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La Minería del Futuro: Minerales bajo los Océanos

Por Roberto Sarudiansky. En los fondos marinos profundos se pueden encontrar recursos energéticos y minerales en alto porcentaje de concentración comparados con yacimientos en tierra firme.

13/09/2012

Por Roberto Sarudiansky - Licenciado Universidad Nacional de San Martín*

Los océanos cubren casi las tres cuartas partes de la superficie de la Tierra, contienen las nueve décimas partes de los recursos de agua y más del 97% de los seres vivos del planeta. También están dominados por fondos profundos, con lo cual más del 60% de la superficie del planeta queda por debajo de los 2.000 metros de profundidad

En esos fondos marinos profundos se pueden encontrar recursos energéticos y minerales como petróleo, gas natural, hidratos de gas; nódulos de manganeso, costras ricas en cobalto; sulfuros masivos (ricos en zinc, plata, oro o cobre); placeres (ricos en titanio, tierras raras, estaño, oro y diamantes); fosforitas y áridos (arena y gravas).

Los porcentajes de concentración de elementos valiosos como el oro, la plata, níquel, cobalto, platino o tierras raras son en, algunos casos, muy altos, entre dos y tres veces superiores a la concentración encontrada en explotaciones mineras en tierra firme.

Los depósitos minerales bajo el mar suponen el 96% del cobalto, el 84% del níquel, el 79% del manganeso y el 35% del cobre del total de las reservas estimadas en el planeta Tierra

La distribución a escala global de los principales depósitos de campos de nódulos de manganeso y sulfuros polimetálicos en los océanos de la Tierra es la siguiente:

a) Chimeneas hidrotermales de sulfuros en el Océano Atlántico.
b) Campo de nódulos de manganeso en el Océano Pacífico.
c) Sección de una costra polimetálica rica en cobalto del Mar de Scotia recogida durante la campaña SCAN-2008 a bordo del buque de investigación oceanográfica "Hespérides".
d) Sección longitudinal de una chimenea hidrotermal de sulfuros polimetálicos.
e) Sección de un nódulo de manganeso rico en cobalto y níquel.

Antecedentes

En 1944, La entonces Dirección Nacional de Minería y Geología (DNMG) hizo la primera manifestación de soberanía, con el Decreto-Ley 1386/44, por el cual se amplió el concepto de reservas mineras del país extendiéndolo más allá del mar territorial hasta el borde de la plataforma continental. El mérito de impulsar este reclamo le correspondió al geólogo Juan José Nágera, autor de la Doctrina del Mar Libre (1927).

En 1958 se realizó la I Conferencia de UN sobre el Derecho del Mar y en 1982 la Conferencia en la cual se adoptó la Convención sobre el Derecho del Mar, que en su art. 76 define la forma de fijar el límite exterior de la plataforma. En su art. 77 da al Estado ribereño los derechos de soberanía sobre la plataforma a los efectos de la exploración y explotación de los recursos naturales.

En 1991, se aprobó la Ley 23968 de espacios marítimos argentinos, que subdividió la Plataforma Continental Argentina; en 1995 Argentina adhirió por la Ley 24543 a la Convención de los Derechos del Mar; en 1997 se creó la Comisión Nacional del Límite Exterior de la Plataforma Continental (COPLA) y en 2011 Argentina presentó ante la Comisión de Límites de la Plataforma Continental sus estudios sobre la plataforma que avalan los límites pretendidos.

La Convención y sus franjas

La actividad minera en los fondos marinos se encuentra bajo una estricta supervisión internacional en el marco de la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982.

La Convención es la herramienta internacional más importante que gobierna el régimen de los océanos, por lo que se denomina coloquialmente como "la Constitución del Mar".

En 1994 fue ratificada por 154 países y actualmente la mayoría de los estados se rigen por sus normas.

La "Constitución del Mar" regula un amplio elenco de temas, tales como los derechos internacionales de navegación, la piratería marítima, la protección del medio marino, y la jurisdicción sobre los recursos marinos renovables (vivos) y los no renovables (no-vivos).

Los recursos de los océanos y mares son regulados en la Convención mediante el desarrollo de un "bandeado de áreas jurídicas" en el que los derechos soberanos ejercidos por los Estados disminuyen al alejarse de la costa hacia mar adentro.

En el "Mar Territorial", los Estados tienen derechos soberanos completos sobre "su mar y su aire". En la "Zona Económica Exclusiva", que comprende hasta las 200 millas marinas, los Estados tienen derechos de soberanía sobre los recursos del mar, de su fondo y de su subsuelo marino, pero pierden los del "aire".

La "Plataforma Continental" es una franja que puede alcanzar las 350 millas marinas desde la costa, dependiendo de la geología de sus márgenes continentales; en ella los Estados ejercen sus derechos soberanos sobre los recursos de sus fondos marinos y de su subsuelo.
En la denominada "Zona", más allá de las Plataformas Continentales de cada Estado, los países pierden sus derechos soberanos individuales.

 

La Plataforma Continental Argentina

La plataforma continental sobre la cual ejerce soberanía la República Argentina comprende el lecho y el subsuelo de las áreas submarinas que se extienden más allá de su mar territorial y a todo lo largo de la prolongación natural de su territorio hasta el borde exterior del margen continental, o bien hasta una distancia de 200 millas marinas medidas a partir de las líneas de base en los casos en que el borde exterior no llegue a esa distancia.

 

En el mar territorial las provincias ribereñas constituyen las autoridades concedentes de derechos mineros. En el resto de la Plataforma la Nación tiene jurisdicción.

La CONVEMAR habilitó la posibilidad de que los Estados costeros extendieran su Plataforma Continental de 200 a 350 millas marinas medidas desde la costa, un proceso Permitido hasta los 10 años después de la ratificación de cada Estado.

El área reclamada por los Estados como ampliación de su Plataforma Continental está actualmente sobre los 15 millones de km2, mientras que la Zona Económica Exclusiva (aquella incluida dentro de las 200 millas marinas desde la costa) es de aproximadamente 85 millones de km2.

La "Zona", el área de los fondos oceánicos sin jurisdicción de ningún Estado, consiste en 260 millones de km2, casi tres veces la suma de las áreas de jurisdicción de todos los Estados del mundo.

En 1997, la Ley 24815 creó la Comisión para la delimitación del Límite Exterior de la Plataforma Continental Argentina (COPLA), con el objetivo de elaborar una propuesta para establecer este límite.

En abril de 2011, a través del análisis de la información recopilada y de estudios geofísicos, principalmente sísmicos, se presentó a la Comisión de Límites de la Plataforma Continental, órgano técnico de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), la propuesta que amplía en unos 1.300.000 km2 el espacio marítimo sobre el que Argentina ejerce soberanía.

Recursos submarinos, "patrimonio de la Humanidad"

Los recursos minerales de la "Zona" están considerados como "Patrimonio común de la Humanidad" por la CONVEMAR.

La Autoridad Internacional de los Fondos Marinos (Internacional Seabed Authority - ISA) es la organización intergubernamental establecida específicamente para regular las actividades de minería submarina de la "Zona". Es una organización autónoma, con sede en Jamaica, que tiene un acuerdo de relación con las Naciones Unidas.

Las empresas que quieran operar en la Zona tienen que pagar determinadas tasas por licencias y actividades de exploración y explotación.

Los ingresos se reinvierten a nivel global, haciendo particular énfasis en las necesidades de los países en desarrollo y de aquellos sin costa, ya que estos no tienen acceso a los recursos marinos.

Entre sus principales actividades está también la actividad científica sobre temas relacionados con los Fondos Marinos, para lo que dispone de un Fondo Científico destinado sobre todo a investigadores de países en desarrollo.

La ISA puede realizar contratos para dar concesiones. Además de disponer de los fondos que aportan los Estados miembros, cobra por las concesiones de exploración minera a varios países: Japón, Corea, China, India, Francia, Rusia, Alemania.

Hasta ahora, únicamente se han puesto en funcionamiento dos reglamentos que regulan la exploración y explotación de los recursos minerales de la Zona: 1) Reglamento sobre los campos de nódulos de manganeso, que lleva en vigor desde el año 2000. 2) Reglamento que regula la minería submarina de sulfuros masivos adoptados en el año 2010 por todos los Estados que componen la ISA.

Actualmente, se encuentra en debate el reglamento sobre costras polimetálicas ricas en cobalto, ubicadas principalmente en montes submarinos (seamounts).

Prospección y exploración en la "Zona"

La superficie máxima de exploración de las parcelas es de 10.000 km2 y los solicitantes deben pagar a la ISA US$ 500.000.

La duración de los contratos es de 15 años y pueden prorrogarse por periodos de cincos años, si así lo pide el contratista y la AIFM lo autoriza.
Dado que se pueden encontrar sulfuros masivos a 1.500 metros de profundidad o incluso menos (similar a algunas extracciones actuales de hidrocarburos), la profundidad de trabajo y la tecnología requerida para la exploración y explotación de sulfuros masivos es menor que en el caso de los nódulos de manganeso.

Todas las zonas de sulfuros masivos aprobadas por el reglamento se concentran en los océanos Atlántico, Pacífico e Índico.

Los primeros países en interesarse en dichas parcelas de sulfuros masivos han sido China, Rusia y la India. China ha comunicado a la ISA su intención de realizar una petición de licencias para la exploración de una amplia zona localizada al suroeste del océano Índico, reservándose de este modo, los futuros derechos de explotación cuando la comunidad internacional lo permita.

 

Minería submarina en aguas jurisdiccionales

 

Papúa-Nueva Guinea, en el océano Pacífico, es el primer Estado que ha concedido permiso para la explotación minera en fondos marinos profundos en sus aguas jurisdiccionales. El proyecto, desarrollado por una compañía minera canadiense llamada Nautilus Minerals, va a explotar a 1.600 m de profundidad un yacimiento de sulfuros masivos ricos en oro y cobre. Se trata de la primera mina submarina a gran profundidad. Desde hace algunas décadas existen minas de oro, casiterita o diamantes que explotan depósitos de placeres en áreas menos profundas (hasta unos 150 metros) en las costas de Sudáfrica, Namibia y el Este asiático.

Este proyecto, denominado Solwara1, representa un gran reto tecnológico y medioambiental. Se van a utilizar robots submarinos que arrancarán el mineral de las zonas del fondo con chimeneas hidrotermales y mayor concentración de metales. Después, el mineral se transportará por tuberías aspiradoras a los buques mineros de la superficie para su tratamiento metalúrgico. Todo ello procurando realizar el menor impacto ambiental y la recuperación posterior de los ecosistemas de las áreas explotadas.

 

En estos momentos existen proyectos de exploración de sulfuros masivos, cobre, oro, zinc o plata en los fondos marinos profundos de otros países como son Nueva Zelanda, las Islas Solomon, Fiji o Tonga.

Recursos de la Plataforma Argentina

 

La Plataforma Continental Argentina (PCA) tiene una superficie de unos 5,7 millones de km2 mientras que la superficie del territorio emergido es de unos 2,7 millones de km2. Esta extensa superficie permite suponer la existencia de recursos naturales no renovables que hasta el presente han sido escasamente explorados.

Las condiciones geológicas de la PCA permiten suponer la existencia de dos grupos de depósitos:

- Depósitos de arenas, gravas y concentrados de minerales pesados formados por procesos sedimentarios en áreas costeras y ambientes de plataforma.

-Fosforitas y nódulos de Mn-Fe formados por procesos químicos de baja temperatura.

-Fe-Ti depósitos marinos costeros (provincia de Buenos Aires).
Au (-Pt) depósitos aluviales y marinos costeros (Santa Cruz y Tierra del Fuego).

Nódulos fosfáticos y de Mn-Fe reconocidos por el SHN y en investigaciones de instituciones extranjeras (BGR, Lamont, Deep Sea Drilling Project).

*Licenciado UNSAM, en el Taller Minería hacia el Futuro, realizado el 28 de agosto de 2012, en la Universidad Nacional de San Martín (UNSAM), provincia de Buenos Aires, y organizado por el Área de Promoción del Desarrollo Industrial del Programa de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo (CYTED), el Organismo Latinoamericano de Minería (OLAMI), la Universidad Nacional de San Martín, la Fundación Innovación y Tecnología (UNSAM) y la Asociación Argentina de Geólogos Economistas.

Fuente: Mining Press


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