La Defensoría del Pueblo de la Nación anunció que requerirá a la Secretaría de Energía retrotraer el nuevo cuadro tarifario del gas, que rige desde el 1 de abril e incluye tres aumentos acumulativos bimestrales a partir de esa fecha, estimándose que el incremento promedio rondará el 200%.
La solicitud de la Defensoría tiene particular significado porque puede ser el paso previo para una presentación judicial. Esa dependencia ya logró en 2009 un fallo de segunda instancia por el cual los usuarios pueden pedir la refacturación del servicio sin el costo del gas importado, con la sola condición de realizar el trámite personalmente en las oficinas comerciales de las distribuidoras y para cada bimestre.
En esta oportunidad, la Defensoría fundamentó el pedido en que "la nueva mecánica encubre o contiene un aumento tarifario, el cual se ha efectuado sin transparentar los costos de las empresas y sin explicar las razones que pudieran justificarlos, ni las inversiones realizadas por las distribuidoras para mejorar la calidad de la prestación del servicio". Añadió que " la medida evidencia otro claro vicio que resulta de haber omitido realizar la debida audiencia pública".
La Defensoría aclaró que "el nuevo cuadro tarifario de gas es una reasignación de subsidios y un aumento tarifario, a la vez", y que "las causales para el mantenimiento del subsidio en la tarifa son ínfimas y no alcanzan a la mayoría de la población". Afirmó que cuando no se cumple la condición para pedir la excepción, "para mantener la tarifa anterior, se exige un ahorro del 20% de consumo respecto del mismo período registrado un año atrás, y de no darse este ahorro, se verifica automáticamente un incremento en el cargo fijo y en el cargo por metro cúbico de consumo, lo cual constituye un aumento de la tarifa."
La Defensoría agregó que "ese porcentaje de ahorro resulta de un cumplimiento casi imposible en épocas de bajas temperaturas, por lo que será un exiguo grupo de usuarios el que pueda recibir sus facturas sin modificaciones". También destacó que "sin la previa realización de una campaña de información y concientización del uso racional del gas, se genera un estado de desconcierto en los usuarios ya que al momento de consumir el servicio no contaban con la información necesaria para disminuir el consumo". Asimismo indicó que "la falta de información generó un consumo descuidado con un incremento no deseado y sorpresivo en la facturación del servicio".
La presentación pone énfasis en los puntos débiles de la iniciativa oficial desde el punto de vista legal: la falta de audiencia pública y la escasa difusión de la posibilidad de ahorrar para no tener aumento.
Desde el Gobierno, en tanto, relativizaron el aumento en las tarifas de gas. "El nuevo valor de la factura está entre $ 0,60 y $ 3 por día", dijo el subsecretario de Coordinación del Ministerio de Planificación, Roberto Baratta, y que estos niveles "son irrisorios en relación con los peajes que regula el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, que están entre $ 16 y $ 40 pesos por día, el ABL promedio que sale $ 6 pesos, el servicio de Cablevisión está en un mínimo de $ 16 por día o 2 boletos de subte que salen $10 y van a costar $12 pesos próximamente".
Gas Natural Fenosa recordó en un comunicado la importancia del uso razonable del servicio así como los requisitos que deben cumplir los que necesiten continuar con la tarifa subsidiada.
Tras destacar que los que usen el suministro en forma "responsable, no serán alcanzados por el último ajuste" la compañía manifestó en un comunicado que "el beneficio se otorga en función de un análisis del consumo que registren los usuarios respecto del mismo bimestre/mes del año anterior".
Por este motivo recordó que "si no registran ahorro (en el consumo) o este es menor al 5% respecto de ese período, se aplica el nuevo cuadro tarifario".
En tanto, si existe un ahorro de consumo de entre el 5% y el 20% respecto del mes/bimestre del año anterior, se aplicará el 50% del incremento contemplado en el nuevo cuadro tarifario.
Por otra parte, si hay un ahorro de consumo superior al 20% respecto del mes/bimestre del año anterior, no se le aplica ningún incremento.
Asimismo, la resolución 2905 establece el procedimiento para solicitar integrar el registro de exceptuados a la Política de Redireccionamiento de Subsidios del Estado Nacional, lo que encuadrará a quienes reúnan los siguientes requisitos:
1-Padecer una enfermedad crónica que implique una mayor necesidad de consumo del servicio.
2-Percibir como único ingreso previsional el equivalente a un haber mínimo.
3-Percibir Pensiones No Contributivas.
4-Ser beneficiario de algún Plan o Programa Social.
5-Tener el domicilio afectado por actividades de índole social (institutos, comedores comunitarios, centros de recuperación, etc).
6-Percibir alguna asignación familiar.
7-Contar con un certificado de discapacidad.
8-Poseer ingresos familiares insuficientes para afrontar el pago de la tarifa plena.
9-Encontrarse exento del pago ABL / Tasas Municipales.
10-Poseer una vivienda de características edilicias desfavorables que impliquen un mayor consumo del servicio (vivienda precaria con familia numerosa, vivienda precaria carente de alguno de los otros servicios públicos, etc).
11-Que la vivienda posea un local anexo destinado a la actividad comercial (pequeño comercio, taller de oficio, etc); o viven múltiples hogares.
12.Reunir las condiciones de Usuario Esencial.