Finhalmente se aprobó el "compre sanjuanino" que tantas polémicas generó los últimos días.
El primero en tomar la palabra fue el diputado Muñoz Carpino quien dió su voto positivo justificando la proteccion de los proveedores sanjuninos.
A través de esta nueva ley se pretende generar un Registro Único de Proveedores de Empresas Mineras (R.U.P.E.M.).
El diputado Carpino dijo durante la sesión que "es una serie de herramientas que el ejecutivo pone a disposición de los trabajadores sanjuaninos para que tengan un respaldo en todo lo que tiene que ver de las contrataciones”
Por su parte Emilio Fernández dijo que es cierto que no se tiene la solución definitiva, pero se está trabajando en ese sentido.
Esta nueva ley considera como empresa local a aquella que tenga 80 % de sus trabajadores con domicilio legal en San Juan (un año comprobable).
EL Zonda
Los legisladores, que debatieron por más de 9 horas en el recinto, también sancionaron, la ley anti- prostíbulos y la norma que apoya la financiación de la construcción de la fábrica de paneles solares.
Más de 9 horas duró la última Sesión Ordinaria en la Legislatura Provincial, en donde los diputados aprobaron importantes proyectos , destacándose entre otros, el compre local, el presupuesto para el próximo año, el resto del paquete de leyes económicas, la norma que establece la prohibición de los prostíbulos en la provincia, la ley que apoya la financiación de la construcción de paneles solares y la que crea el Consejo para la Planificación Estratégica de la Provincia de San Juan.
Compre local
Con algunas modificaciones, los legisladores aprobaron el proyecto de compre local que fue enviado por el Poder Ejecutivo a la Cámara, la semana pasada. La ley establece como obligación para todas las Empresas Mineras, contratar obras, bienes, insumos, o servicios con proveedores locales, en un mínimo del 75%, los que deberán acreditar la inscripción en el RUPEM, como así también deberán contratar trabajadores que tengan domicilio real en la provincia.
Por otra parte, el proyecto señala que la inscripción en el Registro Único de Proveedores de Empresas Mineras (RUPEM) será obligatoria para todos los proveedores locales de Empresas Mineras que tengan domicilio legal y fiscal en la provincia de San Juan.
Una de las modificaciones realizadas al proyecto original establece que cuando la cotización del proveedor sanjuanino supere en un 10% a la realizada por el proveedor foráneo, la compañía minera tendrá la libertad de contratar con el proveedor que considere más conveniente. A igual cotización o cuando la cotización del proveedor local inscripto en el RUPEM no supere el 10% de la cotización realizada por el foráneo, éstos últimos tendrán la prioridad. Tal modificación se realizó para evitar que los proveedores locales se excedan en las cotizaciones de los servicios, insumos o bienes ofrecidos.
Con relación a las suministros o servicios que no esté al alcance de los proveedores locales, las empresas mineras pueden conseguirlos en otras provincias o países.
La ley considera como proveedores locales a las personas físicas o jurídicas que reúnan los siguientes requisitos: a) tengan domicilio real o social y fiscal en la Provincia de San Juan, no inferior de un (1) año; b) que al menos el ochenta por ciento (80%) de su nómina de trabajadores tengan domicilio real en la Provincia de San Juan, con una antigüedad no inferior a un (1) año; c) en caso de las personas jurídicas: estén constituidas e inscriptas en la Provincia de San Juan, y su composición societaria en un cincuenta por ciento (50%) o más este en poder de uno o más socios o accionistas con domicilio real o social en la Provincia de San Juan; d) en caso de unión transitoria de empresas (UTE) cuando estén conformadas al menos en un cincuenta por ciento (50%) con proveedores locales; y e) por su actividad u objeto social realicen contrataciones con Empresas Mineras, prestando provisión de obras, bienes, insumos o servicios o cualquier otra actividad realizada por medio de contrato oneroso o con el fin de obtener un beneficio económico, conforme al alcance, requisitos y condiciones que establezca la reglamentación.
Presupuesto 2014 y Leyes Económicas
Una de las leyes más importantes sancionadas en la jornada de ayer fue el presupuesto provincial para el próximo año, que prevé un incremento de un 36 % respecto del presupuesto previsto para este año, por lo que el monto alcanzado es de 13.134.353 millones de pesos.
También los legisladores prorrogaron la declaración de Estado de Emergencia Pública, la ley impositiva para el año fiscal 2014 y las modificaciones al Código Tributario de la provincia.
Ley anti-prostíbulos y modificación de la ley 8319
La ley anti-prostíbulos era otra de las normas cuya sanción fue muy esperada, ya que la confección llevó un importante tiempo al Gobierno Provincial y fue anunciada por el gobernador José Luis Gioja al inicio del período de Sesiones Ordinarias del presente año.
“Este proyecto fue enviado por el Ejecutivo y era una decisión política del Gobernador para luchar contra la trata de personas en San Juan», explicó la diputada Iris Romera, quien intervino en la redacción de la ley.
La misma establece la prohibición de instalar en todo el territorio de la Provincia “cabarets, clubes nocturnos, saunas, whiskerías, etc, lugares en donde se sospeche que se puedan encontrar personas víctimas de tratas”, señaló la legisladora, quien indicó que el Ministerio de Gobierno será la autoridad de aplicación.
Romera aclaró que esta ley “no está legislando prostitución, sino que está legislando trata de personas, que no es lo mismo. Cuando en algún lugar se encuentre que se está ejerciendo la prostitución, lo primero que se tiene que resguardar es la integridad de las personas que allí se encuentren, posteriormente se determinará quienes son voluntarias, y quienes, en situación de trata. A estas últimas, rápidamente el Ministerio de Desarrollo Humano saldrá a contenerlas”.
La legislación establece multa y arresto para el propietario del local y los clientes que se encuentren en el mismo. “Serán sancionados con arresto de hasta 60 días, no redimible por multa, y pena de multa de 300 a 1000 JUS, que son más o menos 3 mil pesos”, indicó la legisladora.
Otra norma relacionada con esta ley, que se trató en la sesión de ayer, fue la modificación de la 8319, referida al Consejo de Prevención y Actuación contra la Trata de Personas, que fue sancionada el año pasado.
La modificación votada ayer establece que el Ministerio de Desarrollo Humano será la autoridad de aplicación “por entender que es quien tiene los equipos interdisciplinarios para realizar la asistencia y la contención de las víctimas”, señaló la diputada Iris Romera.
El secretario general del gremio metalúrgico en San Juan, Julio Figueroa, dijo que la ley del Compre Sanjuanino "va a frenar un poquito" los despidos.
Además cargó contra las empresas mineras que objetaron la norma porque no fueron capaces de defender la actividad en su propia provincia.
Cuándo mañana la legislatura convierta en Ley el proyecto del Compre Sanjuanino, todas las empresas que cuenten con domicilio legal y fiscal en San Juan, y tengan al menos un 80% de mano de obra sanjuanina, deberán inscribirse ante el Registro Único de Proveedores de Empresas Mineras (Rupem).
Una vez constituido el listado, el gobierno de la provincia vecina exigirá a las empresas mineras que el 75% de sus obras, insumos y servicios, se realicen con empresas registradas en Rupem.
Las compañías que no cumplan con la normativa, tendrán que abonar multas que irán de los 100 mil al millón de pesos. Además, se incrementarán en 50% los Ingresos Brutos y los sellos a las empresas proveedoras radicadas en otras provincias.
A pocas horas de que el proyecto de compre local minero se convierta en ley, los empresarios mendocinos insisten en que será de difícil aplicación y sólo encarecerá el precio de los servicios.
“Me parece bien que San Juan defienda su negocio, pero en Mendoza costó ponerlo en marcha, encareció los precios y se generó una marea de fondo que no le hizo bien a la actividad”, dijo en los micrófonos de radio Sarmiento Roberto Zenobi, gerente general de la Cámara de Empresarios Mineros.
“Es muy difícil llevarlo a la práctica, somos un país donde es fácil esquivar las reglas y donde tratamos siempre de sacar provecho. Espero que beneficie a San Juan y se aprenda de los errores, pero es difícil”, agregó al tiempo que aclaró que no “cuestiona la medida”.
El empresario argumentó su postura basado en la experiencia que Mendoza vivió con el proyecto Vale cuando los locales incrementaron sus precios al menos un 10 por ciento.
¿Qué se aprobará en San Juan?
La iniciativa fue elaborada por el Ejecutivo como una forma de darles prioridad a los obreros y proveedores sanjuaninos en el negocio de la minería, sobre todo para compensar las bajas que se vienen produciendo por el freno de Pascua- Lama. En término generales, fija que las grandes compañías estarán obligadas a que el 75% del monto anual de su facturación en obras, bienes e insumos lo contraten con proveedores locales inscriptos en un registro especial (RUPEM) y que el 75% de sus trabajadores deberán tener domicilio real en San Juan.