La Cámara en lo Contencioso Administrativo rechazó un amparo por acceso a la información iniciado por el senador socialista Rubén Giustiniani para que se le dé una "copia íntegra del Acuerdo de Proyecto de Inversión firmado el día 16 de julio de 2013 entre YPF SA y sus subsidiarias y subsidiarias de Chevron Corporation".
Giustiniani justificó su pedido "con la calidad ambiental y con las actividades a desarrollar por YPF y Chevron en las áreas de Lomas de La Lata Norte y Loma Campana".
La Sala II de la Cámara, en un fallo dividido en el que triunfó la postura de los jueces Rodolfo Facio y Carlos Grecco por sobre la de Clara do Pico confirmó la sentencia dictada en la causa iniciada por el senador que había rechazado la acción por entender que a YPF no se le podía aplicar legislación sobre "control de la administración".
En el juicio se discutía el alcance del Decreto 1172/2003 sobre acceso a la información pública en relación con su aplicación a sociedades abiertas como YPF, tal como la califica la Ley 26.741. De ese modo, al ser una norma la que regula este concepto, tiene mayor jerarquía que el decreto y por ende resulta inaplicable a esos efectos.
Para la mayoría "una solución en sentido contrario permitiría elípticamente que, por medio del mecanismo procesal elegido, el demandante accediera al contrato a pesar de que, por disposición de la Ley 26.741, tal como surge con claridad del debate que se llevó a cabo en el ámbito del Congreso Nacional, no cuenta con la habilitación para ello".
Por su parte, la jueza do Pico sostuvo que si el legislador hubiera querido sustraer a YPF SA del decreto 1172/03, así lo hubiera declarado, en lugar de adoptar fórmulas excluyentes de la legislación y el control administrativo.
La jueza se pronunció a favor del "derecho que tiene toda persona de conocer la manera en que sus gobernantes se desempeñan".