Las conclusiones de la Comisión Investigadora por el proyecto minero Pascua Lama fueron entregadas la semana pasada, quedando pendiente parte del debate y su votación, la que se verificó esta tarde por la sala de la Cámara de Diputados y concluyó con el rechazo del informe.
La instancia se constituyó en mayo de 2013 con el objeto de estudiar la situación ambiental del Valle del Huasco por efecto de la instalación del citado proyecto, particularmente, del funcionamiento de la actividad de estas comunas y alrededores con ocasión de la instalación de los trabajos. Adicionalmente, buscó determinar el cumplimiento de la normativa ambiental vigente y verificar los eventuales daños que se estuvieran produciendo en la zona.
El informe, aprobado en la Comisión Investigadora por diez votos a favor y dos en contra, concluyó que “en parte importante del desarrollo del proyecto minero Pascua Lama se han producido incumplimientos, de parte del titular del proyecto, a normas del ordenamiento jurídico chileno de orden ambiental, de salud, de vialidad, laboral y de seguridad en lugares de trabajo”.
“Dichos incumplimientos se han reflejado en el quebrantamiento, por parte del titular del proyecto, de las Resoluciones de Calificación Ambiental que autorizaron el desarrollo del proyecto y, a su vez, han generado procesos y sanciones de parte de organismos administrativos y judiciales de nuestro país”, sentencia el texto.
Además, se señala que los hechos constatados por las instituciones del Estado “constituyen una violación del objeto preventivo de la Resolución de Calificación Ambiental, provocando un debilitamiento de este instrumento, que constituye la principal norma preventiva que resguarda el derecho constitucional establecido en el artículo 19 N° 8 de la Constitución Política de la República”.
El documento recalca que, debido a que la empresa ya se encuentra en un rango de incumplimiento calificado como gravísimo (se la ha sancionado con multa 10.000 UTM y clausura temporal), se debería proceder a la revocación de la Resolución de Calificación Ambiental N° 24 del año 2006 (mecanismo que autorizó sus operaciones), en caso que, con posterioridad a la implementación de las medidas que se le han impuesto por las autoridades competentes, la empresa reincida en incumplimientos manifiestos.
El informe de la Comisión también avanza en una serie de recomendaciones, entre estas: fijar condiciones adicionales al proyecto de Pascua Lama, para el caso de que sea puesto nuevamente en evaluación ambiental, y una revisión exhaustiva de la Resolución de Calificación Ambiental N°24, con el objeto de establecer un nuevo marco de funcionamiento; y prevenir la ocurrencia de nuevos incumplimientos por parte de la Compañía Minera Nevada, ello ante la evidencia de tratarse del primer proyecto minero binacional desarrollado en virtud del Tratado Binacional de Complementación Minera entre Chile y Argentina.
Además, se propone reforzar la participación ciudadana, a efectos de que el principio preventivo pueda realmente operar de forma eficiente; y tramitar una reforma al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, con el objeto de que la responsabilidad y financiamiento de las evaluaciones ambientales no dependa exclusivamente del titular o promotor del proyecto, sino que sea el Estado quien mediante licitación pública administre el proceso de contratación de las consultoras participantes.
El 8 de mayo del 2013 la Cámara de Diputados aprobó la solicitud de iniciar una Comisión Investigadora sobre este polémico proyecto, la que se constituyó en junio fijando un plazo de 60 días para entregar sus conclusiones. Desde entonces una serie de prórrogas y ajustes dieron como resultado que recién este martes la Sala resolviera rechazar el documento.
Esto porque el documento no incorporaba la revocación definitiva de los permisos de la canadiense Barrick Gold, pese a los daños que la iniciativa genera al medioambiente y a la población del Valle del Huasco. Así lo señaló el diputado independiente, Roberto Poblete, quien abrió el debate apuntando al profundo impacto de Pascua Lama.
“Este proyecto que es de una escala mayor implica acceder a una mina situada bajo dos glaciares milenarios para luego extraer el oro allí situado. Lo anterior sin contar las externalidades que el proceso de extracción trae consigo, como el daño a las comunidades que habitan el Valle del Huasco, y por cierto el daño irreparable que se produce a los glaciares, como al valle mismo. Creemos sencillamente que algo así no puede ocurrir en Chile y menos en un gobierno que se ha comprometido a elevar los estándares de cuidado del medioambiente”, enfatizó Poblete.
El parlamentario recordó los incumplimientos reiterados que la empresa ha cometido a la legislación chilena ambiental, administrativa, civil y minera, y que, pese a las multas, la firma ha optado por seguir operando, reconociendo incluso las sanciones de la Superintendencia del Medioambiente y la paralización dictada por tribunales.
La mayoría de los diputados presentes coincidieron con que este mega proyecto de extracción ha dejado en evidencia las fallas de la actual institucionalidad medioambiental, y criticaron el sistema de evaluación y aprobación de las iniciativas, la falta de participación ciudadana, la figura de la compensación, entre otros temas. En esa línea, la también diputada independiente, Marcela Hernando, recordó que las leyes las aprobó el mismo Parlamento y que éste no tiene atribuciones para revocar una Resolución de Calificación Ambiental.
“Este proyecto se desarrolló con bases que esta Cámara entregó a través de una ley en donde estableció las competencias de la Superintendencia y de los Tribunales Medioambientales. Por ello no puede ahora entrometerse en sus funciones, ni en sus fallos. Quiero además, recordar que este es un proyecto enmarcado en el Tratado sobre integración y Complementación Minera entre Chile y Argentina y no me parece prudente que este Poder del Estado tensione dicho protocolo de acuerdo entre países”, indicó la parlamentaria.
A la discusión asistió como oyente el mismo ministro del ramo, Pablo Badenier, quien fue directamente interpelado por el presidente de la Comisión de Medioambiente de la Cámara, el socialista, Daniel Melo, quien instó a la autoridad a aclarar el rol del Gobierno en la revocación definitiva. Por su parte, el secretario de Estado, afirmó que la actual regulación no es la misma que hace tres años.
“La diferencia de otras discusiones, de otros proyectos controvertidos, hoy el proyecto Pascua Lama se encuentra paralizado por orden de la Superintendencia del Medioambiente. También en otras discusiones se hacía presente de multas relativamente menores e irrisorias que tenía la institucionalidad ambiental, donde las multas máximas que se podían aplicar eran del orden de 500 UTM. Hoy estamos frente a un proyecto de sanciones, de multas del orden de 16 mil Unidades Tributarias Anuales”, señaló el ministro.
Luego de esto el informe se rechazó por 64 sobre 42 votos, lo que dejó conforme a las comunidades del Valle del Huasco que estuvieron atentas al desarrollo de este acuerdo. Con esto la investigación que se realiza desde junio del 2013 queda anulada y no opera como una vía de validación de la permanencia de la empresa en la zona.
La Cámara de Diptuados rechazó esta tarde el informe de la comisión investigadora sobre Pascua Lama.
El informe, aprobado en la Comisión Investigadora por diez votos a favor y dos en contra, concluyó que “en parte importante del desarrollo del proyecto minero Pascua Lama se han producido incumplimientos, de parte del titular del proyecto, a normas del ordenamiento jurídico chileno de orden ambiental, de salud, de vialidad, laboral y de seguridad en lugares de trabajo”.
“Dichos incumplimientos se han reflejado en el quebrantamiento, por parte del titular del proyecto, de las Resoluciones de Calificación Ambiental que autorizaron el desarrollo del proyecto y, a su vez, han generado procesos y sanciones de parte de organismos administrativos y judiciales de nuestro país”, sentenció el texto.
Además, se señala que los hechos constatados por las instituciones del Estado “constituyen una violación del objeto preventivo de la Resolución de Calificación Ambiental, provocando un debilitamiento de este instrumento, que constituye la principal norma preventiva que resguarda el derecho constitucional establecido en el artículo 19 N° 8 de la Constitución Política de la República”.
El informe de la Comisión también avanza en una serie de recomendaciones, entre estas: fijar condiciones adicionales al proyecto de Pascua Lama, para el caso de que sea puesto nuevamente en evaluación ambiental, y una revisión exhaustiva de la Resolución de Calificación Ambiental N°24, con el objeto de establecer un nuevo marco de funcionamiento; y prevenir la ocurrencia de nuevos incumplimientos por parte de la Compañía Minera Nevada, ello ante la evidencia de tratarse del primer proyecto minero binacional desarrollado en virtud del Tratado Binacional de Complementación Minera entre Chile y Argentina.
La instancia se constituyó en mayo de 2013 con el objeto de estudiar la situación ambiental del Valle del Huasco por efecto de la instalación del citado proyecto, particularmente, del funcionamiento de la actividad de estas comunas y alrededores con ocasión de la instalación de los trabajos. Adicionalmente, buscó determinar el cumplimiento de la normativa ambiental vigente y verificar los eventuales daños que se estuvieran produciendo en la zona.
Esta tarde, la Cámara de Diputados rechazó, por 64 votos en contra, 42 a favor y 3 abstenciones, el informe de la comisión investigadora por Pascua Lama.
Las conclusiones de la comisión investigadora fueron entregadas la semana pasada, quedando pendiente parte del debate y su votación, la que se concluyó con el rechazo del informe
La instancia se constituyó en mayo de 2013 con el objeto de estudiar la situación ambiental del Valle del Huasco por efecto de la instalación del citado proyecto, particularmente, del funcionamiento de la actividad de estas comunas y alrededores con ocasión de la instalación de los trabajos. Adicionalmente, buscó determinar el cumplimiento de la normativa ambiental vigente y verificar los eventuales daños que se estuvieran produciendo en la zona.
El informe, aprobado en la Comisión Investigadora por diez votos a favor y dos en contra, concluyó que "en parte importante del desarrollo del proyecto minero Pascua Lama se han producido incumplimientos, de parte del titular del proyecto, a normas del ordenamiento jurídico chileno de orden ambiental, de salud, de vialidad, laboral y de seguridad en lugares de trabajo". "Dichos incumplimientos se han reflejado en el quebrantamiento, por parte del titular del proyecto, de las Resoluciones de Calificación Ambiental que autorizaron el desarrollo del proyecto y, a su vez, han generado procesos y sanciones de parte de organismos administrativos y judiciales de nuestro país", sentencia el texto.
Además, se señaló que los hechos constatados por las instituciones del Estado "constituyen una violación del objeto preventivo de la Resolución de Calificación Ambiental, provocando un debilitamiento de este instrumento, que constituye la principal norma preventiva que resguarda el derecho constitucional establecido en el artículo 19 N° 8 de la Constitución Política de la República".
El documento recalcó que, debido a que la empresa ya se encuentra en un rango de incumplimiento calificado como gravísimo (se la ha sancionado con multa 10.000 UTM y clausura temporal), se debería proceder a la revocación de la Resolución de Calificación Ambiental N° 24 del año 2006 (mecanismo que autorizó sus operaciones), en caso que, con posterioridad a la implementación de las medidas que se le han impuesto por las autoridades competentes, la empresa reincida en incumplimientos manifiestos.
El informe de la Comisión también avanzó en una serie de recomendaciones, entre estas: fijar condiciones adicionales al proyecto de Pascua Lama, para el caso de que sea puesto nuevamente en evaluación ambiental, y una revisión exhaustiva de la Resolución de Calificación Ambiental N°24, con el objeto de establecer un nuevo marco de funcionamiento; y prevenir la ocurrencia de nuevos incumplimientos por parte de la Compañía Minera Nevada, ello ante la evidencia de tratarse del primer proyecto minero binacional desarrollado en virtud del Tratado Binacional de Complementación Minera entre Chile y Argentina.
Además, se propone reforzar la participación ciudadana, a efectos de que el principio preventivo pueda realmente operar de forma eficiente; y tramitar una reforma al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, con el objeto de que la responsabilidad y financiamiento de las evaluaciones ambientales no dependa exclusivamente del titular o promotor del proyecto, sino que sea el Estado quien mediante licitación pública administre el proceso de contratación de las consultoras participantes.