La iniciativa del Poder Ejecutivo requiere ser aprobado por la Comisión de Energía y Minas, y posteriormente por el Pleno.
Una vez aprobada esta norma, continuará con el camino trazado por la lucha contra la minería ilegal y el de formalizar las plantas que funden, purifican y/o refinan los minerales, a fin de comprobar que toda compra allí realizada se haya hecho con personas naturales y/o jurídicas formales.
De esta manera, señala el Minam, será posible garantizar los estándares de seguridad mínima y medioambiental de su tratamiento y, a la vez, verificar el volumen de producción de minerales.
A la fecha, ambos tipos de mineros –sean o no acreditados– deben ser fiscalizados por las Direcciones o Gerencias Regionales de Energía y Minas, ubicadas en cada región del Perú.
Sin embargo, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) ha verificado de que solo uno de 25 gobiernos regionales ha demostrado un desempeño de 51/100 puntos respecto al cumplimiento de estas obligaciones de fiscalización ambiental.
Ante esta falta de fiscalización evidente en las plantas de beneficio, resulta conveniente la intervención de la OEFA, del Osinergmin y de Sunafil, para fortalecer esta labor tanto en materia ambiental como en seguridad y salud ocupacional, indicó el Ministerio del Ambiente.
La Ley para el Fortalecimiento de la Fiscalización Administrativa sobre las Plantas de Beneficio propone que las intervenciones de fiscalización se realicen coordinadamente entre OEFA, Osinergmin y Sunafil. Se trata, precisa, de supervisar y fiscalizar administrativamente.