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Bolivia: La nueva Ley minera y el porcentaje de regalías
19/03/2014

La nueva ley minera y porcentaje de regalías

Opinion

El proyecto de Ley de Minería que ha tardado cerca de tres años en su elaboración, lo que es considerado un tiempo demasiado prolongado, pasará en pocos días más a consideración de la Asamblea Legislativa Plurinacional en sus dos instancias. El criterio de los proyectistas, minería privada, la cooperativizada y la estatal, es que el proyecto sea aprobado tal cual, lo que es compartido por el mismo presidente Evo Morales.

Una ley tiene que ser debatida en las instancias legislativas, aunque en el caso de la ley minera, se sostiene que el análisis ha sido profundizado por los sectores interesados, lo que debería culminar con su aprobación, sin mayores modificaciones. 

Pero, más allá de estas consideraciones, existe un acápite que puede resultar de mucha importancia para todas las regiones que explotan los recursos mineralógicos en el país, para aquellas regiones tradicionalmente dedicadas a estas actividades y para otras emergentes o que tienen posibilidades comprobadas para desarrollarlas en planes futuros y emergentes como es el caso de Cochabamba.

La nueva Ley de Minería establece que el 80 por ciento de las regalías se destinará a los gobiernos autónomos departamentales, el 15 por ciento a los gobiernos municipales y el restante 5 por ciento al Tesoro General de la Nación.

La aplicación del 80 por ciento beneficiará a los gobiernos departamentales y permitirá, por una parte, ingreso mayor para los departamentos de tradición minera productiva, pero además, podrá reconfigurar una realidad que hasta el momento e históricamente prevalecía con la percepción de regalías reducidas y por otra, ingresos para los departamentos no tradicionales.

La nueva Ley establece que la Regalía Minera por el aprovechamiento de los recursos minerales y metales no renovables es un derecho y una compensación por la explotación y se regulan por la Constitución Política del Estado y por la misma Ley de Minería. Del 80 por ciento de la Regalía Minera asignada a los gobiernos autónomos departamentales, éstos destinarán el 10 por ciento para actividades de prospección y exploración minera en el respectivo departamento. La transferencia de este porcentaje será de manera directa, lo que puede aminorar la burocracia que en estos casos casi siempre está presente. 

Un aspecto que es importante destacar, se refiere a que el presupuesto departamental garantizará los derechos de participación de las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos de las regiones mineras en las que se exploten los recursos minerales.

La aplicación de esta ley, decíamos, que además de ser de beneficio para las regiones tradicionales de la producción minera, puede impulsar el desarrollo de otras, como es el caso de Cochabamba, donde se requiere desarrollar trabajos de prospección y posteriormente de explotación, tomando en cuenta que la Gobernación cuenta, actualmente, con estudios sobre zonas potencialmente mineras en el departamento.

Si se logra aplicar de manera planificada y con estudios serios la exploración y explotación de minerales, para beneficio del departamento de Cochabamba, se podrían abrir nuevas fuentes de riqueza, ingresos para el desarrollo y desde luego permitir la creación de trabajo.


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