La Defensoría del Pueblo de la Nación sigue acéfala y el Congreso todavía no designó a su titular. El cargo se encuentra vacante desde que Eduardo Mondino renunció en 2009; pero desde diciembre pasado también concluyó la conducción administrativa porque el defensor adjunto, Anselmo Sella, terminó su mandato.
Ante esta situación, los diputados nacionales Julio Cobos, Patricia Giménez y Luis Petri, de la UCR-Mendoza, presentaron un proyecto de resolución para instar al Parlamento a designar de manera “urgente” al nuevo defensor.
Por cierto, no se trata de una tarea fácil ya que el postulante requiere el aval de al menos dos tercios de los integrantes de cada cámara legislativo. Esto significa que la oposición tiene poder de veto sobre el candidato del oficialismo.
Cobos recordó que ante este estado de acefalía, corresponde a la Comisión Bicameral de la Defensoría del Pueblo proponer a los respectivos candidatos.
Para el exvicepresidente, “esto sería una buena señal de quienes ocupan hoy el Gobierno”: “no dejar conflictos abiertos a la gestión que se encargará de la administración del país a partir del 2015”.
Además, consideró que permite “concretar la recuperación de instituciones vinculadas con los organismos de control”. “Es bueno recordar que la Defensoría recibe denuncias y las investiga; le avisa a la sociedad en forma pública y masiva sobre cualquier clase de problema que haya detectado, entre otras actividades”, destacó.
Atributos del defensor del pueblo
La figura del Defensor del Pueblo fue incorporada por el artículo 86 de la Constitución de 1994. El Ombudsman es designado por el Congreso por dos tercios de los votos de cada cámara, dura 5 años en su mandato, es independiente y tiene inmunidad.
Sus funciones son: defender los derechos de las personas frente a hechos, actos u omisiones de la administración y controlar el ejercicio de las funciones administrativas públicas. El Defensor del Pueblo, ante faltas o incumplimientos de la administración o de empresas prestadoras de servicios públicos, puede solicitar informes, efectuar recomendaciones y, llegado el caso, iniciar acciones judiciales en defensa de los administrados o usuarios.