El sinuoso camino legal desde las privatizaciones a la Ley Corta que promovió la desinversión.
Hasta 1989 la explotación de hidrocarburos en la Argentina estuvo caracterizada por la presencia estatal a través de YPF y Gas del Estado, empresas encargadas de materializar las políticas gubernamentales diseñadas para el sector. Al asumir Carlos Menem la presidencia del país, se instrumentó el marco normativo que configuró una profunda transformación. En particular, los decretos 1055/89, 1212/89 y 1589/89 explícitamente reflejaban la decisión de alejar al Estado de las decisiones inherentes a la actividad, a la vez que se concedió la libre disponibilidad de los volúmenes extraídos a las empresas concesionarias, admitiendo su comercialización tanto en el mercado interno como en el externo sin restricciones, con la posibilidad de disponer hasta el 70% de las divisas obtenidas en el comercio internacional. Paralelamente, se desreguló la instalación de refinerías y bocas de expendio, se liberaron los precios de todos los productos y se redujo el rol del Estado a tareas de fiscalización y control. La privatización de YPF fue acompañada por la celebración de contratos de concesión de los yacimientos por 25 años en el caso de las áreas centrales y por 20 años para las marginales, con la opción a prorrogar por 10 años. El resultado fue sobreexplotación y aumento de las ventas de hidrocarburos al exterior, así como la merma de las inversiones en exploración y la consecuente pérdida de reservas, todo complementado por récord de utilidades de las concesionarias. En 1998, la actividad comenzó a experimentar una tendencia negativa, que aún se mantiene.
A partir del 2003 se pusieron en práctica disposiciones que incidieron en el funcionamiento del sector, aunque no produjeron modificaciones de fondo. Entre ellas se destacan las retenciones a las exportaciones, cuyo actual sistema de cálculo fue establecido por la resolución 394 del 2007. Más allá del fin recaudatorio, el espíritu del gravamen es la separación del precio interno del internacional y la posibilidad de captación de una mayor porción de la renta por parte del Estado. La denominada "Ley Corta", que reformó el artículo 1º de la ley 17319/67 a fin de reglamentar la provincialización de los recursos del subsuelo dispuesta por la reforma constitucional de 1994, otorgó a las provincias la potestad para actuar independientemente del poder central y de otros estados provinciales, circunstancia que fue determinante en la negociación de las prórrogas anticipadas de los contratos de concesiones.
La creación de Enarsa en el 2004 no logró la mayor incidencia del Estado que se anunció inicialmente y tampoco los organismos provinciales significaron un mejor posicionamiento estatal. Por otra parte, el ingreso a la compañía del Grupo Petersen a partir del 2007 no cumplió con las expectativas del Poder Ejecutivo Nacional, que propició las negociaciones apostando al accionar de un exponente de la "burguesía nacional".
Este abanico de instrumentos no generó un verdadero cambio de rumbo en la modalidad de explotación de hidrocarburos: la persistente caída de la oferta y la demanda de una economía en crecimiento desembocaron en la necesidad de importación de combustibles, que en el 2011 alcanzó un valor superior a los 9.300 millones de dólares, circunstancia que derivó en la decisión de expropiar el 51% de las acciones de YPF a partir de la sanción de la ley 26741/12. Hoy, el déficit energético persiste a pesar del mejor desempeño reciente de nuestra compañía de bandera; se requerirá tiempo y esfuerzo del conjunto de las operadoras para revertir un panorama tan delicado.
*Economista de la UNC