauce de las mismas. Con la construcción día a día de un nuevo muro de contención del tranque de relaves ‘El Mauro’ y con el vertimiento de desechos en el citado depósito se contaminan las aguas (…) con el consiguiente perjuicio para la comunidad local”.
Además, el tribunal sostiene que es deber del Estado garantizar el derecho de las personas a vivir en un medioambiente libre de contaminación, lo que se contrapone para los habitantes de Caimanes, localidad más cercana a la operación del mencionado tranque.
Por su parte, Minera los Pelambres en un comunicado sostuvo que “lo que está ordenando este nuevo fallo ya se está cumpliendo. Es decir, la operación del tranque no ha afectado la cantidad ni la calidad de las aguas del estero Pupío, tal como lo han acreditado distintas fiscalizaciones”.
Expuso además, que se han adoptado acciones y realizado obras para asegurar que no se altere el caudal del estero Pupío, señalando que tiene la disposición de entregar al tribunal un plan de ejecución de obras complementarias que sean idóneas para asegurar y fortalecer el cumplimiento de la resolución judicial.