A casi un año de que la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) diera a conocer las primeras formulaciones de cargo del llamado Caso Cascadas, finalmente el regulador publicó la resolución del mismo, la cual fue calificada por varios de los involucrados como “inesperada” y “el cumplimiento del peor escenario”.
Esto porque según explicaron abogados de la plaza, el pronunciamiento de la entidad encabezada por Carlos Pavez fue contundente, respondiendo a cada uno de los cuestionamientos y recursos presentados por las defensas de Julio Ponce Lerou, Aldo Motta, Roberto Guzmán Lyon, Leonidas Vial, Patricio Contesse Fica, Manuel Bulnes, Felipe Errázuriz, Alberto Le Blanc, y LarrainVial Corredora de Bolsa.
Y si bien las apelaciones por parte de cada uno de los multados ya son dadas como un hecho por parte de la mayoría de los abogados defensores consultados, lo cierto es que para hacerlo, deberán consignar ante el Juzgado Civil correspondiente un 25% de la multa dada a conocer por la SVS. Es decir, en el caso del controlador indirecto de SQM, Julio Ponce Lerou, deberá ingresar al tribunal unos US$ 17,5 millones, mientras que a nivel de todos los multados la cifra asciende a unos US$ 41 millones.
Infracciones extremadamente graves
En la tarde de ayer el superintendente Carlos Pavez dio una breve conferencia de prensa, sin aceptar preguntas de los medios. “Creo importante enfatizar en el punto de que los hechos que dieron origen a las infracciones informadas son extremadamente graves, y dañaron profundamente los principios básicos del Mercado de Valores, como son la fe pública, la confianza, la transparencia y el buen gobierno corporativo. En este sentido, considerando que la confianza es uno de los principales activos del mercado financiero de nuestro país, la sanción aplicada por esta superintendencia está en línea con el rol que le encomienda la ley, esto es fiscalizar, supervisar y regular el adecuado funcionamiento de los mercados de Valores y Seguros”, afirmó.
Luego, Pavez señaló que es necesario destacar que el ejercicio de la potestad fiscalizadora y sancionadora del regulador es una herramienta indispensable para corregir las malas prácticas que se producen en los mercados. “En este sentido, el buen gobierno corporativo de los emisores de valores de oferta pública, y las sanas prácticas de los actores que participan del sistema, sin duda, pueden mejorar el funcionamiento de éste, consolidando nuestra posición de privilegio en el contexto regional, que quiero insistir, es uno de nuestros principales activos y hacia donde destinamos todos nuestros esfuerzos para supervisar y fiscalizar en el día a día”, comentó.
Sólos dos años
Un hecho no menor de la resolución de la SVS guarda relación con el período de tiempo considerado para determinar las multas.
Esto porque si bien el plazo comprendido es desde septiembre de 2010 al año 2011 -lo que incluye las operaciones cuestionadas en las formulaciones de cargos que aún no caducan-, lo cierto es que el lapso de tiempo entre 2008 y 2009 no debiera ser ignorado al menos en la arista penal, cuyo desarrollo se espera que se agilice próximamente (ver página 10).
Según la normativa del Mercado de Valores, el plazo de cuatro años que aplica en este tipo de procedimiento se refiere únicamente a la facultad de sancionar o aplicar una multa a los involucrados.
Sin embargo, al menos en el ámbito legal, la prescripción de los eventuales delitos es mayor. Ahí radica la importancia que tomará el desarrollo de la arista penal, que permitirá incluir un mayor número de actores.