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ANÁLISIS
Chile: DL 600 y el resguardo de inversiones
21/04/2014

DL 600 y resguardo de inversiones

La Tercera. Por Gustavo Lagos

La propuesta contenida en la reforma tributaria de eliminar el DL 600 genera diferencias tan brutales de interpretación, que lleva a concluir que es necesario dictar disposiciones que promuevan y resguarden a futuro la inversión extranjera en la minería.

EL ARTICULO 2-d del proyecto de reforma tributaria enviada al Congreso por el gobierno de la Presidenta Bachelet incluye la derogación del DL 600, conocido como el decreto de la inversión extranjera.

Muchos creen que este es un decreto emblemático de la dictadura militar, ya que fue dictado en 1974, pero le sirvió poco al gobierno militar, pues la gran inversión minera llegó a Chile con la democracia en 1990.  

Su derogación no es asunto simple, porque cerca del 60% de la inversión extranjera lo utiliza y porque contiene numerosos principios que fomentan y resguardan dicha inversión.

El primer principio otorga acceso amplio al mercado cambiario a los inversionistas, al mejor precio que puedan obtener. Cabe recordar que la derogada Ley 5.107 de 1932 aplicada durante décadas, le encargó al Banco Central fijar la tasa cambiaria para las empresas de la Gran Minería del Cobre.

En segundo lugar garantiza la remesa de la totalidad de las utilidades y capitales de sus operaciones en Chile que resulten después de pagar los impuestos y cumplir con otras disposiciones establecidos en la ley. Además, establece que no hay límite de tiempo para realizar las remesas. Recordemos que las leyes 4.973, 5.107 y 5.185 de 1931, 1932 y 1933, respectivamente, establecieron facultades que fueron aplicadas hasta la nacionalización del cobre y que significaron que las empresas de la Gran Minería del Cobre debieron retornar al país una fracción de las remesas de dividendos.

Tercero, permite reinvertir las utilidades de sus operaciones en Chile, en cualquier actividad. Se estima que las empresas privadas del Consejo Minero invirtieron US$ 28,5 mil millones entre 2005 y 2012, de los cuales el 55%  provinieron de sus utilidades en Chile, de manera que una fracción altísima del FUT fue reinvertido. En el mismo período la reinversión de utilidades por parte del Estado en Codelco fue sólo de 8,9%.  

Cuarto, establece la no discriminación respecto a las normas jurídicas que rigen para la inversión nacional, con la sola excepción que pueden fijarse limitaciones al crédito interno, no así a los créditos externos. Esta disposición fue utilizada en la dictación de las leyes de los impuestos específicos a la minería en 2005 y 2010, y en otras ocasiones.

Quinto, establece la invariabilidad tributaria. Esta disposición sería usada por una pequeña fracción de las empresas que se acogen a este decreto.

El país no conoce ni ha podido estudiar las disposiciones que reemplazarían a los principios enumerados anteriormente, así como a otros contenidos en el DL 600. Por ello, parece conveniente debatir estos en profundidad posteriormente a la votación de la reforma tributaria que está en el Congreso, con el objetivo de crear un nuevo cuerpo legal que fomente y garantice la inversión extranjera. Perú, nuestro principal competidor para las inversiones mineras, tiene una ley que fomenta y protege a la inversión extranjera. Por ahora, entonces, podrían derogarse sólo las disposiciones relativas a la invariabilidad tributaria.

La derogación del DL 600 despierta varias lecturas encontradas en el país. Una primera visión la dio la presidenta de la CUT, quien indicó que “valoran su derogación, puesto que de esa manera se avanza en recuperar el cobre”.

Una segunda lectura es la que han tenido diversas organizaciones gremiales empresariales, las que han manifestado, en su mayoría, preocupación por el impacto negativo que podría tener sobre la inversión.

Una tercera lectura la dio la Presidenta Bachelet hace pocos días en la Cena del Centro de Estudios del Cobre y la Minería, quien indicó que “en este contexto de democracia y libertad, no requerimos este mecanismo (de invariabilidad tributaria) para que los inversionistas miren con buenos ojos invertir en nuestro país”. Expresó, además, que el país estaba maduro para prescindir de un decreto dictado en condiciones políticas, sociales y económicas muy distintas.

Es justamente esta diferencia tan brutal de interpretaciones sobre un mismo hecho que lleva a concluir que es necesario dictar disposiciones que promuevan y resguarden a futuro la inversión extranjera en la minería.

Hay dos aspectos adicionales que refuerzan la conclusión anterior. El primero es que las exportaciones de cobre son aún cerca de la mitad del total de envíos del país, y el metal sigue pesando en forma decisiva en la economía chilena. Propongo la hipótesis que el país estaría en condiciones de plena madurez económica cuando no dependa fundamentalmente del cobre.

Y segundo, que la inversión en la minería chilena pasa por una situación delicada, ya que las empresas mineras postergaron cerca del 70% de las inversiones potenciales en los últimos dos años.

Hay sólo tres grandes proyectos mineros que están en construcción en 2014: Escondida, el nuevo nivel mina de Teniente, y Antucoya de Antofagasta Minerals. Los dos primeros no suman nueva producción de cobre.

Están postergados el gran proyecto de expansión de Andina, las fases sulfuros de Quebrada Blanca, Spence, Zaldívar, El Abra, Manto Verde y Lomas Bayas. Están también postergadas las grandes expansiones de Pelambres, Collahuasi y Escondida. Desde las actuales condiciones de mercado y de costos en Chile hay baja probabilidad que se realicen los nuevos proyectos Cerro Casale, Caracoles, Caspiche, Copaquire, Inca de Oro, Relincho, Sulfatos, y otros. Pascua Lama y el Morro están paralizados por distintos motivos y no hay estimación cierta de cuándo podrían continuarse.

Hace cinco años estos proyectos habrían ido adelante, pero hoy no. Perú y otros países mineros tienen condiciones competitivas mejores que Chile y están ya atrayendo mayor inversión minera.

La postergación de inversiones mineras no fue debido a la potencial derogación del DL 600, ni a las reformas tributaria y constitucional propuestas por la Presidenta Bachelet, sino por factores que redujeron los márgenes de utilidad de las minas chilenas desde hace años.

Este escenario lleva a pensar que la producción de cobre en 2020 podría ser similar a la actual, o incluso inferior, si no mejoramos la competitividad del país. Por ello la minería chilena está en una situación delicada y  es necesario no sólo atender los aspectos que minan su competitividad, como lo indicó la Presidenta Bachelet, sino que abordar en profundidad el cambio de legislación para la inversión extranjera.


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