Al menos unas 7.000 Autorizaciones Transitorias Especiales (ATE o exconcesiones) se adecuarán a la nueva Ley de Minería y Metalurgia, cuando se apruebe y se promulgue, mediante la firma de nuevos contratos administrativos mineros.
"Hasta finales de 2013, aproximadamente había más de 7.000 ATE y éstas son las que se adecuarán al nuevo marco jurídico minero”, informó ayer el viceministro de Política Minera, Eugenio Mendoza.
La autoridad precisó que los actuales y los nuevos operadores deberán firmar contratos administrativos mineros con la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM) para explotar un yacimiento.
El contrato administrativo minero es el marco legal por el cual el Estado, en representación del pueblo boliviano, reconoce u otorga a un actor productivo minero la facultad de realizar determinadas actividades, desde el cateo hasta la industrialización de minerales y metales.
El proyecto de nueva Ley de Minería establece que los contratos de arrendamiento o riesgo compartido, suscritos con actores productivos, no pueden ser renovados y deben convertirse en administrativos.
Los nuevos convenios, a diferencia de las concesiones, sólo tendrán una duración de 30 años, no podrán heredarse, la extensión máxima será de 250 cuadrículas y deberán detallar planes de trabajo e inversión.
El experto minero Jorge Espinoza señaló que esta nueva modalidad de relación contractual alcanza, por ejemplo, a las mineras San Cristóbal o Inti Raymi (que eran dueñas de sus concesiones) y ahora deberán transformar sus ATE en contratos de asociación minera.
Lo mismo ocurrirá con cooperativas, empresas o personas que realizan o harán trabajos mineros fuera de las áreas exclusivas de la Comibol.
En mayo de 2013, el Servicio Nacional de Geología y Técnico de Minas (Sergeotecmin) informó que la estatal tenía 2.122 pertenencias mineras; las cooperativas mineras, 1.309; las empresas privadas, 2.046, y las unipersonales, 2.409. En total sumaban 7.886 pertenencias.
La Autoridad
Los requisitos para acceder al acuerdo serán procesados por la AJAM, que tiene como atribuciones administrar el Registro Minero, catastro y cuadriculado minero, mediante una dirección especializada, además de recibir y procesar las solicitudes para licencias de prospección y exploración y procesar los nuevos contratos administrativos mineros, en cada caso sobre áreas mineras de libre disponibilidad, entre otras.
La AJAM se financiará con recursos del Tesoro General de la Nación y un porcentaje del pago por la patente minera, donaciones y otros derechos por tramitación a establecerse.
La aprobación
Tratamiento El proyecto de Ley de Minería y Metalurgia fue aprobado el sábado por la madrugada por la Comisión de Economía Plural de la Cámara de Diputados. Hoy entrará en debate en el pleno de la Cámara. De este proyecto las gobernaciones observan la disminución a 80% de las regalías mineras, actualmente reciben el 85%.
Contenido El proyecto de Ley de Minería y Metalurgia, que fue enviado la pasada semana a la Asamblea Legislativa Plurinacional para su respectivo tratamiento, consta de siete títulos, 241 artículos distribuidos en 31 capítulos. Además tiene una disposición transitoria y tres disposiciones finales.
El Ejecutivo asegura que las gobernaciones tienen baja ejecución
El ministro de Minería, Mario Virreira, aseguró ayer que las gobernaciones productoras de minerales tienen baja ejecución en los trabajos de prospección y exploración minera y sólo invierten el 0,49% del 10% que se destina de las regalías mineras que perciben.
"Las gobernaciones, de acuerdo con los informes que tenemos, cumplieron muy poco en la ejecución de los trabajos de prospección y exploración que los hacen a través de Sergeotecmin”, dijo.
Por ejemplo, mencionó que desde 2008 la Gobernación de Potosí sólo ejecutó 331 mil dólares para los trabajos de prospección y exploración, mediante el Sergeotecmin, del 85% de las regalías o 67,9 millones de dólares.
"Esto representa el 0,49%. ¿Cuánto debería haber ejecutado? De acuerdo con la Ley 3787 de Regalía Minera, el 10%. Entonces, hay una gran diferencia entre lo que deberían haber ejecutado y lo que hicieron; esto es un indicador común en todas las gobernaciones, todas ejecutan muy poco”, aseguró.
La Ley 3787 dispone que las gobernaciones productoras perciban el 85% de las regalías mineras; de esa proporción, el 10% debe ser destinado a trabajos de exploración, prospección y monitoreo ambiental.
El 15% corresponde al municipio productor.
Sin embargo, el actual proyecto de Ley de Minería y Metalurgia establece que se asignará el 80% para las gobernaciones, el 15% para los municipios y el restante 5% para el Tesoro General del Estado.
La medida fue cuestionada por los representantes de los departamentos productores; afirmaron que Sergeotecmin no tiene capacidad técnica y administrativa para ejecutar esos recursos.
Virreira admitió que es posible que la entidad estatal no tenga las condiciones técnicas administrativas para cumplir con esta tarea y por eso el proyecto de ley propone su refundación.
Habrá nueve tareas en la cadena minera, según proyecto
La cadena productiva minera comprenderá nueve actividades, entre ellas el cateo, la prospección, la prospección aérea, la exploración, la explotación, el beneficio o concentración, la fundición y refinación, la comercialización de minerales y metales y, finalmente, la industrialización, dispone el proyecto de Ley de Minería y Metalurgia.
Los operadores mineros podrán suscribir contratos administrativos mineros para realizar cualquiera de estas actividades, dispone el artículo 139.
El cateo es la exploración rudimentaria de indicios de mineralización en superficie.
La prospección es la búsqueda de indicios de mineralización en el suelo y el subsuelo mediante métodos geológicos, geoquímicos, geofísicos y otros, empleando instrumentos y técnicas apropiadas.
La prospección aérea se caracteriza por el examen de indicios de mineralización en el suelo y subsuelo desde el aire, mediante métodos y técnicas de precisión.
En la exploración se determinará la dimensión y características del yacimiento, de la cantidad y calidad del mineral, y su evaluación para fines de desarrollo minero.
La preparación y desarrollo de un yacimiento o mina, la extracción del mineral, su transporte a bocamina o plantas de tratamiento o concentración está identificada como la explotación.
Luego vienen el beneficio o concentración, la fundición y refinación y la comercialización.
Finalmente está la industrialización, que tiene el propósito de transformar los minerales y metales en bienes de capital o bienes de consumo. El proyecto se analizará desde hoy en el pleno de la Cámara Baja.