Desde las comunidades insisten en que la Corte debe ratificar el fallo del Tribunal Ambiental y "dejar sin efecto la resolución y la sanción de la SMA y que se haga un nuevo proceso que considere los antecedentes que no están dentro del expediente".
Tras dos meses de dilaciones, el pasado lunes la Tercera sala de la Corte Suprema acogió los alegatos en torno al recurso de casación interpuesto por Barrick Gold contra el fallo del 3 de marzo del Segundo Tribunal Ambiental de Santiago, que estableció que el proceso sancionatorio del caso Pascua Lama era deficiente y debía ser reabierto, incorporando todas las infracciones y considerando su impacto de manera acumulativa y no fragmentaria como se había hecho.
Entre las 8:30 y las 14:00 horas y mientras representantes de los habitantes del Huasco, se ubicaban en las afueras de la Corte, la sala integrada por los ministros titulares Rubén Ballesteros, Haroldo Brito y Carlos Cerda y las ministras Rosa Egnem y Andrea Muñoz, escuchó los alegatos de José Antonio Urrutia por parte de Barrick y de Cristián Gandarillas y Alvaro Toro, representando a la empresa Agrícola Santa Mónica y a las comunidades, respectivamente.
Desde la comunidades asimismo se apunta que, tras la firma del polémico acuerdo entre algunas comunidades y Barrick de mayo pasado, el abogado Lorenzo Soto, involucrado en este protocolo de entendimiento, finalmente optó por bajarse del recurso que previamente había patrocinado.
El abogado de Barrick, José Antonio Urrutia, estableció que los Tribunales Ambientales se habían sobrepasado en sus atribuciones pretendiendo suplantar a la Superintendencia de Medio Ambiente en sus funciones.
“El Tribunal Ambiental utiliza datos de Línea de base desactualizados y por tanto equivocados, distintos de los que correspondía aplicar, llevándolo a conclusiones equivocadas”, señaló según las comunidades, quienes agregan que incluso pretendió hacer creer a la Corte que existía una autorización para ocupar una nueva metodología de cálculo de niveles de alerta de calidad de agua, más permisiva, con lo cual aquello que el Tribunal y las comunidades acusan como contaminación, ya no sería tal porque no se superarían los nuevos parámetros permisibles.
Desde la otra vereda los abogados de las comunidades, Cristián Gandarillas y Alvaro Toro, señalaron a través de cartas del Servicio de Evaluación Ambiental, que el cambio de metodología aludido por la empresa, aunque solicitado hace años, hasta el día de hoy no tiene ninguna autorización. Asimismo entregaron antecedentes para mostrar que el análisis y el veredicto del Tribunal Ambiental respecto de las aguas era correcto, y sin sobrepasar las atribuciones que a la entidad le competen, toda vez que los Tribunales Ambientales son los primeros en el país en tener una conformación mixta, jurídica y técnica, y en virtud de ella fallaron.
Tras los alegatos, el mismo lunes, se indicó a través de una resolución, que la ministra Rosa Egnem fue designada para redactar el fallo, lo que indica que habría acuedo entre los magistrados por lo que debiera publicarse el veredicto sobre este controvertido casodentro de uno a dos meses, según las comunidades.
“La multa no nos sirve de nada”
El vocero de la Asamblea por el Agua de Guasco Alto , Rubén Cruz, insistió a El Dínamo, que hoy su expectativa apunta a que la “Corte Suprema ratifique el fallo del Tribunal Ambiental y deje sin efecto la resolución y la sanción de la SMA y se haga un nuevo proceso que considere los antecedentes que no están dentro del expediente”.
Luego detalló que entre estos elementos se cuenta el ocultamiento de información, captación ilegal de aguas del río Estrecho, descarga ilegal de aguas de este mismo río y todo lo que tiene que ver con el descarpamiento de la montaña sin autorización de ningun servicio.
De cara a la eventual alza de la multa asignada a barrick desde los US$ 60 millones a $US 260 millones, Cruz fue enfático al señalar que ” esto parte con una autodenuncia de la empresa, que fue rechazada por la SMA, y sube a fiscalizar encontrándose con 23 incumplimientos de los que la empresa reconoce 22 , luego se saca la multa por cinco infracciones tras una reagupación de los incumplimientos. En la Corte hoy también está en juego este concurso infraccional, porque esto nunca se había hecho. Lo que pedimos es que se pueda infraccionara cada incumplimiento por separado y se así se hace, la multa subiría mucho. Sin embrago, lo que nosotros buscamos es la revocación de resolución de calificación ambiental ya que la empresa cae en incumplimientos gravísimos y graves, la multa a nosotros en el Valle del Huasco no nos sirve de nada”.