“Ante la ausencia de adecuación de las leyes y normativas regulatorias del territorio, ante una falta de Ley de Ordenamiento Territorial, el crecimiento territorial estuvo en manos del Empresariado privado y de particulares que con clara especulación inmobiliaria, fue tentando a un sector agropecuario deprimido económicamente por las condiciones económicas financieras de las crisis acontecidas y de público conocimiento del País”, es una de las conclusiones más alarmantes a las que llegaron cientos de científicos, técnicos y referentes de la política que participaron del proceso de elaboración de la ley de Ordenamiento Territorial.
La anhelada Ley de Ordenamiento Territorial que pondrá fin a cientos de intereses, especulaciones y un crecimiento desordenado en especial de las áreas urbanas ya está en la imprenta. Esto porque el jueves será uno de los principales anuncios del gobernador en la Asamblea Legislativa del 1º de mayo.
El último paso de la Ley se dio el jueves pasado cuando el Consejo Provincial de Ordenamiento Territorial (CPOT), que es el órgano consultor y asesor de la autoridad de aplicación de dicha norma, la aprobó de manera unánime.
Este cuerpo está integrado por representantes de instituciones pública y privadas y presidido por el actual Ministro de Tierras, Ambiente y Recursos Naturales, Guillermo Elizalde.
La ley realiza un diagnóstico exhaustivo de las situación actual y propone soluciones de medidas que deberán implementarse hasta el 2030. Muestra datos alarmante como que el territorio provincial natural cada vez está más comprometido, especialmente por una creciente degradación de ecosistemas. La adquisición de grandes extensiones de tierra con alto valor ecológico por parte de privados, se menciona como otro factor de riesgo.
La“privatización” y el cierre con alambrados de campos en la zonas de montaña atenta contra los corredores biológicos de las especies animales y le resta atractivos turísticos a la oferta provincial, dice el texto.
Otra de las conclusiones es que el mayor riesgo de contaminación en ambientes naturales proviene de la actividad petrolera y de la minería, debido a la magnitud de las explotaciones y a la probabilidad de accidentes.
Estas son las áreas que el Plan Propone para minería por citar un ejemplo.
A partir de ahora vendrán los planes sectoriales pero también los municipales sobre donde estarán puestos todos los ojos de los especialistas por las especulaciones que se advierten, en especial del sector inmobiliario.
Tal zonificación deberá servir como un instrumento de regulación y control de los usos del suelo y estará asociada a las operaciones de mercado de tierras que deberán pasar por el filtro del Banco de Tierras que se creará. Para efectuar la zonificación del territorio municipal se procederá primero a delimitar la unidad urbana, las áreas de transición o interfase urbana-rural, las áreas rurales y otras sujetas a normativas especiales.
En cada uno de estos planes sectoriales los emprendimientos deberán informar al municipio qué hacer, qué servicios demandarán, tipos de tierras que utilizarán y este podrá negarles o no, el comienzo de obra. Una innovación que incorpora la ley es el concepto de plusvalíaque existe en otros países pero en Mendoza es realmente innovador.
Esto concepto se refiere a aquellos incrementos del valor inmobiliario, generados a través de las acciones públicas ejercidas por el Estado y atribuibles a los esfuerzos de la comunidad pero, percibidos por el sector privado. Para ejemplificar, si el Estado hace una ruta que no estaba prevista y que genera mayor rentabilidad al emprendimiento, este deberá abonar un cánon al sector oficial, ya sea municipio u organismo que desembolsó los fondos para la misma.
Otra de las ideas que se incorpora es el pago por servicios ambientales. Esto es un mecanismo de compensación económica a través del cual los beneficiarios o usuarios del servicio, que no son los propietarios, hacen un pago a los proveedores o custodios del servicio (que en muchos casos son los propietarios). Es el cobro de una externalidad positiva. Un ejemplo de esto es la de los Bosques Nativos.
Otro ítem que queda fijado en la Ley es que deberá el Gobierno implementar régimenes de promoción, adecuación de instrumentos fiscales para fomentar la inversión y la eficiencia en las actividades productivas, generando un mayor equilibrio y equidad en el territorio, desalentando las actividades especulativas, pero alentando el desarrollo sustentable.
Otro de los conceptos que quedará fijado en la ley es el de los aumentos en los valores de las tasas de impuesto inmobiliarios de las viviendas que deberán fijarse por el mercado para el cálculo de avalúo fiscal.
Una empresa registró minas para buscar ese mineral, que no es convencional; Aseguran que se respeta la ley 7722; Recién están en las primeras etapas de trabajo.
El Gobierno provincial otorgó a una minera la concesión provisoria de un área de San Rafael cuya superficie es de unos 51.110 kilómetros cuadrados (5111 hectáreas). Allí, La Sifrina S.A. pretende extraer hierro y un mineral cuya producción en Argentina es muy escasa: titanio. Sin embargo, por el momento la empresa sólo realizará trabajos exploratorios para determinar el potencial de la zona. “Es un proceso largo. Recién se dio la concesión. Ni siquiera hay una mina en el lugar. Hay que hacer muchísimos estudios antes de comenzar a producir”, admitieron referentes del sector.
El área otorgada de manera provisoria a La Sifrina S.A. está dividida en varios sectores, desde “Nihuil 1” hasta “Nihuil 19”. En cada uno de éstos, el Ejecutivo provincial autorizó la “concesión provisoria yacimiento de mineral de arenas metalíferas con contenido suficiente de hierro y titanio entre otros metales”. A partir de ahora, la empresa -como destacan referentes mineros- deberá completar una serie de análisis del lugar para establecer la potencialidad, pero también deberá contemplar el aspecto económico para definir si avanza el emprendimiento y, así, no repetir la experiencia de Vale en el yacimiento Potasio Río Colorado.
En diálogo con Vox Populi, el gerente general de la Cámara Mendocina de Empresarios Mineros (CAMEM), Roberto Zenobi, aclaró que el proceso para extraer titanio en San Rafael recién está en su primera etapa. “Sólo se ha autorizado la exploración de la zona. Ahora hay que demostrar si hay criadero (estructura geológica que puede albergar una sustancia mineral susceptible de ser explotada). Es un proceso largo el que se tiene que atravesar para verificar si la zona se puede transformar en una mina”, señaló.
Por otra parte, si bien fue cauto sobre la eventual explotación de la zona, Zenobi insistió en la necesidad de profundizar el desarrollo minero de la provincia. “El titanio sumaría un producto más a un proceso industrial que tiene que ampliar la matriz productiva”, manifestó. El titanio es un metal ligero, fuerte y químicamente inerte que puede utilizarse en diversas industrias. Por ejemplo, este mineral se emplea en la fabricación de pintura y hasta en la producción de satélites. Incluso, especialistas sostienen que si se pudiera reducir el precio, sería posible fabricar el fuselaje de todos los aviones comerciales y ahorrar en costos de combustible en vuelos largos.
Respetando la 7722
En determinadas condiciones, el titanio se puede extraer respetando los conceptos de la Ley 7722 que regula la actividad minera en la provincia. En este sentido, en algunos casos el mineral se puede separar de la piedra con un proceso gravitacional que no requiere la utilización de sustancias químicas contaminantes, prohibidas en la normativa. Para ello, previamente se realiza un análisis químico de las muestras extraídas para determinar cómo está contenido el titanio y cuál es el método para separarlo. Sin embargo, si se detectan varios metales, como plomo, plata o sinc, es prácticamente imposible separarlos bajo un método gravitacional.
Mientras tanto, la Suprema Corte aún debe resolver los planteos de inconstitucionalidad contra la ley sancionada en 2007. En total, son 11 demandas que apuntan a la supuesta violación de derechos constitucionales, como el principio de igualdad. En este punto, subrayan que la prohibición de determinadas sustancias sólo se aplica en la minería y no en otras actividades. Asimismo, en las presentaciones se cuestiona el tratamiento de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del San Jorge y apunta contra los legisladores que rechazaron el proyecto.