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CONTRATISTAS MINEROS
Proveedores de San Juan "miran de reojo" el Compre Local. Dilema de las juniors

El sector ansía la reglamentación. Argumenta que habrá que profundizar el concepto de “proveedor local” y esperan puedan conformarse UTE en donde el 50% de la conformación accionaria sea de San Juan.

27/12/2013

Los proveedores miran de reojo la ley de compre minero

Diario de Cuyo/Cuyo Minero

A quince días de la aprobación de la ley que establece la creación del “Registro Único de Proveedores de Empresas Mineras” (RUPEM), más conocida como ley de Compre Minero local, representantes del sector ya esperan su reglamentación. Es que, entre otros puntos, están interesados en que se profundice en el concepto de proveedor local el cual y según el texto de la ley, considera como tal a quienes tengan domicilio legal y fiscal en San Juan y que al menos el 80% de su nómina de trabajadores tenga domicilio real en la provincia y que por su actividad realice contrataciones con empresas mineras en la provisión de servicios. Así el planteo, una empresa de otra provincia que cumpla con estos requisitos podrá ser considerada local.

Por ello y con el fin de un mayor respaldo a las firmas ciento por ciento sanjuaninas, es que el empresariado minero local ansía se reglamente la reciente ley. “Para mí un proveedor local es aquél que tiene por lo menos el 50 por ciento de su constitución accionaria de San Juan. Como la ley está sujeta a reglamentación y al menos por lo que hemos hablado con el Vicegobernador (Uñac) y el Ministro (Saavedra), pueden surgir algunos ajustes como que las UTE sean al 50 por ciento, es decir que puedan estar constituidas por empresas de San Juan, Bs. As, Mendoza o lo que sea y que al 50 por ciento se considere que es una empresa local”, precisó Jaime Bergé, presidente de la Cámara Minera de San Juan (CMSJ).

“Durante el nacimiento de esta gran minería en San Juan y cuando ella todavía no estaba en efectivo funcionamiento, desde la CMSJ se impulsó creo que un buen criterio, que aquellas grandes empresas de servicios de rubros no existentes en San Juan, sean de capital nacional o transnacional, se asociaran a las empresas locales para que el know how de ellas quedara en la provincia y a su vez la empresa local creciera y se desarrollara”, sumó Julio Ríos Gómez, titular del Grupo de Empresas Mineras Exploradoras de la Argentina (GEMERA).

Según Ríos Gómez, “el resultado fue, que aquellas empresas nacionales o transnacionales que lo hicieron están trabajando en San Juan asociados a locales, y aquellas que no lo hicieron por desconocimiento, por negligencia o por lo que sea, la mayoría no trabaja en San Juan o lo hace o hizo en contadas ocasiones”.

“Nosotros entendemos que un proveedor local es aquél en donde el dueño tiene domicilio real y legal en San Juan, es por eso que esperamos la reglamentación, para que se aclaren estos temas. Creo que formará parte de los beneficios que podrá tener la ley, una ley que hay que cumplir y que evitará muchas discusiones desgastantes en lo comercial con nuestro cliente que es una empresa minera”, agregó Juan José Igualada, de la Cámara Argentina de Servicios Mineros, (CASEMI). El tema es de vieja data y un reclamo de los sanjuaninos para hacer valer su localía ante la competencia de los foráneos en el mercado minero, pero nunca antes como ahora el concepto había sido introducido en el marco de una ley.

Aún así hay posiciones dispares y para algunos un debate inerte en un marco complejo tras la paralización de Pascua Lama. De hecho están quienes consideran a la ley como una presión extra a las empresas que intentan mantenerse a flote y operando. “Es ir cerrando el anillo y cuando quieran ver ya ni empresas de provincias vecinas van a querer venir a invertir, estamos en un momento difícil y no da para seguir cargándole las tintas al empresariado. Hay que seguir trabajando y en tal caso pensar en una planificación a mediano y largo plazo para estar preparados ante los vaivenes propios de esta actividad”, precisó un reconocido empresario minero que prefirió el bajo perfil.

Según las fuentes consultadas, los otros aspectos que deberían considerarse al momento de la reglamentación tienen que ver con especificar los insumos y servicios que San Juan pueda proveer. “Obviamente no se refiere a grandes camiones, ni plantas industriales, ni explosivos, combustibles, aceites y un montón de cosas que no producen en San Juan”, dijo Jaime Bergés. El otro punto de interés está vinculado a los precios, los cuales no podrán exceder el 10% de la oferta económica propuesta por una firma foránea. Impacto puertas afuera El concepto de “proveedor local” es uno de los tantos frentes abiertos a partir de la ley que fomenta el compre sanjuanino (Ver “Juniors, un tema aparte”).

En Mendoza y en la previa al tratamiento y aprobación de la norma de lo que fue la última sesión ordinaria de la Legislatura provincial, dieron a conocer su disconformidad argumentando que se trata de una normativa que en la provincia vecina no dio resultados y que solo encareció los servicios. Según la Cámara de Empresarios Mineros de Mendoza, más del 50 % de los proveedores de la actividad minera sanjuanina provienen de esta provincia, además de insumos que no se fabrican en San Juan y por lo cual “la economía de ambas provincias se verían perjudicada” argumentaron desde la entidad.

En Santa Cruz también se generó el debate y puso el compre local sobre el tapete. Según fue publicado en medios santacruceños y en palabras de Mauro Suárez, vicepresidente de la Cámara de Proveedores Mineros de Santa Cruz, el “compre en Santa Cruz” de las mineras es muy bajo. “Los porcentajes de compras son irrisorios en relación a la capacidad de los proveedores locales, y mucho menos aún cuando se analizan los porcentajes que se podrían alcanzar considerando el posible crecimiento de las pymes santacruceñas si contara con el firme apoyo y la real intención de desarrollarlas por parte de la industria minera”, dijo Suárez en la oportunidad.

La crítica no es diferente a la que muchas veces también se escuchó por acá. La diferencia es que hoy existe una ley y en el marco de un contexto minero difícil. El tiempo dirá.

JUNIORS MINERAS, UN ASUNTO APARTE

Los alcances de la Ley de Compre Local Minero tienen su contracara. En cuanto a las empresas de exploración minera (prospectoras y exploradoras) la situación es más difícil, ya que recién hace relativamente pocos años, en San Juan se está en condiciones de brindar una gran parte de los servicios que requieren estas compañías que se manejan siempre con el tema de "costo oportunidad".

“La mayoría son empresas de las denominadas Juniors, con presupuestos chicos, deben darle un rendimiento superior a los efectos de poder demostrar rápidamente las posibilidades geológicas y mineras que presentan una zona o sector. Una empresa local que no entienda este concepto queda generalmente relegada en las oportunidades de negocio que puedan surgir”, explicó Julio Ríos Gómez, desde GEMERA.

Según la fuente, esto tiene que ver con las características propias del sector como la ciclicidad y temporalidad de los trabajos, el mercado de capitales y de los precios oscilantes de los commodities mineros, entre otros factores. “Estas empresas no son grandes, pero son las que motorizan la exploración minera y necesitan de mucha efectividad y gran oficio, algo que en algunos rubros no estamos todavía en San Juan en condiciones de dar, y es por ello que se ven obligadas a buscar primero en el ámbito nacional y luego en el internacional, quién o quiénes pueden hacer tal o cual trabajo. Y eso no es un dato menor”, concluyó Ríos Gómez.

EL DATO

La Ley de Compre Local Minero fue elaborada por el Ejecutivo como una forma de darles prioridad a los obreros y proveedores sanjuaninos en el negocio de la minería, sobre todo para compensar las bajas que se vienen produciendo por el freno de Pascua - Lama.

En términos generales, fija que las grandes compañías estarán obligadas a que el 75% del monto anual de su facturación en obras, bienes e insumos lo contraten con proveedores locales inscriptos en un registro especial (RUPEM) y que el 75% de sus trabajadores deberán tener domicilio real en San Juan.


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