El fiscal subrogante de Estado de Mendoza, Javier Fernández, afirmó que en septiembre debería iniciarse la "disputa más dura" por el río Atuel que sería la presentada por la provincia de La Pampa. Y ratificó que la postura mendocina es "eliminar" la demanda del abogado Miguel Angel Palazzani, a la que consideran que "no tiene legitimidad" porque es un particular, para abocarse al juicio iniciado por el Estado pampeano.
El diario El Sol de esa provincia indicó que después de presentar la contestación por la demanda que interpuso Palazzani -hoy fiscal en Bahía Blanca- en el año 2010 por el uso de las aguas del río Atuel, la Fiscalía de Estado espera la notificación de la disputa mayor, en la cual Mendoza tendrá que enfrentarse al gobierno de La Pampa. En agosto o septiembre debería darse esta situación, luego de que, en la Ciudad de Buenos Aires, la Procuración General de la Nación considerara que la Corte sí tiene competencia en el caso, lo que daría pie al avance del proceso judicial que llevaría a la disputa frontal entre las dos provincias.
El diario indicó que por ahora, el proceso sigue en la Procuración, pero "en su último viaje para la contestación, tanto la Fiscalía de Estado como la Asesoría de Gobierno (mendocinas) se interiorizaron en el avance de la situación y les confirmaron que se avanzará con la notificación de la demanda".
El fiscal subrogante de Estado, Javier Fernández, precisó a ese medio que "la Corte tendría competencia en el caso de La Pampa contra Mendoza. Nosotros discutimos que la tenga en el tema de Palazzani contra Mendoza. Por eso, tratamos de eliminar el proceso de Palazzani antes de que se discuta el otro".
El Sol explicó que según Fernández, en cuanto se reciba la notificación de la demanda del gobierno pampeano, los organismos mendocinos tienen un plazo de 60 días, aproximadamente, para responder.
"La idea es mantener este equipo de trabajo que armamos que funcionó muy bien y también la idea de incorporar a las universidades", agregó el fiscal. Para la Fiscalía, "es importante mantener algunas cartas para el segundo proceso, que sería el más complejo, evitando utilizar todas las herramientas disponibles hasta que se conozca el fallo", indicó el diario.
Según indicó El Sol, "la demanda de La Pampa apuntará a la creación de un comité intejurisdiccional para la cuenca del río Atuel con la participación del Estado nacional, argumentando el importante daño de 100 millones de pesos anuales, según un estudio realizado por la Universidad Nacional de La Pampa para cuantificar los efectos de la falta de agua en esa provincia".
La Pampa respondió ante la Corte
El fiscal de Estado, José Alejandro Vanini, entregó ayer a la Corte Suprema la respuesta de La Pampa en la demanda por daño ambiental que el abogado Miguel Palazzani, promovió en 2010, para que Mendoza cese "en las actividades generadoras de la disminución del caudal fluvioecológico del río Atuel Inferior" y adopte "en un plazo razonable" las medidas pertinentes que "garanticen el uso equitativo de sus aguas respecto de los habitantes de La Pampa".
Vanini viajó a Buenos Aires para entregarle al tribunal las respuestas que le había pedido al Estado provincial en febrero, confirmaron fuentes gubernamentales. Concretamente, la Corte quería que La Pampa le informara si contaba con autorización legislativa para poder efectuar inversiones en territorio mendocino, a todos los efectos del convenio marco firmado el 7 de agosto de 2008 entre Mendoza, La Pampa y la Nación, y por el cual, a partir de ese día la provincia cuyana estaba obligada a otorgar "un mínimo de escorrentía permanente sobre el río Atuel en el límite interprovincial, hasta la concreción y puesta en marcha de las obras previstas en las cláusulas cuarta y sexta" del texto, referidas a la impermeabilización de canales marginales.
Lo que justamente ha pedido Palazzani -que en este expediente está patrocinado por el constitucionalista pampeano Andrés Gil Domínguez-, es que la Corte disponga el cumplimiento de esa acta-acuerdo, ya que las autoridades mendocinas jamás permitieron esa escorrentía mínima, calculada entre 4,5 y 5 metros cúbicos por segundo.
Vanini le respondió a la Corte afirmativamente, ya que el convenio fue ratificado en diciembre de 2008 por la Legislatura provincial. El texto fue aprobado en general por unanimidad, aunque el bloque opositor del Frepam lo objetó en particular por considerar que la parte resolutiva abría la posibilidad de que se violara el Tratado del Río Colorado. En aquella ocasión la voz del PJ fue la de Alfredo Schanton, quien defendió el dictamen emitido por su bloque en las comisiones de Ríos Interprovinciales y de Hacienda y no aceptó las modificaciones (aclaratorias) propuestas en el recinto por el Frepam. La voz opositora se conoció a través de Martín Berhongaray.
Luego de la sesión, el entonces secretario provincial de Recursos Hídricos y actual legislador, Juan Pablo Morisoli, dijo textualmente: "Parafraseando a Neil Amstrong (el primer astronauta en pisar la Luna) puedo decir que (la aprobación de la ley) ha sido un paso muy importante para La Pampa, y un pequeño paso para la Secretaría y el gobierno provincial".
"La Provincia debió responder en calidad de parte en una demanda iniciada por terceros, por lo que su única participación ha sido informarle a la Corte lo que le había solicitado. Y le dijo que el Poder Ejecutivo recibió autorización para efectuar esas inversiones por ello fue aprobado cuando la Cámara de Diputados ratificó el acuerdo", agregaron las fuentes oficiales.
"No mostrar las cartas".
Cuando Palazzani debió notificar en febrero a las tres partes de que la Corte se había declarado competente para atender su demanda, la primera en saberlo fue La Pampa. En Mendoza, en cambio, el Juzgado Federal local demoró varios días en cumplir con la comunicación. Ante ello, y como los 60 días de plazo para contestar se le vencerían antes a La Pampa, fue que Vanini solicitó -y se le aceptó- que esa fecha se unificara en una sola.
No obstante, Mendoza se adelantó y a través del fiscal de Estado, Javier Fernández, y del asesor de Gobierno, César Mosso Gianini, y dijo la semana pasada que el planteo de Palazzani ya es "cosa juzgada", a partir del fallo de la Corte que declaró la interprovincial del río Atuel.
Ambos funcionarios trabajaron en esa contestación -y tampoco en la demanda contra Mendoza- junto a especialistas en derecho de aguas, universidades y organismos provinciales como el Departamento de Irrigación.
"La estrategia judicial de Mendoza apunta a no mostrar todas las cartas en esta primera respuesta. Fundamentalmente, porque todavía no ha sido notificada de la segunda demanda, iniciada por el gobierno pampeano", indicó el diario on line El Sol.
Además de la cosa juzgada, el Ejecutivo cuyano sostuvo que ya se está cediendo agua a La Pampa a través del acueducto que va desde Punta de Agua a Santa Isabel y que así se garantiza el abastecimiento para esta última localidad. Y el tercer fundamento fuerte fue que Palazzani no está legitimado para ser demandante porque no es ribereño; es decir que no se ve afectado por la falta de agua.
Las fuentes consultadas por el periódico mendocino explicaron que el abogado pidió que se devuelva el caudal pluviológico histórico, pero que ello es imposible y que, por el contrario, el llamado "momento cero" lo marcó el fallo de 1987. "Por eso es que decimos que se trata de cosa juzgada", concluyeron las fuentes oficiales.
Dictamen de la Procuración
La Procuración General de la Nación dictaminó que la Corte Suprema es competente para actuar en la demanda que La Pampa entabló contra Mendoza por el uso de las aguas del río Atuel. El pronunciamiento era esperable y puramente formal, ya que la Constitución Nacional establece que el máximo tribunal del país tiene competencia origina y exclusiva cuando se suscitan causas entre provincias.
El texto, que está firmado por la procuradora fiscal Laura Monti, señala también que la Corte debe intervenir en razón de la materia, ya que se pretende tutelar un recurso de carácter interjurisdiccional como lo es el río. Para ello se basó en la ley nacional General del Ambiente y en el dictamen que la propia Procuración emitió en la demanda ambiental del abogado pampeano Miguel Palazzani contra Mendoza.
Monti añadió que La Pampa, en su presentación, sometió el conocimiento de la controversia a la Corte en los términos del artículo 127 de la C.N., que "dispone un mecanismo especial de solución de conflictos, confiriendo expresamente al más alto tribunal, la potestad de dirimir dichas quejas interprovinciales, convirtiéndolo de ese modo, en un órgano de conciliación, con amplias facultades para determinar el derecho aplicable, a fin de garantizar la paz interior, constituir la unión nacional y promover el bienestar general".
¿En agosto o septiembre?
En Mendoza estiman que el próximo mes o en septiembre deberían contestar la demanda ambiental promovida por el Estado pampeano. Para ello han reunido a un conjunto de especialistas, entre ellos Edgardo Díaz Araujo, Miguel Mathus Escorihuela, Líber Martín, Mauricio Pinto y Aldo Guarino Arias. La Pampa pidió una indemnización por los perjuicios sufridos, que se le entregue un caudal fluvioecológico en forma inmediata y que se construyan obras que permitan optimizar el uso del agua del Atuel.
Cuatro informes por un planteo
Cuando hace cinco meses la Corte Suprema se declaró competente para intervenir en la demanda iniciada por el abogado Miguel Palazzani contra Mendoza, por el incumplimiento del acuerdo firmado con La Pampa en 2008 (ver aparte), si bien consideró prematuro el dictado de una medida cautelar, le pidió a las tres partes firmantes (las dos provincias y el Estado Nacional) una serie de informes antes de resolver el planteo de fondo.
* A Mendoza le requirió que diga:
1) Si el convenio marco suscripto el 7 de agosto de 2008 fue ratificado por la Legislatura provincial o, en su defecto, cuáles fueron las gestiones realizadas por el Poder Ejecutivo local para lograr ese propósito.
2) Si elaboró los proyectos ejecutivos para las obras de "impermeabilización de las redes principales de riego del río Atuel en San Rafael, General Alvear y Carmensa", y de "recrecimiento definitivo del canal marginal del río Atuel tramo IV", para poder transportar el mayor caudal destinado a La Pampa, en ambos casos con el correspondiente informe ambiental.
3) Si culminó la ejecución del "canal marginal del río Atuel tramos II, III y IV", contemplando en los dos primeros tramos un caudal de diseño tal que permita la conducción de las aguas destinadas a La Pampa.
4) Si elaboró, junto con La Pampa, el proyecto ejecutivo de las obras de conducción entre el partidor de Carmensa (última toma de riego de las áreas regadas de Mendoza) y el área de La Puntilla, con el correspondiente informe ambiental, y el diseño de las redes freatimétrica y de medición de caudales a instalar en el sistema.* A La Pampa, que especifique si el Poder Ejecutivo provincial cuenta con autorización legislativa para poder efectuar inversiones en territorio mendocino.* Y a la Nación que informe si se ha otorgado asistencia financiera a Mendoza y La Pampa para la ejecución de las obras previstas en el convenio marco, si se ha constituido la "Unidad de Coordinación Técnica del Río Atuel" y, en tal caso, si se han cumplido las acciones contempladas en la cláusula décima de ese instrumento.